PROFEPA Y SEMAVHN EN CHIAPAS: EL CASO DE BLACKFIRE. LA SIMULACION COMO POLITICA DE ESTADO

Chiapas, México, 13 de Septiembre de 2010:

LA SIMULACION COMO POLITICA DE ESTADO

PROFEPA Y SEMAVHN EN CHIAPAS: EL CASO DE BLACKFIRE

Red Mexicana de Afectados por la Minería REMANuevas evidencias vienen demostrando la verdadera política de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA)/Delegación Chiapas y de la Secretaría del Medio Ambiente, Vivienda e Historia Natural (SEMAVINH) del Gobierno del estado de Chiapas, con sus medidas de cierre temporal total de la mina en Chicomuselo, Chiapas, concesionada a la trasnacional minera canadiense Blackfire.
En el estado de Chiapas hemos escuchado durante cuatro años al Ejecutivo Estatal hacer referencia que sus políticas, y sobre todos sus hechos, van en sintonía a las metas de Desarrollo del Milenio, establecidas por la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Sin embargo, para la población del municipio de Chicomuselo, la cual se asienta bajo grandes yacimientos de minerales, entre ellos la barita, impulsar su “desarrollo” bajo las metas propuestas por la ONU y promovidas por el Ejecutivo estatal, ha significado múltiples violaciones a sus garantías consagradas en la Constitución, tanto federal como estatal.
Desde la llegada del Blackfire al municipio de Chicomuselo, se han presentado distintos problemas como producto de sus acciones depredadoras y de menosprecio tanto a las leyes de protección del medio ambiente, como a la población en su conjunto. Esto, con la mirada complaciente de las autoridades de los tres niveles de gobierno: federal, estatal y municipal. Algunas de estas acciones que muestran el tipo de relación entre empresas y autoridades, están debidamente documentadas, como el caso del engrosamiento y/o crecimiento de sus cuentas bancarias, por sus servicios a la Blackfire. Durante 3 años la Blackfire operó en el municipio de Chicomuselo y sus ejidos, sin empacho alguno y no es sino hasta principios del año 2008 que inicia la resistencia de los ejidos aledaños a la explotación minera y de ciudadanos y ciudadanas de la cabecera municipal de Chicomuselo, siendo una representación de esta resistencia contra los impactos de la Mina nuestro compañero Mariano Abarca Robledo, quien también había presentado la denuncia ante la Profepa en febrero del 2009.(1).
Todos estos años, y no obstante las múltiples denuncias formales, públicas, nacionales e internacionales, por las graves afectaciones provocadas por la trasnacional canadiense Blackfire, el gobierno de Juan Sabines Guerrero, no solo no actúa contra la Blackfire, sino al contrario, orquesta una política de enfrentamiento contra la resistencia en general y particularmente contra el difunto Mariano Abarca Robledo.(2) Antes de este desenlace, solo la solidaridad nacional e internacional lograron sacarlo de la mazmorra del “Pitiquito” (3). Y no es, sino hasta que es asesinado y dada la indignación local, estatal, nacional e internacional, que decide el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría del Medio Ambiente Historia Natural y Vivienda (SEMAVI), “actuar” contra la Blackfire. Es así que el 7 de diciembre de 2009, resuelve la Clausura Temporal Total de las operaciones de la minera canadiense. Con dicha acción, el gobierno del estado se ostenta como el gran defensor del medio ambiente, de los derechos de la población de Chicomuselo y no se cansa de cacarear que habrá justicia por el asesinato de Mariano Abarca. Sin embargo, en contra de sus facultades, por complicidad y/o abuso de autoridad, la SEMAVHN le dio a la Blackfire todos los argumentos para no ser sancionada.
