Llegó para quedarse: La remunicipalización del agua como tendencia global

En los últimos 15 años, se han registrado al menos 180 casos de remunicipalización del agua en 35 países, tanto en el Norte como en el Sur, incluidos algunos casos destacados en Europa, las Américas, Asia y África.

Satoko Kishimoto, Emanuele Lobina y Olivier Petitjean (TNI, 2014)

Publicado por Unidad de Investigación de la Internacional de Servicios Públicos (PSIRU), Multinationals Observatory y Transnational Institute (TNI).

Ciudades, regiones y países de todo el mundo están optando cada vez más por pasar página en lo que a la privatización del agua se refiere y “remunicipalizar” servicios, recuperando el control público sobre la gestión del agua y el saneamiento. En muchos casos, es una respuesta a las falsas promesas de los operadores privados y a su fracaso a la hora de priorizar las necesidades de las comunidades por encima de sus propios beneficios.

 

Este informe examina el creciente fenómeno de la remunicipalización de los servicios de suministro de agua y saneamiento como una tendencia mundial emergente y presenta la panorámica más completa de los casos hasta el momento. En los últimos 15 años, se han registrado al menos 180 casos de remunicipalización del agua en 35 países, tanto en el Norte como en el Sur, incluidos algunos casos destacados en Europa, las Américas, Asia y África. Entre las principales ciudades que han remunicipalizado sus servicios se pueden contar Accra (Ghana), Berlín (Alemania), Buenos Aires (Argentina), Budapest (Hungría), Kuala Lumpur (Malasia), La Paz (Bolivia), Maputo (Mozambique) y París (Francia). Por contra, durante ese mismo periodo, se han producido muy pocos casos de privatización en las grandes ciudades del mundo. Por ejemplo, Nagpur (India), que ha sido testigo de una importante oposición y crítica, y Jeddah (Arabia Saudita).

A pesar de las más de tres décadas de implacable promoción de las privatizaciones y de los partenariados público-privados (PPP) por parte de las instituciones financieras internacionales y de los Gobiernos nacionales, ahora parece que la remunicipalización del agua es una opción normativa que ha llegado para quedarse. Las experiencias directas con los problemas habituales de la gestión privada del agua —desde falta de inversión en infraestructuras hasta subidas tarifarias y riesgos medioambientales— han convencido a comunidades y responsables de políticas que el sector público está mejor preparado para prestar servicios de calidad a la ciudadanía y para fomentar el derecho humano al agua.

El término “remunicipalización” se refiere, en términos generales, al retorno del servicio de suministro de agua y de gestión del saneamiento, antes privatizado, a las autoridades locales o al control público. Esto ocurre, normalmente, después de que los gobiernos locales rescindan los contratos privados o no los renueven, aunque el proceso no siempre (o no solo) tiene lugar a escala municipal. Las autoridades regionales y nacionales tienen una influencia considerable sobre la financiación y las políticas de los servicios y, en algunos casos, actúan directamente como operadores de agua, por lo que el proceso se desarrolla dentro de este contexto más amplio.

Cualquiera que sea su forma y su escala, la remunicipalización suele ser una reacción colectiva en contra de una privatización del agua o de unos PPP insostenibles. Debido a la impopularidad de las privatizaciones, las compañías privadas de agua han usado su maquinaria propagandística para hacer creer a la gente que las concesiones, los contratos de arrendamiento y otros modelos de PPP son muy distintos de la privatización; pero no lo son. De hecho, todos estos términos aluden al traspaso del control sobre la gestión de los servicios al sector privado. Las personas que se encargan de formular políticas deben de ser conscientes de los altos costes y riesgos de la privatización del agua y, por lo tanto, tienen mucho que aprender de las experiencias de otras autoridades públicas que han optado por la remunicipalización y que están trabajando para desarrollar de forma democrática intervenciones públicas, responsables y eficaces en materia de agua.

- Leer el informe completo (PDF; 1,31 MB) aquí >>

 

Guatemala: La contaminación asfixia los ríos del país

Prensa Libre

Los últimos casos de mortandad de peces en los ríos La Pasión, en Sayaxché, Petén, y Mora, en Masagua, Escuintla, son una muestra clara de la precaria situación que atraviesan gran parte de los mantos acuíferos del país, pues según estudios, el 95 por ciento de estos registra alto grado de contaminación.

Ambientalistas y entidades comunitarias coinciden en que no hay una varita mágica para frenar la degradación de los ríos, por lo que apelan a las autoridades de gobierno para que promuevan leyes que pongan fin al deterioro de los cuerpos de agua naturales.

En el país hay 38 cuencas hidrográficas que producen unos 93 mil 388 millones de metros cúbicos de agua al año —siete veces arriba del límite mundial—, pero según un informe del Instituto Nacional de Sismología, Vulcanología, Meteorología e Hidrología, el alto grado de contaminación en los caudales podría causar escasez de ese recurso.

Virginia Mosquera, del Instituto de Agricultura, Recursos Naturales y Ambiente (Iarna) de la Universidad Rafael Landívar (URL), destacó que el país tiene reglamentos de aguas residuales permisibles y sin ley, lo cual deja un vacío amplio, porque cualquiera puede descargar desechos en los ríos.

El más reciente informe ambiental del Gobierno, presentado en el 2011, concluye que la contaminación de los cuerpos de agua es del 90 por ciento, y que en su mayoría se debe a aguas residuales domiciliares, industriales y agroindustrias, y en menor escala por erosión del suelo y fenómenos climáticos como El Niño.

Ese mismo informe especifica que desde el 2011, el agua de 19 ríos no es apta para el consumo humano, entre estos el Motagua, el más largo y con mayor caudal.

Estudios recientes demuestran que los residuos fecales y el cadmio —metal parecido al estaño, altamente tóxico— son los contaminantes con mayor presencia en los ríos. En otros casos se ha encontrado aluminio, nitratos y cromo.

El informe oficial del 2011 hace referencia a que ese año aumentó el número de muertes asociadas a la contaminación del agua, precisamente en mayo, cuando se registraron 253 a escala nacional.

El Centro de Acción Legal, Ambiental y Social (Calas) detalla en un informe que unos 12 mil menores de edad mueren por diarrea al año, debido a la contaminación del agua que consumen.

Datos del Sistema de Información Gerencial de Salud (Sigsa) indican que este año han muerto 406 niños por diarrea y gastroenteritis de supuesto origen infeccioso. Alta Verapaz registra el mayor índice con 67 casos; Huehuetenango, 58; San Marcos, 55, y Quiché, 38. En el 2014 perecieron cerca de 518 niños.

Los departamentos con menor número de defunciones por contaminación del agua son Zacapa, Retalhuleu y El Progreso, pues cada uno registra un caso.

Preocupación generalizada

Saúl Pauu Maaz, coordinador de la Comisión por la Vida y la Naturaleza de Sayaxché, Petén, señaló que en el río La Pasión no existen programas de conservación ni de concienciación, pese a que en mayo y junio de este año se reportó la muerte de miles de peces y otras especies de fauna acuática a lo largo de casi cien kilómetros. Entonces fue señalada como principal responsable la empresa Reforestadora de Palma (Repsa); sin embargo la investigación no ha concluido.

“La contaminación causa pérdidas en cultivos y es una amenaza, porque en las próximas dos décadas podría haber sequía”, señaló Pauu Maaz.

Roy Flores, director del Área de Salud de Sayaxché, señaló que debido a la contaminación que se evidenció en junio último en el río La Pasión, varias personas resultaron con alergias, enfermedades crónicas y problemas digestivos.

Alarmados

En El Progreso, los pobladores están alarmados por la contaminación del río Motagua, el cual ha sido convertido en tiradero de basura y zona de pastoreo de ganado.

“Se ha solicitado un plan de protección a las autoridades, porque además de afectar la salud, el 80 por ciento del desarrollo de la economía depende del río”, comentó Rubén Paiz, presidente del Consejo Comunitario de Desarrollo de El Rancho, San Agustín Acasaguastlán.

