EL ESCARAMUJO 86 ¿QUÉ ES EL PROTOCOLO DE NAGOYA?

Los «Escaramujos» son documentos de análisis producidos por Otros Mundos A.C. Les presentamos el último número de la colección, esperando les sirva para sus trabajos en defensa de los territorios. (Ver todos los números del Escaramujo)

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En el capitalismo todo se convierte en mercancía, con precio y dueño. Y ahora asistimos a otra generación de privatización. Con las Políticas de Ajuste Estructural al inicio del Modelo Neoliberal, la primera generación de privatizaciones se dio en torno a empresas estatales; en una segunda generación se enfocó en la liberalización de las barreras arancelarias y los servicios (salud, educación, carreteras, telefonía, servicio eléctrico, correos, servicios aeroportuarios y marítimos, entre otros); en una tercera generación se enfocó a la privatización del sector extractivo (minería, represas, grandes plantaciones de agroexportación, petróleo, gas, fracking, entre otros). Y en esta cuarta generación se impulsa la privatización de la vida, del agua; de los genes de animales, plantas y humanos; del oxígeno, del carbono, de la respiración de la naturaleza incorporándole medida (bono), cantidad (toneladas) y precio de venta en el mercado.

Frente a la ambición de las corporaciones por controlar las semillas, los alimentos, los medicamentos, la biotecnología y la nanotecnología, las grandes corporaciones y los gobiernos van por el extractivismo genético, por su control en cualquier rincón del planeta así como del conocimiento tradicional indígena bajo el argumento de que tienen derecho a su acceso, a la comercialización y su apropiación, a patentarlo y convertir en negocio los bienes comunes naturales y los bienes comunes culturales lo que les permitirá un mayor control sobre el hambre y la salud de la humanidad, sobre la dependencia de la nanotecnología y otros descubrimientos científicos. Por ello, hemos llamado a este nuevo modelo económico “Corporación-Nación”, o Modelo Corporativo. Pero todavía no se logra entender que el Modelo Neoliberal ya ha sido superado por este nuevo modelo del capitalismo.

El Protocolo de Nagoya caracteriza claramente al bien común natural genético y al conocimiento tradicional indígena como una fuente de negocio y de comercialización, como un recurso económico del cual hay que apropiarse. Para ello se despliega toda un articulado para garantizarse el acceso y la comercialización, entregando a cambio migajas. Sin embargo, el conocimiento empresarial, las patentes y su tecnología, no son elementos a los cuales tenemos derecho a acceder con participación “justa y equitativa”, sino a comprarlos a costos muy altos. Incluso cuando están cimentados en el subsidio de los estados, a costa del dinero de los pueblos. Así, las empresas sí son dueñas de su tecnología y conocimientos, pero los pueblos indígenas son solo “custodios” de la biodiversidad y de su conocimiento tradicional.

Así lo resume el Protocolo: “Reconociendo que la conciencia pública acerca del valor económico de los ecosistemas y la diversidad biológica y que la distribución justa y equitativa de su valor económico con los custodios de la diversidad biológica son los principales incentivos para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes. Conscientes de la potencial contribución del acceso y la participación en los beneficios a la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, la reducción de la pobreza y la sostenibilidad ambiental, contribuyendo por ende a alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio (…)”.

ANTECEDENTES

Frente a la crisis climática mundial que se alertaba desde la década de los 90’s, los gobiernos citaron a la “Cubre de la Tierra” llamada la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. Este “desarrollo” capitalista que ha puesto en jaque al medio ambiente a nivel mundial y que pone en peligro la biodiversidad del planeta. Una diversidad biológica disminuida y arrinconada en algunos países y que las potencias y grandes corporaciones quieren acceder a ella exigiendo una “participación justa y equitativa de los beneficios económicos al comercializar los recursos genéticos”.

