Honduras: situación de los defensores de los derechos humanos

Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de abril de 2016, sobre la situación de los defensores de los derechos humanos en Honduras (2016/2648(RSP))

-Condena en los términos más enérgicos el reciente asesinato de Berta Cáceres, Nelson García y Paola Barraza, así como cada uno de los asesinatos registrados anteriormente de otros defensores de los derechos humanos en Honduras.

-Expresa su profunda preocupación por que, a pesar de las medidas cautelares dictadas por
la CIDH, las autoridades de Honduras no brindaron a la Sra. Cáceres protección adecuada

-Expresa profunda preocupación por el clima de extrema violencia, en particular contra las
personas LGBTI y aquellos que defienden sus derechos

-Pide a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior que velen por que la ayuda
europea no fomente ni permita proyectos de desarrollo a menos que estos cumplan la
obligación de realizar una consulta previa y libre e informen a las comunidades indígenas

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A. Considerando que, según varios informes de las Naciones Unidas sobre los defensores de los derechos humanos, activistas mediombientalistas, defensores de los derechos de los pueblos indígenas, periodistas, profesionales de la Justicia, sindicalistas, campesinos, activistas de los derechos de la mujer y de las personas LGBTI, entre otros activistas, continúan siendo objeto en Honduras de abusos, violencia, detenciones arbitrarias, amenazas y homicidios;

B. Considerando que el Gobierno de Honduras ha contraído compromisos positivos y ejercido su iniciativa legislativa en materia de protección de los defensores de los derechos humanos, periodistas y profesionales de la Justicia, entre los que figura la apertura de una Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la disponibilidad de las autoridades nacionales para permitir misiones de control de los derechos humanos de carácter internacional, y la aprobación de la Ley de 2015 relativa a la protección de los defensores de los derechos humanos;

C. Considerando que, a pesar de lo expuesto anteriormente, Honduras es en la actualidad uno de los países más peligrosos de la región para los defensores de los derechos humanos; y que Honduras es uno de los países más violentos del mundo para los activistas medioambientalistas, ya que entre 2010 y 2015 fueron asesinados por lo menos 109 de ellos;

D. Considerando que, de conformidad con la información disponible Berta Cáceres, destacada experta en cuestiones de medio ambiente, defensora de los derechos de los pueblos indígenas y fundadora del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH), fue asesinada el 3 de marzo de 2016 en su domicilio por hombres no identificados; y que su muerte generó una ola de indignación a escala
internacional y preocupación en la opinión pública en relación con los defensores de los derechos de los pueblos indígenas, del medio ambiente y del derecho de propiedad de la tierra en Honduras;

E. Considerando que el 16 de marzo de 2016, apenas dos semanas más tarde, fue asesinado Nelson García, otro miembro del COPINH; y que la rápida intervención de las autoridades de Honduras condujo a la detención de su supuesto asesino;

F. Considerando que Gustavo Castro Soto, ciudadano mexicano, único testigo del asesinato de la Sra.  Cáceres, que fue herido de bala, no pudo abandonar el país durante casi un mes por razones ligadas a la investigación; y que el 6 de abril de 2016 fue autorizado a abandonarlo el país;

G. Considerando que el Gobierno de Honduras condenó rápidamente este crimen abominable, confirió a la investigación sobre el asesinato de la Sra. Cáceres carácter prioritario a escala nacional, e informó a la opinión pública sobre los avances realizados; y que el Gobierno ha solicitado oficialmente la cooperación de la Organización de Estados Americanos (OEA) en relación con la investigación de este asesinato;

H. Considerando que Berta Cáceres, que vivía bajo una amenaza permanente, se beneficiaba de medidas cautelares adoptadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que, según informaciones difundidas, Honduras no aplicaba adecuadamente; y que la Sra. Cáceres es uno de los 15 defensores de los derechos humanos que han perdido la vida entre 2010 y 2016 en Honduras a pesar de beneficiarse de medidas cautelares;