“En temporada de verano son fuertes los olores que atraen moscas. Durante el invierno el río arrastra basura e inunda terrenos de cultivo”, agregó.

Mery Marín, delegada del Ministerio de Ambiente, señaló que si el problema persiste, el Motagua podría convertirse en desagüe.

Además, en las playas de la reserva protegida de Punta de Manabique, Puerto Barrios, Izabal, se observan toneladas de basura en la desembocadura del Motagua, que van a dar al mar Caribe, y las olas expulsan gran parte de esta, ya que vecinos de otros departamentos lanzan sus desechos al afluente.

Yandi Sarmiento, líder comunitario de El Quetzalito, Puerto Barrios, señaló que el alto grado de contaminación del río afecta la salud, pues a lo largo de varios kilómetros se acumula gran cantidad de basura, lo que afecta las actividades de pesca.

La angustia también se vive en Santa Rosa, por la contaminación del río Los Esclavos. “Es lamentable que desde que el río comienza su recorrido hay contaminación, y se debe a que muchas municipalidades no tienen planta de tratamiento de aguas residuales”, comentó Kevin Jiménez, representante de la Comisión Diocesana de Defensa de la Naturaleza, quien criticó que hace poco el Ministerio de Energía y Minas otorgó licencia de construcción a una empresa que utiliza maquinaria que derrama diésel en el afluente.
Otros casos

En Alta Verapaz se teme por la contaminación de los ríos Cahabón y Polochic, pese a que del 2010 al 2012 varias instituciones del Estado elaboraron el Plan Estratégico para el Manejo Sostenible, pero no se le dio continuidad y el peligro persiste.

En Retalhuleu, la contaminación del río Samalá y las lagunas Azul y Muerto es cuestionada por las comunidades, que ven con preocupación cómo sus aguas son invadidas por desechos de caña; sin embargo, José González, delegado del Ministerio de Ambiente, aseguró que no han recibido reportes ni denuncias al respecto.

El caudal del río Selegua, en Huehuetenango, ha bajado considerablemente en verano, debido a que sus aguas son utilizadas para el riego de cultivos, según residentes de la zona de los Cuchumatanes.

Vecinos y entidades ambientalistas consideran necesario que las autoridades enfoquen sus esfuerzos en la conservación de los recursos naturales, pues cada vez son más escasos.

Mapder XII: Luisa Paré analiza la “ofensiva” privatizadora de los sistemas de agua en México (VIDEO)

VIDEO: Luisa Paré: La privatización de la gestión del agua en México

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El 15 de diciembre, los diputados y senadores federales se irán de vacaciones sin haber emitido una nueva Ley de Aguas Nacionales. Esta tarea les incumbe desde el año 2012, cuando el derecho humano al agua fue agregado a la Constitución mexicana, obligando al Congreso nacional a reformar la Ley de 1992, un texto neoliberal que no garantiza el acceso de la población al agua potable y favorece la entrega de los recursos hídricos al sector privado.

En marzo de 2015, el Congreso estuvo a punto de aprobar una propuesta de reforma elaborada por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), pero ésta fue frenada por la presión popular. En ése periodo, se multiplicaron las voces dentro de la sociedad civil contra este texto que favorecía aún más la participación del sector privado en la gestión de los sistemas de agua municipales y las concesiones de agua a la industria. El dictamen fue descartado, pero una propuesta parecida podría resurgir el próximo año.

“El Estado pierde el control sobre las decisiones para el manejo del agua”

“No se había visto una ofensiva como la que pretendía la Ley General de Aguas que la Conagua presentó al Congreso para su aprobación”, alertó la especialista Luisa Paré, también académica en el Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, durante una entrevista realizada por medios libresel 12 de noviembre durante el XII Encuentro Nacional del Movimiento Nacional de Afectados por las Presas y en Defensa de los Ríos (MAPDER) en Jalcomulco, Veracruz. “Allí se manifiesta de manera mucho más profunda la intención de la privatización del agua de una manera total y absoluta, donde el Estado pierde el control sobre las decisiones para el manejo del agua”, añadió la investigadora, quien participó en el evento como integrante de la Asamblea Veracruzana de Iniciativas y Defensa Ambiental (LAVIDA).

¿Porqué se privatizan los sistemas de agua en México? ¿Qué consecuencias tiene la entrada del sector privado en la gestión de los sistemas de agua y de saneamiento municipales? ¿Qué buscan las empresas que entran en este negocio? Luisa Paré contestó estas preguntas en un video pedagógico de 15 minutos que les invitamos a compartir libremente en sus redes y en sus talleres. Paré es miembro de Agua para Todos, Agua para la Vida, una coordinación nacional que reúne a más de 400 organizaciones e investigadores en el país y que ha elaborado una propuesta de reforma ciudadana y alternativa. En el video, la investigadora trató también de dar pistas sobre lo que podemos hacer para proteger el agua de la ola privatizadora en México.

☆   Este material está publicado bajo una licencia Creative Commons. Copia, reproduce y distribuye; sin fines comerciales. Colaboramos en este esfuerzo: Koman Ilel, Otros Mundos, Agencia SubVersiones, Espora, Geocomunes, Hijos de la Tierra, Radio Teocelo y Telar de Raíces.

La lucha por el agua en Nejapa: David contra el Goliat de Coca Cola

Una campaña logra detener en El Salvador durante un año la explotación del acuífero de Nejapa por parte de la empresa embotelladora de Coca Cola.

Periódico Diagonal

La primera vez que Coca Cola fijó su vista en el acuífero de Nejapa, a través de su empresa embotelladora en El Salvador, fue en 1999. Dieciséis años después, ese tesoro del que depende el consumo humano de 30.000 personas no sólo está sobreexplotado al 200%, sino que además los vertidos contaminantes derivados de la sobreexplotación afectan y merman las condiciones de vida y salubridad de las comunidades autóctonas, aprovechando la falta de legislación y vulnerando el derecho al agua de la población salvadoreña.

Por si esto fuera poco, Coca Cola tiene prevista la ampliación de esta planta industrial ubicada en el acuífero lo que, en uno de los países del mundo con mayor estrés hídrico, supondría la práctica desaparición del mismo y la condena de la población a vivir sin agua.

En este contexto, Alianza por la Solidaridad, una de las organizaciones no gubernamentales que lleva tiempo denunciando, junto con la sociedad civil del país y el Foro por el Agua, la falta de responsabilidad de este tipo de empresas, lanzó hace unas semanas una campaña para impulsar una movilización social con el objetivo de detener la intención de la embotelladora de ampliar su planta industrial ubicada en el acuífero y exigir a ésta que reduzca un 22% su consumo de agua.

Así, bajo el lema TIERRRA, “con tres erres”: responsabilidad, rentabilidad, y recursos, la ONG quiere hacer hincapié en la necesidad de que las inversiones empresariales sean responsables, y llamar la atención sobre que, además, no solo no basta denunciar cuando no lo son, sino que hay que ir más allá en la defensa activa de los derechos de la ciudadanía.

Afortunadamente la campaña ha dado sus frutos, y la denuncia se ha traducido en que, tras la presentación en El Salvador del informe de Alianza por la Solidaridad y el Foro del Agua de la situación, el Gobierno haya decretado una moratoria de un año en la explotación del acuífero de Nejapa, comprometiéndose a realizar durante ese tiempo estudios científicos que certifiquen la situación real de este depósito de aguas subterráneas.

Una moratoria que las comunidades del lugar han aplaudido, al tiempo que han avisado de que estarán “pendientes del cumplimiento de la misma a través de las herramientas ministeriales e interinstitucionales que se pongan en marcha”.

VIDEO:

La lucha por el agua en Nejapa: David contra el Goliat de Coca Cola from TMEX on Vimeo.