De esta “Cumbre de la Tierra” emanó el Convenio sobre la Diversidad Biológica que entró en vigor a partir de 1994, en el contexto del primer Tratado de Libre Comercio realizado entre Canadá, Estados Unidos y México, del nacimiento de la Organización Mundial del Comercio (OMC) que pretendía introducir todo a la lógica del mercado, del alzamiento del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) y de la “pacificación” de los conflictos centroamericanos. El Convenio fijó tres objetivos: 1) la conservación de la diversidad biológica, 2) la utilización sostenible de sus componentes, y 3) la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de recursos genéticos. En otras palabras, conservar la fuente que dará pié a un nuevo negocio multimillonario, justificando que las empresa tienen derecho a acceder a ello y luego prohibir que otros lo hagan a menos que paguen altos costos.

Ante un «desarrollo» que no puede sostenerse indefinidamente sobre bienes finitos, en medio de tantas privatizaciones y extractivismo impulsado por el consumismo, el derroche y la obsolescencia programada para la acumulación incesante de capital de las grandes corporaciones, los gobiernos y las empresas continúan tratando de justificar el “desarrollo sostenible” imposible de lograr en la lógica capitalista por medio de conservar la biodiversidad, explotarla permanentemente y garantizar que tendrán acceso a ella en cualquier rincón del planeta donde se encuentre para la industria de la nanotecnología, biotecnología, transgénicos, medicamentos, etc. En esto se resume los tres objetivos del Convenio.

Sin embargo, para garantizar con mayor claridad eso de tener acceso a la biodiversidad donde esté, bajo el argumento de que es un bien de la humanidad y todos tenemos derecho a acceder a ella, en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible llevada a cabo en Johannesburgo, Sudáfrica, en 2002, se dieron a la tarea de elaborar una ley que les asegurara la “participación justa y equitativa en los beneficios”, de comercializar los genes de los seres vivos y poder patentarlos. Pero no solo a tener acceso a los genes sino a expoliar el Conocimiento Tradicional Indígena.

De esta manera, hasta el 2010 en la ciudad de Nagoya, Japón, se logró definir el llamado Protocolo de Nagoya sobre “Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se Deriven de su Utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica”.

 ¿EN QUÉ CONSISTE EL PROTOCOLO DE NAGOYA?

Es el robo institucionalizado de la fuente de la vida, del alma de la vida: sus genes. Pero también del conocimiento que los pueblos indígenas han adquirido sobre las plantas y sus usos medicinales a lo largo de miles de años. Así, en 38 artículos se les entregan a las empresas una de las últimas trincheras de la privatización, donde los gobiernos tienen que aceptarlos todos sin reparos en ningún articulado (Artículo 32).

El Objetivo del Protocolo es garantizar y legalizar la apropiación de material genético de las plantas y animales de todo el planeta por parte de las trasnacionales para su negocio y enriquecimiento. En términos elegantes se dice que es la ‘la participación justa y equitativa’ en los beneficios por utilizar los recursos genéticos, por medio del acceso a los recursos genéticos, de la transferencia de tecnologías, y de la financiación para reinvertirla con el fin de conservar la fuente del negocio: la biodiversidad. (Artículo 1)

EL CONVENIO Y EL PROTOCOLO POR ENCIMA DE TODO

Ningún gobierno puede firmar un acuerdo internacional que no apoye o que se oponga al Convenio o al Protocolo, o que “pueda causar graves daños a la diversidad biológica o ponerla en peligro” (Artículo 4). Sin embargo, no se estipulan los parámetros ya que las concesiones mineras como otros megaproyectos (extracción de petróleo, gas, madera, palma de aceite, fracking, represas, etc.) sí son causa de desaparición de esa diversidad biológica.

LOS BIENES COMUNES NATURALES SON DE TODOS, PERO UNOS LOS PRIVATIZAN

En el Protocolo, las corporaciones logran justificar que los bienes genéticos son comunes para convertirlos en mercancías con precio y dueño por unos pocos. Los indígenas son los “custodios”, pero las empresas los propietarios. De esta forma, se justifica que los “beneficios” de la utilización de los recursos genéticos, sus aplicaciones y comercialización se compartirá de “manera justa y equitativa”, “mutuamente acordada” con el País donde se extrajo el material genético, o con el País que lo haya adquirido. Así, cada País adoptará las “medidas legislativas, administrativas o de política”, para asegurar que el pago o beneficios que el gobierno obtenga por la venta del material genético de los territorios indígenas y sus conocimientos tradicionales, se les comparta de “manera justa y equitativa”, “sobre la base de condiciones mutuamente acordadas.” (Artículo 5) Sin embargo, sabemos las asimetrías que existen entre las grandes corporaciones y los gobiernos ricos y los gobiernos pobres donde muchas veces se encuentra el material genético o el conocimiento tradicional indígena; y las asimetrías entre gobiernos y empresas y los pueblos indígenas, como para hablar de “condiciones mutuamente acordadas”.

