Compartimos esta nota publicada en Dossier Político sobre la defensa del territorio ante las amenazas mineras esta vez en Sonora- A 11 de abril de 2021
Santiago García C. Dossier Politico
Hermosillo, Sonora.- En lo que representa un primer precedente en Sonora, el Juez Federal decimoprimero, aceptó el amparo al Ejido Tesoripa y ordenó a “Minas de Oro Nacional”, subsidiaria de la Canadiense Álamos Gold Inc., la suspensión inmediata de trabajos de instalación de postes de energía eléctrica, realizar desmonte ni tala, barrenación de suelos, ni utilizar ninguna área de tierras de uso común.
El Comisariado Ejidal presentó el pasado 23 de marzo ante el Tribunal Agrario una demanda por la nulidad de acuerdos y la restitución de tierras ejidales en contra de MINAS DE ORO NACIONAL, S.A de C.V, por violaciones graves a la nueva Ley de la Industria Eléctrica, Ley Agraria y a la propia Legislación Minera, pero el Tribunal Agrario negó la procedencia de la demanda.
Contra la negativa del Tribunal Agrario el Comisariado Ejidal se amparó y el 7 de abril le fue admitida la demanda y concedida la suspensión total de dichos trabajos por la afectación de derechos agrarios y por violación a los derechos humanos, incluyendo por riesgos de daños ecológicos y ambientales irreparables.
El abogado del Ejido, Marco Antonio Andrade Aguirre, dijo que acudieron al Tribunal Agrario para contener la arbitrariedad y el abuso del poder económico y empresarial de Minas de Oro Nacional cometidos en perjuicio del ejido Tesoripa y después el amparo buscando enderezar el mal criterio del Tribunal que negó las medidas cautelares solicitadas inicialmente.
“Hemos logrado encauzar por la ruta constitucional y por la vía del derecho y la justicia agraria un conflicto generado por el abuso recurrente de algunas empresas mineras y por un evidente fraude a la ley basado en la impunidad jurídica y política que avasalla los derechos de los ejidos sonorenses sobre sus tierras”, señaló Andrade Aguirre.
Con estas acciones los ejidatarios buscan justicia y respeto por la legalidad agraria y sus derechos humanos colectivos ya que han sido fraudeados y es lógico suponer que también están agraviados, como sucede en los ejidos de Mulatos y Matarachi donde la falta de ética y la nula integridad de los representantes de la empresa podría tener, aunados al amparo y al juicio agrario actuales, consecuencias penales por delitos empresariales tipificados por el código penal federal y el código nacional de procedimientos penales”.
“Estamos revisando el Compliance Criminal Program ó Programa de Responsabilidades Penales de Minas de Oro Nacional y sus Directivos para proceder en consecuencia. Afortunadamente la justicia federal en Sonora si funciona, sin temores ni distingos como lo demuestra la suspensión ordenada por el Juez de Distrito”, señaló.
El Abogado del Ejido Tesoripa refiere que “sin embargo, la realidad socioeconómica del ejido, como sucede en los núcleos agrarios de sonora y del país, aparte de soportar la actividad destructiva de la actividad minera, es incuestionable que enfrentan la necesidad de buscar nuevos mecanismos de aprovechamiento de sus tierras para proteger, por una parte, la deplorable economía familiar y su precaria capacidad productiva.
Y por otra, garantizarse un ingreso por renta de tierras para sobrevivir su casi indigencia actual, lo cual no justifica a la empresa haber violentado la propia legislación minera y la nueva Ley de la Industria Eléctrica vigente a partir de las reformas estructurales del 2014 en materia de desarrollo del sector social, propiedad ejidal y energía eléctrica.
“Se aprovecharon de la necesidad y la marginación social de diversas familias ejidales. Nuestro trabajo es demostrar al Tribunal, con el mayor sentido de serenidad, pruebas, fundamentación jurídica y defensa intransigente de los derechos del ejido, que Minas de Oro Nacional violó las obligaciones que le impone la legislación minera e incumplió con los requisitos de forma y validez señalados por la Ley de la Industria Eléctrica y la Ley Agraria para ocupar una área de tierras de uso común, incluyendo la inexistencia de un contrato de ocupación temporal, renta, servidumbre superficial de paso, aérea o subterránea para la instalación de postes de la CFE y suministro de energía para un usuario particular exclusivo como es dicha empresa. La electrificación de la Mina no pasa desafortunadamente por ningún ejido, solamente usan sus tierras en forma ilegal y fraudulenta”.
Finalmente el Abogado del Ejido Marco Antonio Andrade Aguirre, señalo que la demanda de amparo es por el cabal cumplimiento de la tutela constitucional a la propiedad ejidal y la aplicación inmediata de las leyes que rigen, por una parte, el funcionamiento de la industria minera y eléctrica, y por otra, para proteger los derechos humanos de los ejidos y sus integrantes, nada más, pero nada menos.
“La Constitución y diversos tratados internacionales que en su conjunto configuran el orden jurídico nacional, nos dan la razón plena y absoluta para librar con toda determinación esta batalla litigiosa ante los tribunales agrarios, el poder judicial federal u organismos internacionales si es necesario. Es necesario limitar la arbitrariedad, el abuso y los engaños legales inducidos de empresas mineras contra los ejidos y las comunidades rurales y agrarias de sonora”, expresó.
Imagen: Dossier Político
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