Organizaciones de A. Latina condenan el “desastre ecológico” en un río de Guatemala

prensalibre.co.cr

La Red Latinoamericana Contra los Monocultivos de Árboles (Recoma) condenó hoy el “desastre ecológico” que afecta al río La Pasión, situado en el departamento guatemalteco de Petén, fronterizo con México y Belice, debido a la contaminación con residuos químicos atribuidos a la industria de palma aceitera.

El problema ambiental fue alertado por las comunidades de la zona en mayo pasado, aunque salió a la luz pública esta semana, con la aparición de miles de peces muertos en el caudal del río.

En un comunicado firmado por 18 organizaciones ecologistas latinoamericanas, la Recoma expresa su condena “enérgica” ante el “terrible desastre ecológico, social y ambiental, que afecta a las especies y los ecosistemas de la región y también a pescadoras y pescadores, poblaciones y comunidades locales, usuarias y beneficiarias del río la Pasión, en Guatemala y México”.

Los pobladores implican a la empresa de palma africana Reforestadora de Palma de Petén S.A. (Repsa) a la que acusan de ser la responsable de contaminar el río con residuos químicos.

“Muchos son los efectos nocivos que la agroindustria de Palma Aceitera (africana) causa en los ecosistemas: el alto uso de agro tóxicos vertidos en fuentes de agua y la contaminación generada por las lagunas de oxidación”, expresó Recoma.

Además del acaparamiento de tierras, la destrucción de bosques y ecosistemas y las violaciones a los derechos humanos de las poblaciones afectadas “nos hacen denunciar este hecho, como un ecocidio más de la agroindustria de palma aceitera en Centroamérica”, señaló el texto enviado a EFE.

Los impactos de las agroindustrias y monocultivos de palma han sido ampliamente denunciados por organizaciones como la Recoma, la Redmanglar Internacional, el Movimiento Mundial por los Bosques Tropicales, Amigos de La Tierra América Latina y el Caribe, entre otras redes, recordó.

Por ello, la Recoma hizo un llamado al Gobierno de Guatemala y al Ministerio Público para que concluyan las investigaciones y deduzcan responsabilidades para que este hecho no quede impune.

“Exigimos que se deduzcan las responsabilidades penales y las sanciones correspondientes, que caiga el peso de la ley ante este ecocidio y que no quede en la impunidad”, enfatizó.

“Demandamos que las autoridades de Justicia de Guatemala cumplan con su papel y que no cedan ante posibles presiones de los responsables, más aún cuando Guatemala vive un momento en el cual sus instituciones públicas están bajo la mirada del pueblo por los casos de corrupción”, concluyó.

Las 18 organizaciones que condenan el desastres ecológico son de Guatemala, Chile, Colombia, México, Uruguay, Honduras, Ecuador y Costa Rica.

Según el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (Marn) de Guatemala, el río La Pasión está contaminado con Malation, un plaguicida organofosforado utilizado para actividades agrícolas.

La contaminación, que ya alcanza más de 100 kilómetros del caudal, según las denuncias, está considerada como “el más grave problema ambiental” de ese tipo en el país por ese ministerio.

Las autoridades han declarado una alerta amarilla en la región y han prohibido a la población consumir peces y agua del afluente.

Mortandad de peces abarca 105 kilómetros
MP allanó una planta procesadora de palma africana, señalada como responsable de la contaminación del afluente y la muerte de cientos de peces.

Análisis de la Ley de Aguas desde el enfoque del derecho humano al agua y al saneamiento

Análisis desde el enfoque del derecho humano al agua y al saneamiento respecto de la iniciativa de Ley General de Aguas dictaminada por Comisiones Unidas de la Cámara de Diputados

Vía COMDA

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El dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Aguas (LGA), publicado en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados el pasado 5 de marzo de 2015, resulta revelador del desconocimiento que tienen los diputados promoventes de la iniciativa en comento -Kamel Athie Flores, Gerardo Gaudiano Rovirosa, Sergio Augusto Chan Lugo, y José Antonio Rojo García de Alba- y las Comisiones Unidas de Agua Potable y Saneamiento y de Recursos Hidráulicos que la dictaminaron, acerca de los estándares internacionales del derecho humano al agua y al saneamiento que dicen haber considerado. Como organizaciones defensoras de estos derechos cuestionamos también que se promueva una ley que en realidad no responde al mandato derivado del decreto del 8 de febrero de 2012 por el que se adiciona un párrafo sexto al artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) para contemplar el derecho humano al agua y al saneamiento en los siguientes términos:

 

“Toda persona tiene derecho de acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho. El Estado garantizará el este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.”

La ley reglamentaria que tiene que emitir el Congreso de la Unión debería desarrollar el contenido y alcance del derecho humano al agua y al saneamiento y asegurar los factores indispensables para su realización: disponibilidad, accesibilidad física, asequibilidad, calidad, aceptabilidad, acceso sin discriminación, acceso a la información, y ejercicio de modo sostenible para las generaciones presentes y futuras. Asimismo, la ley debería definir el diseño institucional más apropiado para los fines del artículo 4°, y hacerlo en concordancia con las obligaciones que tienen todas las autoridades del Estado de respetar, promover, proteger y garantizar los derechos humanos, así como de prevenir, sancionar y reparar sus violaciones, derivadas de la reforma constitucional en materia de derechos humanos de junio de 2011. Lejos de ello, la iniciativa de LGA dictaminada restringe derechos humanos a través de disposiciones que resultan tanto inconstitucionales como inconvencionales:

•    En el Título Segundo dedicado al Derecho Humano al Agua, artículo 49, se establece que este derecho comprende la obligación de la autoridad de garantizar “a los asentamientos humanos los derechos de acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico, y la dotación del mínimo vital”, disposición claramente contraria al estándar de acceso sin discriminación, al pasar por alto que el Estado está obligado a garantizar los derechos humanos de toda la población bajo su jurisdicción, independientemente del lugar donde se viva, y que los titulares del derecho humano al agua y al saneamiento son las personas, no los asentamientos. Abiertamente restrictiva y aún más discriminatoria resulta la definición que provee del Servicio Público de Agua Potable en su artículo 10, fracción 10 XLVII, como conjunto de actividades destinadas a suministrar agua potable para el uso público “urbano” en los asentamientos humanos y centros de población “legalmente constituidos”. También es importante subrayar que el ejercicio de los derechos al agua y al saneamiento no se pueden circunscribir exclusivamente al ámbito doméstico y al contexto urbano, como si todas las personas tuvieran acceso a una vivienda y habitaran ciudades; además de resultar limitativo y discriminatorio, la ley debería tomar en cuenta que se requiere hacer uso personal del agua y tener acceso a opciones de saneamiento adecuado en otros lugares, tales como escuelas, centros de trabajo, hospitales, centros de reclusión, y hasta espacios públicos. No se debe olvidar lo señalado por diversos instrumentos y mecanismos de protección internacional de los derechos humanos: que el derecho humano al agua y el derecho al saneamiento son indispensables para una vida digna y condiciones previas para la realización de otros derechos humanos, como los derechos a la vida, a la alimentación, a la salud, a la vivienda adecuada, a la educación, al trabajo, a la protección contra tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como elementos cruciales para lograr la igualdad de género y erradicar la discriminación.

•    La disposición relativa al “mínimo vital”, definido en el artículo 10 fracción XXXII como “el volumen de agua para consumo personal y doméstico que se otorga con la periodicidad que permite al individuo cubrir sus necesidades básicas que corresponde a cincuenta litros diarios por persona” no clarifica si debe entenderse -como en otros países- en el sentido de una dotación de agua no comercializada, es decir, gratuita, con fines de subsistencia, ni se explica cómo el Estado va a garantizar dicha dotación. En cualquier caso debe tenerse sumo cuidado de no confundir mínimo vital con derecho humano al agua, pues la cantidad de agua que debe estar disponible para realizar el derecho no puede fijarse a priori y por igual para todas las personas sin considerar su condición de vida y necesidades específicas.  La Observación General N° 15 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU sobre Derecho al Agua (OG 15) explica que el factor de disponibilidad refiere al abastecimiento de agua para cada persona que debe ser “continuo y suficiente para los usos personales y domésticos” -consumo, lavado de ropa, preparación de alimentos, higiene personal y doméstica- y que la cantidad de agua disponible para cada persona debería corresponder a las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS), advirtiendo que algunos individuos y grupos necesitan volúmenes de agua adicionales en razón de la salud, el clima, las condiciones de trabajo, etc.