Los “beneficios” que ofrecerán las empresas pueden ser monetarios y no monetarios. En el Anexo del Protocolo se ponen algunos ejemplos que da idea del nivel del saqueo:

  • Entre los beneficios monetarios pueden incluirse, sin limitaciones: Tasas o cuotas por acceder o por muestra recolectada o adquirida de otros modos; pagos por adelantado, por etapas, por regalías; tasas de permisos para comercializar, aportes a fondos para la conservación, salarios, fondos para investigación, empresas conjuntas, propiedad conjunta de los derechos de propiedad intelectual “pertinentes”; entre otros. Pero habrá que observar que la variedad de “beneficios no monetarios” son muchos más variados y van también más en función de favorecer a las empresas.
  • Entre los beneficios no monetarios pueden incluirse, sin limitaciones: Intercambio de resultados de investigación y desarrollo; colaboración, cooperación y contribución en programas de investigación y desarrollo científicos, particularmente la investigación biotecnológica, de ser posible en la País que aporta los recursos genéticos; participación en desarrollo de productos; colaboración, cooperación y contribución a la formación y capacitación; admisión a las instalaciones ex situ de recursos genéticos y a bases de datos; transferencia, al proveedor de los recursos genéticos de conocimientos y de tecnología en términos justos y más favorables; fortalecimiento de las capacidades para transferencia de tecnología; creación de capacidad institucional; recursos humanos y materiales para fortalecer las capacidades para la administración y aplicación de la reglamentación en materia de acceso; capacitación relacionada con los recursos genéticos; acceso a la información científica, a los inventarios biológicos y estudios taxonómicos; aportes a la economía local; investigación dirigida a necesidades prioritarias como la seguridad de la salud humana y de los alimentos; relación institucional y profesional que puede dimanar de un acuerdo de acceso y participación en los beneficios y de las actividades subsiguientes de colaboración; beneficios de seguridad alimentaria y de los medios de vida; reconocimiento social; propiedad conjunta de los derechos de propiedad intelectual “pertinentes”.

GARANTÍA PARA APROPIARSE DE LOS GENES

Para las Corporaciones, el Gobierno es el interlocutor para dar el “consentimiento fundamentado” con el fin de que puedan llevarse (“acceder”) los recursos genéticos. Es una trampa insistir en “el ejercicio de los derechos soberanos sobre los recursos naturales, y sujeto a la legislación o los requisitos reglamentarios nacionales sobre acceso y participación en los beneficio”, cuando en otro articulado se aclara que ninguna ley podrá contradecir el Protocolo de Nagoya.

Para ello cada Gobierno tendrá que dar seguridad jurídica, legislativa, administrativa y de políticas necesarias para que las empresas puedan llevarse los materiales genéticos del país sin altercados o problemas. También establecerá “medidas apropiadas, eficaces y proporcionales” para los casos de incumplimiento que no garanticen el acceso y la participación en los beneficios a la corporaciones. (Artículo 6, 15, 18, 19).

A su vez, los Gobiernos tienen que garantizar a las corporaciones la obtención del “consentimiento fundamentado previo o la aprobación y participación de las comunidades indígenas y locales para el acceso a los recursos genéticos”, siempre y cuando “tengan el ‘derecho establecido’ a otorgar acceso a dichos recursos”. Por tanto, si no se fundamenta no darles acceso a las empresas, para el Protocolo esto no es válido. Y por si fuera poco, el “derecho establecido” a las comunidades indígenas sobre los bienes comunes genéticos, prácticamente ningún país lo ha establecido, ni podrá establecerlo contraviniendo el mismo Protocolo de Nagoya, por lo que a fuerza y necesariamente, pese a la retórica soberana que se pretende aparentar, ningún País puede prohibir a las empresas el acceso a los recursos genéticos estén donde estén. (Artículo 6)

