Los “refugiados ambientales”

Los “refugiados ambientales”

Debido a las deterioradas condiciones ambientales un número creciente de personas debe abandonar su tierra. Atender esta conflictiva migración forzada debe ser prioridad de la comunidad internacional.

María Cristina Rosas. Alai-amlatina
Profesora e investigadora de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
emisión de co2
El concepto de “refugiado” generalmente remite a las situaciones que se generan cuando las personas se ven obligadas a abandonar su residencia habitual debido a conflictos violentos que ponen en peligro su supervivencia, sea que emigren de un lugar a otro dentro de un mismo país (desplazados internos), o que crucen las fronteras internacionales.
(…)
se encuentran casos cotidianos de destrucción ambiental que obligan a miles de personas a desplazarse de sus lugares de origen, sin que ese sufrimiento llegue a los titulares en los medios. Son constantes los vertidos de petróleo o sustancias químicas a ríos o costas que afectan la supervivencia, dañan el hábitat y el modo de alimentación básica, y convierten a sus habitantes en refugiados. La deforestación o la desertificación obligan a muchas comunidades y familias a dejar sus hogares: en las últimas dos décadas, 10 millones de africanos se han visto obligados a emigrar debido a la pérdida de su entorno natural. También en África la desertificación crece a razón de cinco kilómetros cuadrados por año.

(…)

Un nuevo enfoque, necesario

Para este año se calcula en 50 millones el número de individuos que habrían cambiado su lugar de residencia por el impacto de fenómenos naturales o de desastres ambientales, y el panorama no da pie al optimismo: de mantenerse los patrones de producción y consumo imperantes, la recurrencia de accidentes industriales, de actividades económicas no amigables con el entorno natural y de residuos tóxicos pobremente resguardados, esa cifra aumentará.

Para atender esa situación hay muchos problemas. Las principales dificultades invocadas por los Estados se centran en que el reconocimiento jurídico del estatuto de “refugiado ambiental” supondría una devaluación de la actual protección de los refugiados, porque la migración por factores ambientales es excepcional —o al menos así se le considera—, puesto que siempre se ha dado primacía a la opresión política como argumento central en las políticas de asilo y refugio. Se teme que el asunto ambiental compita con los migrantes que buscan asilo o refugio por razones políticas. El Derecho internacional actual no obliga a los Estados a proporcionar asilo o refugio a aquellas personas desplazadas por razones ambientales.

Parte del problema estriba en que, a la fecha, el mundo no cuenta con un organismo internacional especializado en temas ambientales. El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) posee un mandato y una estructura institucional muy frágiles para ventilar un dilema tan complejo.

Las consecuencias del ecocidio y los graves perjuicios humanos, económicos y materiales derivados de los desastres naturales suelen aquejar generalmente a aquellos países menos desarrollados, que carecen de los medios suficientes para anticipar los posibles desastres naturales —algo evidente en el terremoto que enfrentó Haití a principios del presente año. La globalización del desafío ambiental, su dimensión mundial y transfronteriza, así como la relación existente entre la desertificación, el cambio climático y otros problemas ambientales, requiere un nuevo enfoque en torno a la problemática de los refugiados, si no por otra razón sólo porque el desplazamiento de estas personas también potencia conflictos, algunos de ellos violentos.

LEER COMPLETO: http://alainet.org/active/43135

Dejar una respuesta