•    La OMS no ha fijado una cantidad de litros con la que toda persona podría ejercer su derecho humano al agua, sino que ha valorado el riesgo para la salud de las personas y las necesidades que podrían llegar a cubrir según la cantidad de agua a la que tengan acceso y al tipo y continuidad de suministro. Así, 50 litros por persona/día constituye un “acceso intermedio” de acuerdo con la OMS, que todavía presenta algunos riesgos para la salud y que si bien permitiría, en teoría, cubrir la mayoría de necesidades de consumo e higiene, no representan el “acceso óptimo” ni el nivel de riesgo para la salud más bajo, para lo cual se requiere que las personas obtengan de 100 litros en adelante de agua al día.  Además, la OMS, junto con la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) y ONU-Hábitat han señalado que estas cantidades de agua son meramente indicativas, y pueden diferir de un grupo a otro en función del contexto particular, el estado de salud, el trabajo, las condiciones climáticas y otros factores; por ejemplo, las madres lactantes, las mujeres embarazadas y las personas que viven con el VIH/SIDA necesitarán más de 50-100 litros de agua al día (Folleto 35 sobre Derecho al Agua, coeditado por OMS, OACNUDH y ONU-Hábitat)

•    Por otra parte, el factor indispensable de calidad no se encuentra todo bien definido entre los términos del artículo 10 de esta iniciativa de Ley; le menciona en otras definiciones como la de “salubre” (fracción XLIII) y le confunde con una errónea definición del derecho al saneamiento (fracción XXIV).  Por “salubre” entiende la calidad del agua para consumo personal y doméstico que “en términos de la normatividad aplicable” impide efectos nocivos para la salud, cuando la OG 15 establece que “el agua necesaria para cada uso personal o doméstico debe ser salubre, y por lo tanto, no ha de contener microorganismos o sustancias químicas o radiactivas que puedan constituir una amenaza para la salud de las personas. Además, el agua debería tener un color, un olor y un sabor aceptables para cada uso personal o doméstico” (esta última parte sí está entre las definiciones, en referencia a cualidades y características del agua “aceptable”). Adicionalmente al agua de calidad, la OG 15 establece que tanto los servicios como las instalaciones de agua “deben ser de calidad suficiente y culturalmente adecuados, y deben tener en cuenta las necesidades relativas al género, el ciclo vital y la intimidad.”

•    Además de una visión incompleta del estándar de calidad en el derecho al agua y al saneamiento, la iniciativa de LGA lo reduce a lo que se mida según la normatividad en México, cuando es sabido que no está actualizada ni incluye los parámetros necesarios para medir todas las sustancias orgánicas e inorgánicas presentes en el agua que pueden provocar daños a la salud más allá de enfermedades diarreicas.  Lo mismo pasa cuando define “contaminación” (fracción XX), como la “incorporación al agua de elementos físicos, químicos o biológicos en concentraciones superiores a las permisibles conforme a las normas oficiales mexicanas relativas a la calidad del agua”. Peor aún, en vez de contemplar un modelo que prohíba la contaminación y conserve las fuentes de agua para poder contar con agua suficiente y de calidad para las generaciones presentes y futuras, la iniciativa resulta permisiva cuando en el artículo 142 prevé la negación o revocación de los permisos de descarga de aguas residuales si se rebasa “la capacidad de asimilación de contaminantes del cuerpo de agua.” Y por si fuera poco, esta iniciativa no hace nada para combatir la impunidad que se vive en el país frente a acciones contaminantes ni para que realmente se pueda remediar el daño, pues disposiciones como las del artículo 264 que establece “multas entre 200 y 50,000 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en el momento en que se cometa la infracción” resultan totalmente insuficientes y en nada desalentarán a las empresas e industrias cuyas utilidades superan en mucho tales multas.

•    Adicionalmente, al definir el uso industrial del agua como “agua para la extracción, conservación o transformación de materias primas” (artículo 10, fracción LIX), podría extenderse a los nuevos proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos que reforma energética promueve, como los que buscan obtener gas de lutitas empleando la nociva técnica de fracturación hidráulica o fracking basada en enormes volúmenes de agua y mezcla de más de 750 químicos, muchos de ellos tóxicos y altamente contaminantes, en un marco legal que además flexibiliza la regulación de los asignatarios y contratistas y en un contexto en que la normatividad ambiental actual ni siquiera contempla tales sustancias. Con este tipo de disposiciones no se está garantizando ni el factor de calidad ni el de sustentabilidad, que permitiría gozar a las generaciones presentes y futuras del derecho humano al agua y al saneamiento.

•    En cuanto a la inobservancia de los estándares internacionales del derecho humano al saneamiento -reconocido junto con el derecho humano al agua en la resolución de las Naciones Unidas A/RES/64/292 de 2010, y desarrollado en particular por el mandato de la Experta Independiente sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el acceso al agua potable y el saneamiento (Informe A/HRC/12/24) y posterior Relatora Especial de Naciones Unidas sobre el derecho humano al agua y al saneamiento, Catarina De Albuquerque- la iniciativa de LGA define el derecho al saneamiento como el “derecho que tiene la persona para que el agua para consumo personal y doméstico sea de calidad, salubre y aceptable” (art. 10, fracción XXIV). Esta errónea definición deja fuera de la legislación un derecho esencial para la vida digna y la salud de las personas, sí como para el medio ambiente sano, ya que en realidad la ley debería referir al  “sistema para la recogida, el transporte, el tratamiento y la eliminación o reutilización de excrementos humanos y la correspondiente promoción de la higiene” y a la obligación del Estado de “garantizar, sin discriminación, que toda persona tenga acceso, desde el punto de vista físico y económico, al saneamiento, en todas las esferas de la vida, que sea inocuo, higiénico, seguro, aceptable desde el punto de vista social y cultural, proporcione intimidad y garantice la dignidad”.  Asimismo, debería tomar en cuenta que la propia Relatora Especial ha señalado que derecho al agua y derecho al saneamiento “deberían tratarse como dos derechos humanos distintos, incluidos ambos en el derecho a un nivel de vida adecuado y con idéntico estatus, ya que esto ayudaría, entre otras cuestiones, a prestar una atención especial a la definición de normas específicas para el derecho al saneamiento y, a continuación, para la realización de este derecho. Además, la separación del derecho al saneamiento del derecho al agua supone reconocer que no todas las opciones de saneamiento se basan en sistemas basados en el agua.”

•    Con respecto al factor de asequibilidad, sobre el cual la OG 15 establece que tanto el agua como los servicios e instalaciones de agua “deben estar al alcance de todos. Los costos y cargos directos e indirectos asociados con el abastecimiento de agua deben ser asequibles y no deben comprometer ni poner en peligro el ejercicio de otros derechos”, la iniciativa de ley se refiere a asequible solamente como “características de costos y cargos directos e indirectos asociados al agua para consumo personal y doméstico, así como las relativas a la infraestructura hidráulica y los servicios relacionados” (artículo 10 fracción XI). Esta definición no aborda el corazón y sentido de este factor, el no comprometer, impedir, poner en riesgo el ejercicio de otros derechos humanos, es decir, que las personas no se vean limitadas o impedidas a ejercer plenamente su derecho a la alimentación, a la salud, a la educación, a la vivienda adecuada, entre otros, por un oneroso cobro de los servicios de agua potable y saneamiento.