EL ROBO DEL CONOCIMIENTO TRADICIONAL INDÍGENA

Los gobiernos garantizarán a las empresas que las comunidades indígenas, cuando han obtenido el derecho para otorgar el acceso a los recursos genéticos, den su consentimiento. Y que también puedan acceder a sus conocimientos tradicionales asociados a recursos genéticos. (Artículo 7)

Los Gobiernos deberá poner mecanismos para informarles a las empresas sobre las formas de acceder al conocimiento tradicional indígena. Les ayudarán a que las comunidades indígenas tengan protocolos comunitarios, requisitos y contratos para que puedan llevarse y privatizar sus conocimientos tradicionales. Se establece que los Gobiernos, “en la medida de lo posible”, no restringirán el uso e intercambio de plantas y conocimientos tradicionales entre comunidades indígenas, siempre y cuando no contravenga los objetivos del Convenio. (Artículo 12)

LOS GOBIERNOS DEBEN SUBSIDIAR EL ROBO DE LAS CORPORACIONES

Los Gobiernos deben “promover y alentar la investigación que contribuya a la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica”, incluyendo la investigación en biotecnología y comprar las patentes para tener acceso a la tecnología (Artículos 8 y 23 del Protocolo; 15, 16, 18 y 19 del Convenio). Suena bien, pero es con la finalidad de cumplir con este Protocolo hacia la privatización de los genes y del conocimiento tradicional indígena. De esta forma, como en muchos otros aspectos, los gobiernos invierten en investigación que luego las corporaciones se apropian. La inversión se insiste en tres áreas fundamentales: la salud humana, la agricultura y la alimentación.

LOS PUEBLOS INDÍGENAS SUBSIDIARÁN EL ROBO DE LAS CORPORACIONES 

Los gobiernos alentarán a los pueblos indígenas a que los beneficios que reciban los reinviertan en conservar la biodiversidad y no agotarla (Artículos 9 y 10), y así garantizar a las trasnacionales la fuente del negocio, para luego regresarlos en medicamentos caros y semillas transgénicas, además de prohibirles usar los genes patentados.

LAS INSTITUCIONES ORIENTARÁN SOBRE EL ROBO

Cada País designará un “punto focal” o institución o instituciones que se harán cargo de otorgar la información, asesoría y orientación a las corporaciones sobre el acceso a los recursos genéticos y a los conocimientos tradicionales indígenas sobre los recursos genéticos, y cómo obtener el consentimiento de las comunidades indígenas (Artículo 13). El problema, entre otros muchos, es que las comunidades indígenas no saben qué es el Protocolo de Nagoya, no saben de su contenido, ni de su operación. Y, mientras, la biopiratería sigue avanzando. ¿Cómo entonces darán su consentimiento informado?

EL INSTRUMENTO PARA CONCENTRAR LA INFORMACIÓN

Para el control Corporativo se crea el Centro de Intercambio de Información sobre Acceso y Participación en los Beneficios. Cada gobierno está obligado a informar además las medidas legislativas, administrativas y de política sobre acceso y participación en los beneficios que ha elaborado para facultar a las empresas la apropiación del material genético y los conocimientos tradicionales indígenas; quiénes son las instituciones que se encargarán de esto (Punto focal), los permisos emitidos sobre el acceso a los recursos genéticos; quiénes son las autoridades de las comunidades indígenas, el modelo de contrato y los códigos de conducta no obligatorios (Artículo 14). Además, los Países convencerán a otros para que se sumen a este Protocolo y entreguen la información que tienen al Centro. (Artículo 24)

LEYES A MODO PARA GARANTIZAR A LAS EMPRESAS EL MATERIAL GENÉTICO

Lo gobiernos garantizarán a las empresas el acceso a los recursos genéticos y el conocimiento tradicional indígena con medidas legislativas, administrativas o de política apropiadas, eficaces y proporcionales, para el cumplimiento de los objetivos del Convenio y sus mecanismos para solucionar los incumplimientos. (Artículos 15 y 16)