¿Cuál fue el argumento que esgrimió la SEMAVHN, para determinar la Clausura Total Temporal de la minera canadiense?4 1.- La verificación del cumplimiento de la Ley Ambiental para el estado de Chiapas. Es decir, verificar si la minera Blackfire estaba causando impactos ambientales adversos por la construcción, ampliación y modernización de 7 kilómetros de camino. 2.- Si esta empresa contaba con la Licencia de Funcionamiento de Fuentes Fijas de Emisiones Atmosféricas (LFFFEA). Ante estos actos de autoridad, la minera Blackfire, hace uso de sus derechos y pide el 15 de diciembre de 2009, el amparo de la Justicia de la Nación, a través del Amparo 1493/2009, radicado en el Juzgado Quinto de Distrito con sede en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. El 30 de abril del presenta año, el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Chiapas, pronuncia resolución en los siguientes términos:
“RESUELVE (…) TERCERO. LA JUSTICIA DE LA NACIÓN AMPARA Y PROTEGE a BALCKFIRE EXPLORATION, MÉXICO, contra los actos del Secretario de Medio Ambiente y Vivienda y los Verificadores Ambientales Acreditados, adscritos a la antedicha Secretaria, residentes en esta ciudad, en términos del considerando último.”
¿Y cuáles son los términos del considerando último que forma parte de esta sentencia de amparo? Únicamente verificar posibles impactos ambientales por el camino construido por la minera canadiense y si contaba o no con la Licencia de Funcionamiento de Fuentes Fijas de Emisiones Atmosféricas (LFFFEA). El Juzgado afirma que las actuaciones que hizo la SEMAVHN son atribuciones que de acuerdo con el Artículo 27 Constitucional, Ley Minera y la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente, le corresponde exclusivamente a las autoridades federales y por lo tanto no le corresponde a los gobiernos estatales. Es decir, el gobierno de Juan Sabines Guerrero se excedió y violentó el estado de derecho. Es más, se atribuyó funciones que no le correspondían.
¿En realidad actúo Juan Sabines Guerrero y la Lic. Lourdes A. López Moreno, Secretaria de la SEMAVHN, por ignorancia al clausurar la minera Blackfire? ¿Acaso era su primer caso en materia ambiental y desconocían las competencias estatales y federales?. Y al mirar atrás, todas y cada una de las actuaciones del gobierno del estado de Chiapas, en este caso, decimos: EL EJECUTIVO ESTATAL, TAN SOLO HA SIMULADO, LO QUE A DERECHO CORRESPONDE. Es decir, la gran indignación que originó en la sociedad civil en distintas latitudes el asesinato de nuestros compañero Mariano Abarca Robledo, hizo que Juan Sabines Guerrero, Gobernador Constitucional y Lourdes A. López Moreno, Secretaria de Medio Ambiente, aplicaran una políticas de ficción y distracción, clausuran sin ningún fundamento, y calcularon fríamente el resultado del amparo. Con tal Amparo otorgado a la Blackfire contra el gobierno estatal, aunada a la Resolución de la PROFEPA(5) contra la BlackFire, se demuestra la complicidad, omisión y simulación de los tres niveles de gobierno, a favor de la Minera Canadiense Blackfire y, ahora sí, facilitan estos gobierno el camino a la minera canadiense Blackfire para que regrese “limpia” de cualquier violación al medio ambiente, y seguir violentando y contaminando a la población de Chicomuselo y de toda la región fronteriza del estado de Chiapas.
La REMA Chiapas demanda el deslinde de responsabilidades de funcionarios de Profepa como de la Semavinh que han actuado en complicidad para violar las  leyes y normatividades en materia ambiental. Y además…

¡FUERA BLACKFIRE DE CHIAPAS!

Notas:
1. Ver Expediente PFPA/14.7/2C.28.1/0005-09 pág. 1 y PFPA/14.7/2C.28.1/0005-09 pág. 2

2. Ver Acta Administrativa por arraigo contra Mariano Abarca Roblero
3. Nombre de la “casa” en Chiapa de Corzo, en dónde la Procuraduría del Justicia arraiga a personas de manera ilegal, para ser “investigadas”.
4. Ver documento de clausura de la SEMAVI (Orden de visita 7 de diciembre 2009) en .rar
5. Ver Resolución de Profepa. Exp. PFPA/14.7/2C.28.2/0017-09 en .pdf

Más NOTICIAS RELACIONADAS:
LA BLACKFIRE AGUDIZA EL CAMBIO CLIMÁTICO ¿POR QUÉ CERRARON LA MINERA CANADIENSE?

BOLETIN DE PRENSA: DECLARACION SOBRE LA CLAUSURA DE LA MINERA CANADIENSE BLACKFIRE

Dejar una respuesta