•    Por otra parte, aunque el artículo 41 de la iniciativa de ley señala que el derecho al acceso implica “que el agua para consumo personal y doméstico sea accesible y asequible, estos es, al alcance físico y seguro, por lo que se debe encontrar en las cercanías inmediatas de cada hogar, institución educativa o lugar de trabajo; y los costos y cargos directos e indirectos asociados al agua deben ser acordes con la capacidad económica de los usuarios”, en el Título Décimo sobre el “Financiamiento del Sector de los Recursos Hídricos” en donde se refiere, entre otras cuestiones, al tema de tarifas, no se contempla el factor de asequibilidad y abiertamente establece como central la sustentabilidad financiera. El artículo 81 contempla la participación de los sectores “social y privado” en la prestación de los servicios públicos, señalando que podrán incidir en sus diversos elementos, tales como extracción, captación, conducción, potabilización, distribución, suministro, tratamiento, recolección, disposición, desalojo, medición, , así como “determinación, facturación y cobro de tarifas.” El folleto 35 de la OACNUDH, la OMS y ONU-Hábitat sobre derecho al agua reconoce que las empresas pueden menoscabar el disfrute de los derechos humanos, “por ejemplo a través de la contaminación, la sobreexplotación o la apropiación de los recursos hídricos que las comunidades necesitan para beber. Cuando la gestión de los servicios de abastecimiento de agua corre a cargo del sector privado, puede haber preocupaciones en relación con la posibilidad de cortes arbitrarios e ilegales, la asequibilidad de los servicios de agua y saneamiento y la prestación de esos servicios a los grupos vulnerables y marginados.” Asimismo, el dictamen señala que el Título Sexto reproduce las disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales en materia de concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales al señalar las reglas para su otorgamiento, prórroga, transmisiones, derechos y obligaciones de los concesionarios, suspensión, extinción y revocación de los títulos de concesión, pero destaca entre las novedades la regulación del trasvase (Capítulo VII, artículos 116 a 119), considerado además ese traslado de agua de una cuenca a otra de “utilidad pública” (artículo 8), independientemente de su finalidad, que podría ser el fracking, ni de la afectación que dicho trasvase pueda ocasionar a los derechos humanos de las personas que habitan en la cuenca de origen.

•    Finalmente, el acceso a la información, otro de los factores indispensables para la realización del derecho al agua y al saneamiento que de acuerdo con la OG 15 “comprende el derecho de solicitar, recibir y difundir información sobre las cuestiones del agua”, no sólo no es promovido por la iniciativa dictaminada, sino que se ve gravemente restringido con disposiciones como las del artículo 262 fracción XXVI que ya ha sido cuestionado por miembros del sector académico y de la Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad (UCCS) debido a que señala que la Comisión Nacional del Agua sancionará conforme a lo previsto por la ley una serie de “conductas”, entre ellas, “realizar obras de exploración, estudio, monitoreo, reinyección y remediación sin contar con el permiso correspondiente”.

Por todo esto y más, sumamos nuestras voces a las de muchas otras que desde diferentes lugares del país exigimos una gestión del agua diferente, centrada en las personas, las comunidades y sus derechos humanos, demandamos un modelo que respete, promueva y garantice los derechos al agua y al saneamiento, que sea participativo y sustentable, un modelo para la vida presente y futura.

*Elaboró Areli Sandoval Terán, de DECA Equipo Pueblo, A.C., integrante de la Coalición de Organizaciones Mexicanas por el Derecho al Agua (COMDA) y la Alianza mexicana contra el fracking (AMCF). Ciudad de México, a 22 de marzo de 2015.

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Toma simbólica de la CONAGUA en Tuxtla el 22 Marzo, Día Mundial del Agua

CHIAPANEC@S EN DEFENSA DEL AGUA
Movimiento Social Contra la Privatización del Agua en Chiapas y en Defensa de los Elementos Naturales

En el marco del dia Mundial del Agua, el próximo 22 de Marzo, Chiapanec@s en Defensa del Agua y diversas asociaciones hacen un llamado a los medios de comunicación y sociedad civil para que apoyen en la toma simbólica de las Instalaciones de CONAGUA en Tuxtla Gutiérrez.

Durante el evento, que tendrá lugar en diferentes Estados de manera simultánea, se exigirá a las diferentes instituciones gubernamentales que revoquen inmediatamente la ley nacional de Aguas que entrará en el Congreso en los próximos dias. Dicha Ley, no percibe el agua como un derecho humano, sino como una mercancía al servicio de empresas, promoviendo grandes obras de infraestructura y la privatización del agua en sus diferentes formas.
Dentro de las demandas, también se encuentra la paralización total de procesos de privatización de los servicios de agua y alcantarillado, como el que se quiere implementar en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, por el que se “regalaría” toda la infraestructura, pagada con dinero público, a una empresa privada, a la cual, también se le pagaría por sus servicios (también con dinero público).
Sabemos que estas estrategias no son mas que una forma de despojo a los y las mexicanas y que, junto con las demás reformas aprobadas, llevarán al pueblo a una pérdida de soberanía y un estancamiento aún más profundo de las clases medias y bajas de la población.  
Esperamos puedan asistir al evento que comenzará a las 10:00am y tendrá lugar durante la mañana del día 22 de Marzo.
La dirección de la CONAGUA es Pánuco Infonavit Los Laguitos (ver mapa)

 

Carta de Científicos: Ley de Agua pone en riesgo a la sociedad y a la naturaleza

Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad (UCCS)

A las Cámaras del Congreso de la Unión
A la Comunidad académica y a la sociedad en general

Los abajo firmantes alertamos a la comunidad académica y a la sociedad sobre la posible aprobación “fast-track” de la iniciativa de la Ley General de Aguas formulada por la CONAGUA y presentada por los legisladores Kamel Athié Flores (PRI), José Antonio Rojo García de Alba (PRI), Sergio Augusto Chan Lugo (PAN), y Gerardo Gaudiano Rovirosa (PRD).

Preocupados no sólo por el proceso de discusión y aprobación de la iniciativa que ha sido opaco, con acuerdos escasamente democráticos, de espalda a la sociedad, sino también por los contenidos de la misma que son contrarios al artículo 4° constitucional y a los Tratados Internacionales en materia de derechos humanos y que ponen en riesgo a la sociedad y a la naturaleza es que señalamos algunos de los graves problemas que tiene la iniciativa y que son todos violatorios de la Constitución y el derecho internacional.

1. Promueve la privatización del agua al considerarla principalmente un bien económico y no un bien cultural y social como establecen el párrafo 12 de la Observación General No. 15 del Comité DESC.

La concepción del agua en la iniciativa como un bien económico se sobrepone al concepto del agua como parte de la naturaleza en el ciclo hidrológico o como un bien cultural y social (ver Art. 82, Fracc. I). Lo anterior, habrá de potenciar la desigualdad social en el acceso al agua por el aumento de tarifas y compromete la disponibilidad de ésta para el funcionamiento e integridad de los ecosistemas, así como para uso humano en esta y las generaciones futuras.

2. Promueve el desplazamiento de personas y la muerte de los ríos

La práctica de trasvasar el agua moviendo grandes volúmenes de una cuenca hacia otra, no sólo es insustentable y afecta en el mediano y largo plazo al medio ambiente sino que provoca desplazamientos forzosos que destruyen pueblos y comunidades y marginalizan a las personas quienes quedan obligadas a trasladarse a los cinturones de miseria de las grandes ciudades. No se promueve en ningún apartado el tratamiento y reúso del agua, alternativa lógica a los problemas de escasez y disponibilidad de agua.

3. Amplia los márgenes para poder contaminar el agua

En el apartado de definiciones de la iniciativa de ley, en lugar de señalar que la contaminación supone agregar cualquier substancia física, química, biológica u otra que genere un efecto negativo en el ser humano o la naturaleza, la iniciativa remite a un listado limitado de contaminantes que constantemente estará desactualizado y no se permite el monitoreo social o académico para conocer los niveles de diversos compuestos.