I. Considerando que estos asesinatos registrados recientemente deben examinarse en el contexto de la resistencia pacífica que realizan desde hace una década el COPINH y otros activistas contra la presa hidroeléctrica de Agua Zarca, en el río Gualcarque, un proyecto de dimensiones faraónicas que depende en gran medida de la tecnología y de los inversores europeos que, al parecer, se está construyendo sin haber realizado previamente una consulta libre y después de haber informado a las comunidades indígenas con vistas a la obtención de su consentimiento, tal como exige el Convenio 169 de la OIT; y que el banco neerlandés de desarrollo, el FMO, y Finnfund han suspendido los pagos en favor del proyecto de la presa de Agua Zarca, del que Berta Cáceres era una destacada opositora;

J. Considerando que el asesinato de Paola Barraza el 24 de enero de 2016, defensora de los derechos de las personas LGBTI, mujer transexual y miembro de la Asociación Arcoiris, pone de relieve el creciente peligro al que se enfrenta la comunidad LGBTI en Honduras; que su asesinato es el último de una serie de muertes violentas de miembros activos de las organizaciones de defensa de los derechos humanos de las personas LGBTI en los últimos 11 meses, entre las que figuran los asesinatos de Angy Ferreira, Violeta Rivas, Gloria Carolina Hernández Vásquez (también conocida como Génesis Hernández), Jorge Alberto Castillo, Estefanía Zuniga, Henry Matamoros y Josselin Janet Aceituno Suazo; que se han recibido informaciones en el sentido de que desde 1994 han sido asesinadas en Honduras 235 personas LGBTI y que solamente son 48 los casos que se han puesto en manos de los tribunales; y que el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos ha denunciado que el 92 % de los delitos no han sido investigados correctamente, por lo que siguen sin
resolverse;

K. Considerando que el relator especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, Michel Frost, declaró el 18 de marzo 2016 que este ciclo de violencia solo se detendrá cuando se aborde la impunidad y los autores de estos ataques sean puestos a disposición judicial, e hizo hincapié en la necesidad de que las autoridades hondureñas adopten medidas concretas con carácter inmediato para velar por la seguridad de los defensores de los derechos humanos y de sus familiares en el país;

L. Considerando que Honduras se encuentra en fase de reforma de su código penal, que debería basarse en los convenios internacionales y convertirse en un instrumento importante para garantizar los derechos de los grupos vulnerables;

M. Considerando que la Unión y sus Estados miembros apoyan el fortalecimiento del sector judicial y de los derechos humanos mediante diversos programas y proyectos de cooperación, en particular el Programa de apoyo a los derechos humanos en Honduras (PADH) y Eurojusticia;

N. Considerando que varios Estados miembros de la Unión todavía no han ratificado el Acuerdo de Asociación UE-Centroamérica, por lo que el «diálogo político» no ha entrado en vigor; y que el respeto de la democracia, el Estado de Derecho y los derechos humanos, civiles y políticos de los pueblos de las dos regiones son elementos fundamentales del Acuerdo de Asociación UE-Centroamérica;

1. Condena en los términos más enérgicos el reciente asesinato de Berta Cáceres, Nelson García y Paola Barraza, así como cada uno de los asesinatos registrados anteriormente de otros defensores de los derechos humanos en Honduras, y transmite su más sentido pésame a las familias y amigos de todos estos defensores de los derechos humanos;

2. Rinde homenaje a la Sra. Cáceres, activista medioambiental hondureña y dirigente indígena del pueblo lenca, cofundadora y coordinadora del COPINH, quien dedicó su vida a la lucha por una sociedad más democrática en su país; pone de relieve que su asesinato es un caso emblemático en un país en el que se registra un número extremadamente elevado de homicidios y una impunidad generalizada;

3. Expresa su profunda preocupación por que, a pesar de las medidas cautelares dictadas por la CIDH, las autoridades de Honduras no brindaron a la Sra. Cáceres protección adecuada; pide al Gobierno de Honduras que movilice todos los medios a su alcance con objeto de aplicar eficazmente las 92 medidas cautelares de la CIDH vigentes en el país en la actualidad y que impida que se registren hechos similares contra otros activistas medioambientales e indígenas que están amenazados;

