El día de hoy, 10 de abril de 2015, nos reunimos en la ciudad de Oaxaca de Juárez, representantes de pueblos indígenas y campesinos, organizaciones e integrantes de la sociedad civil, de los estados de Oaxaca, Puebla, Chiapas, Tabasco, Jalisco, Nayarit, Colima, Veracruz y Distrito Federal que en el marco de la 2a Jornada Por los Pueblos, el Agua, la Vida y la Tierra, convocamos al Encuentro de Experiencias de Consulta ante Proyectos de Infraestructura y Desarrollo, para discutir y analizar el ejercicio de nuestro derecho a decidir sobre medidas legislativas o administrativas y proyectos de “desarrollo” que afectan nuestras tierras y territorios, poniendo en peligro nuestras formas de vida.
A partir del 1992, se han generado los tratados de integración económica a nivel mundial y continental de los cuales México es parte y que, a su vez, han implicado la modificación del marco normativo interno. Estas llamadas “reformas estructurales”, incluyen la modificación del Artículo 27 Constitucional, la Ley Minera, la Ley de Inversión Extranjera, la reciente Reforma Energética y ahora la iniciativa de Ley General de Aguas, que agudiza la privatización del agua.
El resultado son leyes que no protegen los derechos humanos, que tienen como fin despojarnos del control de nuestros territorios, favoreciendo los intereses de grupos de poder mexicanos y transnacionales, a costa de comunidades enteras, que son perjudicadas con políticas de desarrollo y megaproyectos dañinos para nuestras tierras, territorios, bienes comunes naturales y culturas.
A lo largo y ancho de México, los pueblos y comunidades indígenas y campesinas nos encontramos, ante la realidad de políticas públicas y proyectos que ya están en ejecución o próximos a ejecutarse en nuestras tierras y territorios, como la veda para el uso del agua en los Valles Centrales de Oaxaca; la presa El Zapotillo en Jalisco, los proyectos eólicos en del Istmo de Tehuantepec, los proyectos hidroeléctricos Las Cruces en Nayarit y Paso de la Reyna en Oaxaca, el Acueducto Independencia en Sonora; las presas de autoabastecimiento eléctrico en Puebla y Veracruz; el Plan de Aprovechamiento Territorial del Río Usumacinta en Chiapas y Tabasco, entre muchos otros.
Todos estos proyectos han sido impuestos por empresas y Estado sin respetar los derechos de los pueblos y comunidades afectadas, en particular el derecho a la consulta que tiene que ser libre, previa, informada y de buena fe, como está reconocido en el Convenio 169 de la OIT, en la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas y demás instrumentos de derechos humanos a nivel regional y universal.
Hoy el Estado Mexicano está impulsando una serie de consultas que no respetan los estándares internacionales en la materia, sino por lo contrario se dan en un clima de hostigamiento a las y los defensores comunitarios que se oponen a dichos proyectos. La información que nos llega es parcial y sesgada y no nos permite tener un entendimiento claro de cuales son los impactos y afectaciones de dichos proyectos. Además, el procedimiento que se sigue está amañado ya que no hay garantía de imparcialidad, lo que nos lleva a tener consultas simuladas. Asimismo, denunciamos la injerencia de poderes facticos y de grupos armados ligados a las empresas en los procesos de consulta.
Como dijo el entonces Relator de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, James Anaya, “el proceso [de consulta] trata de un proyecto cuyas características ya están definidas, los pueblos indígenas tienen derecho a la participación en distintas fases del objeto de la consulta y no sólo en la forma de implementación de un proyecto aceptado y preferido por la empresa o el Estado”.
Según el derecho internacional vigente y aplicable, todos los tratados de derechos humanos tienen rango constitucional en México, la obtención del consentimiento de las comunidades afectadas por los programas y proyectos es el objetivo último que debe perseguir toda consulta que respete la normatividad internacional, de manera que si la búsqueda del consentimiento no es el objetivo real de los procesos de consulta estos tampoco serán válidos.
El derecho de consulta tiene su fundamento en el más amplio derecho a la libre determinación ya que es el procedimiento que garantiza la participación plena y efectiva de los pueblos en todos los niveles de toma de decisiones, ya sea órganos de carácter político, legislativo, y los procesos que afecten directa y potencialmente nuestros derechos.
Frente a estos procesos, y con fundamento en el mismo derecho a la autodeterminación, los pueblos tienen el derecho a realizar autoconsultas según sus propias formas de gobierno y sus instituciones para tomar decisiones que el Estado tiene la obligación de respetar.
Exigimos:
Que se respete la voluntad de los pueblos y comunidades sobre sus tierras y territorios y que se les consulte, de forma apropiada y en el pleno respeto de sus derechos, cada vez que se quiera implementar un proyecto que les afecte. La consulta no puede limitarse a ser un procedimiento formal sino un proceso tendiente a obtener el consentimiento de los pueblos y comunidades, lo cual implica también que el Estado acepte y respete un rechazo;
Que no se criminalicen los defensores y defensoras comunitarios y de derechos humanos y se les garantice protección frente al hostigamiento y las agresiones de los cuales son víctimas;
Cancelación de todos los megaproyectos que atentan en contra de la vida de los pueblos y comunidades indígenas y campesinas;
La libertad de las personas injustamente presas por su trabajo de defensa de sus tierras y territorios.
¡Ríos para la vida no para la muerte!
¡Agua y energía no son mercancía!
¡Ríos libres, pueblos libres!
Oaxaca de Juárez, a 10 de abril de 2015
Movimiento Mexicano de Afectados/as por las Represas y en Defensa de los Ríos (MAPDER); ADABI de México; Asamblea de Pueblos Indígenas del Istmo en Defensa de Tierra y Territorios (APIIDTT); Asamblea Popular del Pueblo de Juchitán (APPJ); Bios Iguana A.C.; Consejo de Comunidades Unidas de Centla (CCUC); Centro de Derechos Indígenas Flor y Canto A.C.; Comité Ciudadano por un Veracruz Limpio A.C. (COCIVEL); Códice A.C.; Comité de Defensa Integral de Derechos Humanos Gobixha (CODIGO DH); Centro de Derechos Humanos Tepeyac del Istmo de Tehuántepec A.C.; COCEI – Movimiento Nacional de Poder Popular; Colectivo de Abogados/as; Colectivo Defensa Verde Naturaleza para Siempre; Comité Salvemos Temaca Acasico y Palmarejo; Consejo de Pueblos Unidos en Defensa del Agua (COPUDA); Consejo de Pueblos Unidos en defensa del Río Verde (COPUDEVER), Consejo Indígena Nayeri; Consejo Tiyat Tlali; Fondo Mundial para la Naturaleza; Foro Permanente de Abogados A.C., Fundación Yansa; Grupo Ecológico Manglar A.C.; Habitat International Coalition – América Latina (HIC-AL); Hijxs de la Tierra; Instituto Mexicano para el Desarrollo Comunitario A.C. (IMDEC); Instituto de la Naturaleza y la Sociedad de Oaxaca; Maderas del Pueblo A.C (Chimalapas); Otros Mundos Chiapas A.C.; Oxfam México A.C.; Red de Género y Medio Ambiente; Servicios para la Educación Alternativa A.C. (EDUCA); Thomas J. Watson Fundation; Todos Unidos Como Pueblo; Tribu Yaqui.