4. Restringe, condiciona y sanciona los estudios, la investigación científica y el monitoreo

La iniciativa restringe de forma preocupante la posibilidad de que los académicos y la sociedad civil puedan emprender estudios sobre el agua en general. Ello atenta contra la libertad de investigación, la producción de conocimiento así como el derecho a la información. Para reforzar lo anterior la ley considera como falta grave el emprender estudios sin el permiso de la CONAGUA y establece sanciones desproporcionadas. El Artículo 267 (Fracción XXVI) faculta a la CONAGUA a sancionar hasta con 50 000 días de salario mínimo a todo aquel que realice estudios, monitoreo y remediación de las aguas como bienes nacionales sin contar con un permiso expedido por ellos. Esto implica que ningún universitario o persona podrá generar conocimiento alternativo al oficial sin su consentimiento.

Tomando en cuenta todo lo anterior y destacando que de forma paralela a esta iniciativa ha sido presentada ante las Cámaras una iniciativa ciudadana que propone alternativas viables frente a todos estos aspectos, exigimos se abra un debate público con especialistas y sociedad en ambas Cámaras para asegurar que la Ley que habrá de regir la gestión del agua en el país beneficie a la sociedad con una visión de uso y manejo del agua para el futuro inmediato y de largo plazo.

Ver Carta y Firmantes

Ley de Aguas: Carta abierta a diputados desde las OSC

Carta abierta a diputados

Las organizaciones y personas abajo firmantes, con fundamento en los artículos primero, cuarto quinto párrafo, octavo y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 23.1 a) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 1, 3, 11, 12 y 14 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; 25, inciso a) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; y 11 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; comparecemos ante Usted para exponer:

1) Es de nuestro conocimiento que la Cámara de Diputados está por iniciar la discusión sobre la iniciativa de la Ley General de Aguas, la cual tiene por objeto respetar, promover, proteger y garantizar el derecho humano al agua. Es de destacarse que el pasado 7 de febrero investigadores e integrantes de organizaciones civiles entregaron a las y los legisladores federales una iniciativa ciudadana de Ley, en cuya elaboración participaron más de 450 académicos, investigadores, especialistas, junto con comunidades y comités de usuarios; y que Ustedes  han presentado su iniciativa de Ley General de Aguas, la cual fue publicada en la Gaceta Parlamentaria, año XVIII, número 4223 del jueves 26 de febrero de 2015.

2) En este contexto queremos recordarle que la legitimidad del Estado mexicano y por ende la legitimidad de todas las autoridades en el país depende directamente del respeto, protección, promoción y garantía que se le dé a los derechos humanos. La satisfacción y garantía del derecho humano al agua en México impone importantes retos para el Estado mexicano, por lo cual la Ley General de Aguas, que debe ser expedida a la brevedad, debe ser construida con la mayor participación ciudadana posible, con el mayor conocimiento científico y bajo los más altos estándares, esto es, proporcionando la protección más amplia a todas las personas y para ello debe orientarse en la Observación General 15 del Comité de Derechos Sociales y Culturales (DESC), pues dicha Observación es el mapa y el texto más evolucionado sobre los contenidos y mecanismos para garantizar el derecho humano al agua.

3) En razón de lo anterior y con fundamento en el artículo 177 inciso 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, le solicitamos que las Comisión que preside tenga a bien acordar una serie de audiencias públicas a fin de consultar la opinión de los especialistas en la materia, de los grupos interesados, de los titulares de las entidades de la administración pública paraestatal, de las organizaciones de la sociedad civil, de los ciudadanos y de las empresas. México es un país sumamente rico y complejo cultural e hidrológicamente, sólo escuchando las voces de todos los actores será posible construir una iniciativa de Ley General de Aguas que garantice el derecho humano al agua bajo los estándares más altos.

4) Amén de lo anterior, recordemos que el Estado mexicano es un estado multicultural como se reconoce en el artículo segundo constitucional y en el Convenio 169 de la OIT, por virtud de lo cual las autoridades están obligadas a respetar y fomentar todas las formas de ser y estar que existen en México. En este sentido es evidente que la Ley General de Aguas podría afectar de manera directa a los derechos de los pueblos indígenas y comunidades equiparables, particularmente en lo que se refiere a el acceso de agua potable y saneamiento, por lo cual es necesario que se les respete y garantice el derecho a la consulta previa, libre e informada conforme mandata el artículo sexto del Convenio 169 de la OIT; hacer lo contrario es incurrir en responsabilidad internacional.

5) Por lo cual y con fundamento en los artículos segundo constitucional y sexto del Convenio 169 de la OIT, le solicitamos que se respete el derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas de México y las comunidades equiparables respecto de esta medida legislativa, para lo cual se deberá de proveer todo lo necesario bajo la luz del principio pro persona. Ningún foro de discusión satisface los extremos que el derecho a la consulta previa impone.

Por lo anterior expuesto,

A Usted atentamente le solicitamos:

PRIMERO. Tener por presentado el presente escrito.

SEGUNDO. Considerar las peticiones que se hacen en el presente escrito y por lo mismo en el momento oportuno realizar los foros solicitados a fin de que se construya la mejor Ley General de Aguas.

TERCERO. Garantizar el derecho a la consulta previa respecto de esta medida legislativa a los pueblos indígenas y comunidades equiparables, en términos de lo dispuesto por el artículo segundo constitucional, sexto del Convenio 169 de la OIT y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

CUARTO. En caso de no estimar procedentes las peticiones anteriores, haga de nuestro conocimiento la fundamentación y motivación, jurídica y/o técnica, que esa autoridad considere como sustento de sus determinaciones, haciéndonos entrega de copia certificada de los documentos que haya empleado para arribar a ellas.

PROTESTAMOS LO NECESARIO

Agua, Trabajo, Servicio y Vida A.C.
Alianza Internacional de Habitantes
Alianza Mexicana por la Autodeterminación de los Pueblos (AMAP)
Asistencia Legal por los Derechos Humanos A.C. (ASILEGAL, A.C.)
Asociación de Usuarios del Agua de Saltillo (AUAS, A.C.)
Asociación Ecológica Santo Tomás
Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria O.P.”, A.C.
Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez”, A.C.
Centro de Servicios Municipales Heriberto Jara (CESEM)
Centro Mexicano de Derecho Ambiental A.C. (CEMDA)
Centro Operacional de Vivienda y Poblamiento (COPEVI)
Colectivas
Colectivo de Estudios Críticos en Derecho (RADAR)
Colectivo de Promoción de los Derechos Civiles y Desarrollo Social DECIDES
Colectivo Educación para la Paz y Derechos Humanos (CEPAZ DH)
Colectivo La Roca
Comité Promotor de Aguas para Todos Puebla
Comunidades Campesinas y Urbanas Solidarias con Alternativas (COMCAUSA A.C.)
Consejo de Ejidos y Comunidades Opositores a la Presa La Parota (CECOP)
Controla tu Gobierno A.C.
DECA Equipo Pueblo A.C.
DEMATAC
Enlace Rural Regional A.C. (ERRAC)
Espacio de Coordinación de Organizaciones Civiles sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Espacio DESC)
Food First Information and Action Network sección México (FIAN México)
Fronteras Comunes
Guardianes de los Volcanes A.C.
Instituto Mexicano para el Desarrollo Comunitario (IMDEC)
LAVIDA
Litiga
Movimiento Mexicano de Afectados por las Presas y en Defensa de los Ríos (MAPDER)
Otros Mundos – Amigos de la Tierra
Pobladores
Pronatura Veracruz
Pueblos Unidos de la Cuenca Antigua por los Ríos Libres
Red Género y Medio Ambiente (RGEMA)
Red Mexicana de Acción Frente al Libre Comercio (RMALC)
Sendas A.C.
Sistema de Agua Potable de Tecámac, Estado de México, A.C.
Unión Popular Revolucionaria Emiliano Zapata (UPREZ)
y como aliados internacionales: Food & Water Watch, Oficina para América Latina de la Coalición Internacional para el Hábitat (HIC-AL) y Proyecto Planeta Azul (Blue Planet Project)
Cristina Almazán
Guillemo Rodríguez
Luisa Paré
Eckart Boege

Descargar Las guerras del agua de Vandana Shiva

Descargar el libro AQUÍ

En Las guerras del agua, Vandana Shiva utiliza su notable conocimiento de la ciencia y la sociedad para analizar la histórica erosión de los derechos de acceso al agua por parte de las comunidades humanas. Al analizar el comercio internacional del agua, incluyendo su embalsamiento y extracción, así como la acuicultura, Shiva pone al descubierto la destrucción de la tierra y la pérdida de derechos de los pobres del planeta, a medida que se les niega el acceso a un invaluable bien común.