4. Pide, con carácter de urgencia, que se lleven a cabo investigaciones inmediatas, independientes, objetivas y exhaustivas sobre estos y otros asesinatos registrados anteriormente con el fin de llevar a sus autores intelectuales y materiales ante la justicia y poner fin a la impunidad; acoge con satisfacción que, a petición del Gobierno de Honduras, la investigación sobre el asesinato de la Sra. Cáceres incluya a representantes del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y de la OEA; considera que los instrumentos disponibles en el marco de las Naciones Unidas y de la CIDH, como una investigación internacional independiente, conforme a lo solicitado por las víctimas, podrían contribuir a asegurar una investigación imparcial y razonable de estos asesinatos;

5. Expresa profunda preocupación por el clima de extrema violencia, en particular contra las personas LGBTI y aquellos que defienden sus derechos; subraya la necesidad de llevar a cabo investigaciones inmediatas, exhaustivas e imparciales sobre los asesinatos de miembros activos de varias organizaciones de defensa de los derechos humanos de las personas LGBTI;

6. Hace hincapié en la necesidad de reforzar la protección contra la discriminación y los delitos motivados por el odio por razones de orientación sexual e identidad de género y de desarrollar directrices de buenas prácticas en estrecha cooperación con la sociedad civil; pide la inclusión de nuevas medidas apropiadas para evitar los actos de discriminación y los delitos motivados por el odio y la protección de la comunidad LGBTI como parte de toda revisión del código penal;

7. Acoge con satisfacción las últimas reformas legales y los esfuerzos del Gobierno de Honduras por aliviar la situación actual de los defensores de los derechos humanos en el país, si bien está profundamente preocupado por la situación general de los derechos humanos en Honduras; pide a las autoridades hondureñas que apliquen y desarrollen plenamente la ley de 2015 en vigor relativa a la protección de los defensores de los
derechos humanos y que velen por que, en un marco de cooperación adecuada con la sociedad civil, el sistema nacional de protección de los defensores de los derechos humanos, los periodistas y los profesionales de la Justicia sea plenamente operativo y cuente con una financiación adecuada; pide al Gobierno de Honduras que aplique plenamente las recomendaciones recogidas en el último examen periódico universal;

8. Expresa su reconocimiento con respecto al trabajo realizado por el jefe de la Delegación de la Unión en Honduras, Ketil Karlsen, y por su equipo en apoyo de los defensores de los derechos humanos de Honduras; pide a la Delegación de la Unión y a las embajadas y consulados de los Estados miembros en el país que hagan un seguimiento y controlen activamente los procesos relacionados con la investigación de los asesinatos de los defensores de los derechos humanos y que intensifiquen sus esfuerzos para defender a los
defensores de los derechos humanos actualmente en peligro;

9. Considera que las actividades de los inversores europeos deben integrarse en un conjunto sólido de políticas de protección social y medioambiental; apoya firmemente la aplicación de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, con la inclusión de requisitos claros de diligencia debida, garantías en materia de gestión de riesgos y la puesta a disposición de remedios eficaces, si procede; acoge con satisfacción que tanto el FMO como Finnfund hayan condenado públicamente el asesinato
de Berta Cáceres y que se hayan pronunciado a favor de una investigación exhaustiva, así como que el 16 de marzo de 2016, a raíz de las informaciones sobre el asesinato de Nelson García, el FMO haya suspendido todas sus actividades;

10. Pide a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior que velen por que la ayuda europea no fomente ni permita proyectos de desarrollo a menos que estos cumplan la obligación de realizar una consulta previa y libre e informen a las comunidades indígenas, que velen por una consulta adecuada a todas las comunidades afectadas y que apliquen in situ unas garantías sólidas en materia de derechos humanos, laborales y medioambientales;

11. Pide a los Estados miembros que aún no lo hayan hecho que ratifiquen el Acuerdo de Asociación UE-Centroamérica; insta al Consejo a que desarrolle una política coordinada con respecto a Honduras que comprometa a los 28 Estados miembros y a las instituciones de la Unión con un mensaje decidido común en relación con el papel de los derechos humanos en las relaciones entre la Unión y Honduras y en la región en su conjunto;

12. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Consejo, la Comisión, a los Parlamentos nacionales de los 28 Estados miembros, al Presidente, al Gobierno y al Parlamento de Honduras, a la Secretaria de Integración Económica Centroamericana, al Parlacen, a la Asamblea Parlamentaria
EuroLat y a la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños.

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