Vandana Shiva revela cómo muchos de los más importantes conflictos actuales a menudo enmascarados como guerras étnicas o religiosas, como el conflicto israelí-palestino, son de hecho disputas por recursos naturales escasos y necesarios. Las guerras del agua resalta la función espiritual y tradicional que el agua ha tenido en comunidades históricas, y alerta acerca de la privatización que amenaza culturas y formas de vida universales.

Vandana Shiva es una de las pensadoras más dinámicas y provocadoras del mundo en temas relacionados con el medio ambiente, con los derechos de la mujer y con cuestiones internacionales. Física, ecologista y activista, en 1993 fue distinguida con el Right Livelihood Award, el Premio Nobel alternativo. Es directora de la Fundación para la Investigación de las Ciencias, la Teconogía y la Política de Recursos Naturales.

Vandana Shiva es una de las científicas más radicales y prometedoras del mundo. The Guardian

Campaña Nacional ¡CONAGUA negocia con el agua!

Video del lanzamiento de la campaña

Arranca la Campaña Nacional CONAGUA NEGOCIA CON EL AGUA!

Temaca, Tribu Yaqui, Atenco y Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y el Agua de Morelos, Puebla y Tlaxcala hacen un llamado a los pueblos y comunidades afectadas por la CONAGUA y las empresas españolas ABENGOA Y FCC a sumarse a campaña

La Campaña ¡CONAGUA negocia con el agua! denuncia el Mapa del Negocio promovido por la CONAGUA en contubernio con las empresas españolas FCC Y ABENGOA

Nos une la fuerza de nuestros pueblos en defensa de nuestros  territorios, la cultura y la vida. Estamos convencidos de que solo articulados impediremos el despojo de nuestros territorios, afirman

El comité Salvemos Temacapulín, Acasico y Palmarejo, la Tribu Yaqui, el Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y el Agua Morelos-Puebla-Tlaxcala, el Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra de San Salvador Atenco, El Movimiento Mexicano de Afectados por las Presas y en Defensa de los Ríos (MAPDER), la Coalición de Organizaciones Mexicanas por el Derecho Humanos al Agua (COMDA), Servicios y Asesoría para la Paz (SERAPAZ), el Instituto Mexicano Para el Desarrollo Comunitario (IMDEC) y el Colectivo de Abogad@s, se unen y lanzan la Campaña Nacional ¡CONAGUA negocia con el agua!, cuyo objetivo es unir las voces de pueblos y comunidades del territorio mexicano para denunciar los casos de violación de derechos humanos, complicidad en contaminación de ríos y lagos, imposición de presas, acueductos y proyectos de infraestructura, ocultamiento de información pública, y privatización del agua por parte de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), en contubernio con las empresas españolas FCC (Fomento de Construcciones y Contratas) y ABENGOA.

La Campaña ¡CONAGUA negocia con el agua! incluirá diversas acciones a nivel nacional con representantes de las distintas luchas afectadas por CONAGUA, FCC Y ABENGOA, entre ellas se realizaran jornadas informativas sobre el verdadero rostro de los proyectos impulsados por la CONAGUA, FCC y ABENGOA, así como acciones de movilización para denunciar la violación a los derechos de los pueblos y la criminalización y represión de la que son víctimas los y las integrantes de nuestros movimientos.

En esta primera etapa de la Campaña la comunidad de Temacapulín, la Tribu Yaqui, Atenco, y el Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y el Agua de Morelos, Puebla y Tlaxcala hacemos un llamado  a todos los pueblos y comunidades afectadas por la CONAGUA y las empresas españolas ABENGOA Y FCC, a sumarse y  a ser parte de esta iniciativa.

Nos une la fuerza de nuestros pueblos en defensa  de nuestros  territorios, la cultura y la vida y la lucha que actualmente enfrentamos en Temaca contra el proyecto Presa El Zapotillo en Jalisco, la Tribu Yaqui contra el Acueducto Independencia en Sonora, el Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y el Agua Morelos-Puebla-Tlaxcala contra el Proyecto Integral Morelos y San Salvador Atenco contra el Nuevo Aeropuerto de la Ciudad de México. Todos proyecto de muerte impuestos por la CONAGUA en contubernio con empresas nacionales y trasnacionales.

Impulsamos esta Campaña porque somos testigos de las prácticas violatorias a nuestros derechos impulsadas por la CONAGUA en alianza con la iniciativa privada, prácticas sistemáticas que se repiten a largo y ancho de nuestro país, estamos convencidos de que solo articulados impediremos el despojo de nuestros territorios.

La Campaña ¡CONAGUA negocia con el agua! denuncia el Mapa del Negocio:

¿Quién es ABENGOA?

Abengoa comenzó en Zimapán, Hidalgo, la construcción del confinamiento más grande de Latinoamérica de residuos tóxicos industriales sin contar con los requisitos legales necesarios. En el 2007 empezaron las protestas sociales para tratar de detener la obra; tras dos años de lucha, amenazas y fuerte represión policial, el proyecto se canceló el 22 de septiembre de 2009. Abengoa junto con la Compañía Española de Financiación del Desarrollo (COFIDES) demandaron a México ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversores (CIADI) que depende del Banco Mundial. La resolución del caso condenó a México a pagar un monto que se estima entre 42 y 45 millones de dólares. En el año 2000 Abengoa, como parte del consorcio “Aguas del Tunari”, fue expulsada de Bolivia durante la internacionalmente conocida “Guerra del Agua de Cochabamba”.

¿Quién es la FCC?

De acuerdo con numerosos medios de comunicación españoles, la empresa FCC se ha visto vinculada con delitos de alteración de precios de concursos y subastas públicas, lavado de dinero, corrupción, tráfico de influencias, fraude, entre otros. FCC tenía muchas deudas por la crisis de la construcción en España, sin embargo en octubre de 2013, Bill Gates –actualmente el hombre más rico del mundo- se convirtió en el segundo mayor accionista de FCC al tomar un 5,7% de la compañía que controla Esther Koplowitz. Posteriormente, a finales de 2013 se supo que George Soros –especulador financiero, famoso por provocar la quiebra del Banco de Inglaterra, el episodio llamado “miércoles negro”- contaba con una participación algo inferior al 3%; parece que Soros está interesado en convertirse en socio importante de Koplowitz y ha propuesto adquirir parte de la deuda de FCC.

La Campaña ¡CONAGUA negocia con el agua! en Jalisco denuncia:

CONAGUA firmó en 2009 un contrato con las empresas mexicanas La Peninsular Constructora, Grupo Hermes, y la empresa española FCC para la construcción de la presa El Zapotillo en Jalisco, proyecto que pretende trasvasar el agua de Jalisco a Guanajuato. Abengoa, empresa también española, sería la responsable de construir y operar el acueducto El Zapotillo-León por 25 años, lo que le permitiría trasvasar el agua y venderla en bloque a la industria de León. Productores y empresarios de Los Altos de Jalisco han manifestado su total oposición a este acueducto que dejaría en vulnerabilidad hídrica a los Altos, principal región productora de alimentos de origen animal en el país. Estudios recientes demuestran que en los Altos de Jalisco no sobra el agua.

Ante una evidente política de privatización y mercantilización del agua la CONAGUA ha emprendido compañas masivas en alianza con la iniciativa privada para justificar el proyecto Presa El Zapotillo, argumentando que con el sacrificio de las comunidades de Temacapulín, Acasico y Palmarejo se resolverá la crisis hídrica de la Zona Metropolitana de Guadalajara; sin embargo queda claro que el verdadero fin de El Zapotillo es llevarse el agua para la bogante industria del bajío mexicano y beneficiar a las empresas españolas constructoras.  La CONAGUA miente a través de la Fundación México Sustentable A.C. responsable de  ofertarles un “reasentamiento participativo consensuado” que hasta ahora no ha sido cumplido.

La Campaña ¡CONAGUA negocia con el agua! en Sonora denuncia:

En el caso del Acueducto Independencia en el estado de Sonora, la CONAGUA extrae agua del río Yaqui, y la trasvasa a la ciudad de Hermosillo. La Tribu Yaqui ante la amenaza de perder su fuente de abastecimiento se ha opuesto al proyecto, lo que ha provocado la persecución, hostigamiento y criminalización de sus líderes, llegando al encarcelamiento de dos de ellos: Mario Luna y Fernando Jiménez.

La Campaña ¡CONAGUA negocia con el agua! en el Estado de México  denuncia:

CONAGUA ha tenido un rol fundamental en la violación de derechos humanos en la lucha de San Salvador Atenco, siendo la responsable de adquirir ilegalmente las tierras para la construcción del aeropuerto en la zona de Texcoco, cooptando a comisarios y realizando asambleas fraudulentas.

La Campaña ¡CONAGUA negocia con el agua! en Morelos, Puebla, Tlaxcala denuncia:

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) junto con las empresas españolas Abengoa, Elecnor y Enagás,  y la empresa italiana Bonatti, construyen el Proyecto Integral Morelos (PIM) compuesto por dos termoeléctricas, un acueducto y un gasoducto de 159 km que pasaría por 60 comunidades de los 3 estados. Este proyecto que se impone en los estados de Morelos, Puebla y Tlaxcala, ha provocado criminalización, represión, hostigamiento y amenazas a los pueblos, líderes comunitarios, activistas y defensores de derechos humanos, así como el encarcelamiento de Enedina Rosas Vélez y Juan Carlos Flores Solís, integrantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y el Agua Morelos-Puebla-Tlaxcala.

Dado lo anterior:

-Reprobamos que la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) señale sin estudios que lo sustenten y sin ofrecer  información clara y precisa, que la única opción viable sea construir la Presa El Zapotillo a 105 metros.

-Exigimos que la CONAGUA se responsabilice de las incongruencias técnicas y jurídicas del proyecto El Zapotillo y que garantice la seguridad y permanencia de las comunidades de Temacapulín, Acasico y Palmarejo, de las y los productores de la región de los Altos de Jalisco, quienes serían afectados por el trasvase de agua a la ciudad de León Guanajuato, así como de los ejidatarios/as perjudicados/as por el acueducto de la presa El Zapotillo.

-Exigimos  la libertad inmediata de Mario Luna y Fernando Jiménez integrantes de la Tribu Yaqui y la cancelación de las órdenes de aprehensión que existen sobre otros hermanos/as Yaquis, así como la cancelación inmediata del proyecto Acueducto Independencia, que pretende despojarles del agua en toda su región. De igual manera, exigimos el cese a la campaña de hostigamiento y represión contra la Tribu y el respeto a sus derechos y lucha.

-En San Salvador Atenco no se admitirá el aumento de pago por la tierra y no se aceptará el proyecto de aeropuerto.  Reprobamos la manera en la que CONAGUA se  ha apropiado del territorio, mientras que los líderes opositores, como Ignacio del Valle, se encontraban presos víctimas de la represión encubierta por el entonces gobernador del Estado de México, hoy presidente de México, Enrique Peña Nieto.

-Rechazamos la imposición del Proyecto Integral Morelos y sus múltiples afectaciones sociales, económicas y ambientales. Exigimos la cancelación inmediata de este proyecto, el cese a las detenciones arbitrarias, tortura y amenazas de violación sexual y de muerte contra los/as opositores/as del Proyecto Integral Morelos, y la liberación inmediata de los compañeros/as Enedina Rosas y Juan Carlos Flores.

-Los proyectos promovidos por la CONAGUA responden a un modelo de gestión obsoleto, que pretende resolver problemas hídricos sólo con mega obras, motores de bombeos, cemento y tuberías. Desde nuestras luchas, exigimos la implementación de un modelo que conduzca a una gestión integral del agua y el territorio, participativa y respetuosa con el medio ambiente, que haga valer la autodeterminación y la voluntad de los pueblos, abonando a la construcción de una sociedad más equitativa y justa.

-El Movimiento Mexicano de Afectados por las Presas y en Defensa de los Ríos denunciamos la persecución del estado mexicano hacia los/as defensores de la tierra, el agua y los derechos humanos de los pueblos, víctimas de las políticas privatizadoras del agua y la energía. Exigimos  la liberación inmediata de los compañeros Marco Antonio Suástegui, Emilio Solís, Julio Ventura y de la compañera María de la Cruz Dorantes, integrantes del Consejo de Ejidos y Comunidades Opositores a la presa La Parota, el CECOP, y denunciamos enérgicamente el asesinato del compañero Atilano Román, líder comunero de las y los afectados por la presa Picachos, el pasado 11 de octubre en Mazatlán, Sinaloa.

-Finalmente, nos unimos y denunciamos con profundo dolor e indignación la desaparición de 43 estudiantes de la Normal Rural Raúl Isidro Burgos en Ayotzinapa, Guerrero. Exigimos su presentación inmediata con vida, y justicia y cárcel para los responsables de su desaparición y de los asesinatos cometidos el pasado 26 de septiembre en Iguala, Guerrero.

SUMATE Y PARTICIPA

#TodxsVsConagua

FB: Conagua negocia con el agua

ATENTAMENTE,

COMITÉ SALVEMOS TEMACAPULÍN, ACASICO Y PALMAREJO
TRIBU YAQUI
FRENTE DE PUEBLOS EN DEFENSA DE LA TIERRA Y AGUA MORELOS-PUEBLA-TLAXCALA
FRENTE DE PUEBLOS EN DEFENSA DE LA TIERRA DE SAN SALVADOR ATENCO
INSTITUTO MEXICANO PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO, A.C. (IMDEC)
COLECTIVO DE ABOGAD@S
SERVICIOS Y ASESORÍA PARA LA PAZ (SERAPAZ)
MOVIMIENTO MEXICANO DE AFECTADXS POR LAS PRESAS Y EN DEFENSA DE LOS RÍOS (MAPDER)
COALICIÓN DE ORGANIZACIONES MEXICANAS POR EL DERECHO AL AGUA (COMDA)

Video del lanzamiento de la campaña

Vía: IMDEC

FORO: CAMINANDO POR LA DEFENSA DEL DERECHO HUMANO AL AGUA EN TUXTLA GUTIERREZ, 23 DE JULIO

Invitamos a la ciudadanía Tuxtleca a participar en el Foro CAMINANDO POR LA DEFENSA DEL DERECHO HUMANO AL AGUA EN TUXTLA GUTIÉRREZ que se celebrará el dia 23 de Julio en el Auditorio de la Parroquia de Guadalupe (Avd.Central Poniente num. 752 Col. Centro).

Analizaremos el proceso privatizador del SMAPA, hablaremos de los hechos acontecidos en La Ciudad Del Agua y la represión y hostigamiento por parte de las autoridades, la importancia de la participación ciudadana en los procesos de gestión del agua e intercambiaremos experiencias con otros compañeros y compañeras con la misma lucha por la defensa de este elemento natural.

EL MAL SERVICIO QUE BRINDA EL SISTEMA, ES INTENCIONADO, NO ES CULPA DE L@S TRABAJADORES SI NO UNA ESTRATEGIA PARA JUSTIFICAR LA PRIVATIZACIÓN!

NO TE DEJES ENGAÑAR, ASISTE E INFÓRMATE!

CHIAPANECOS EN DEFENSA DEL AGUA.