LA INTELIGENCIA GENÉTICA

Cada País deberá facilitar a las empresas el acceso y el consentimiento previo de las comunidades indígenas para que lo sustraigan con mayor seguridad, rapidez, por lo que es un subsidio del gobierno a las empresas. Deberán vigilar y aumentar la transparencia, ofrecer la información sobre los recursos genéticos; la recopilación de información en cualquier etapa de investigación, desarrollo, innovación, pre-comercialización o comercialización; ofrecer un certificado de cumplimiento reconocido internacionalmente que garantice que se ha extraído el material y el conocimiento genético en conformidad con las leyes, o consentimiento y condiciones mutuamente acordadas. (Artículo 17)

GARANTIZAR EL RECLAMO

Los Países miembros alentarán los mecanismos legales, mediación o de arbitraje para resolver los conflictos entre las empresas y gobiernos y pueblos indígenas; “la utilización de mecanismos respecto al reconocimiento mutuo y la aplicación de sentencias extranjeras y laudos arbitrales”. (Artículo 18). Cabe hacer notar que por lo general los pueblos indígenas no tienen acceso a la justicia en cuestiones básicas de derechos humanos, en los casos de violencia, despojo e impunidad, menos lo habrá para el acceso a la justicia en el tema de los recursos genéticos donde ni los jueces, ni el Ministerio Público, ni Fiscalías saben del tema, del Protocolo y otros instrumentos básicos de capacitación necesaria en la materia.

LOS CÓDIGOS DE CONDUCTA NO SON OBLIGATORIOS

Los Gobiernos “alentarán”, y de manera discrecional porque “según proceda”, “el desarrollo, la actualización y utilización de códigos de conducta voluntarios, directrices y prácticas óptimas y/o estándares en relación con el acceso y participación en los beneficios.” (Artículo 20) Los códigos de conducta empresariales nunca han sido eficaces.

CAMPAÑAS DE CONVENCIMIENTO

Cada País implementará medidas para convencer a la opinión pública sobre la importancia de los recursos genéticos y de los conocimientos tradicionales por medio de la promoción del Protocolo, reuniones con pueblos indígenas, difusión, información, códigos de conducta voluntarios, directrices y prácticas óptimas y/o estándares en consulta con las comunidades indígenas y locales y los interesados directos pertinentes; intercambio de experiencias, educación, capacitación, etc. (Artículo 21)

Los Gobiernos deberán realizar campañas para promover el discurso, la narrativa y el objetivo de este Protocolo, y que obviamente beneficiará a las corporaciones para legitimarles el robo del material genético y de los conocimientos tradicionales indígenas sobre el manejo de las plantas en la salud, la alimentación, etc. De manera muy elegante ese dice “para aumentar la concienciación acerca de la importancia de los recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados a recursos genéticos y de las cuestiones conexas de acceso y participación en los beneficios”.

MEJORAR LA CAPACIDAD PARA LA EXTRACCIÓN

Los Países mejorarán sus capacidades técnicas, tecnológica, científica. financieras (deuda), institucionales, legales, de investigación biotecnológica, de bioprospección (“biopiratería”), de cumplimiento del Protocolo, de actividades de acceso a los recursos genéticos, para facilitar a las empresas la extracción de los recursos genéticos y del conocimiento tradicional indígena. Ayudarán a otros Países con menos capacidades e incluir en esto a las comunidades indígenas y Ong’s, usando incluso todas las instituciones gubernamentales locales regionales y mundiales, poniendo también recursos financieros. (Artículo 22 y 23 y 25) Por todo lo anterior, el Protocolo de Nagoya es el robo corporativo más descarado sobre la última trinchera de la privatización: la fuente de la vida.

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Más información:

Las Instituciones Financieras Internacionales 

EL ESCARAMUJO 2: ULTIMA FASE DEL CAPITALISMO: EL MODELO CORPORACIÓN-NACIÓN -Parte I

Dictadura del Capital Nro1: El Modelo Corporación Nación 

Dictadura del Capital Nro3: La Economía Verde

EL ESCARAMUJO 85 EL GOBIERNO DE CANADÁ A LA CORTE FEDERAL

 Los «Escaramujos» son documentos de análisis producidos por Otros Mundos A.C. Les presentamos el último número de la colección, esperando les sirva para sus trabajos en defensa de los territorios. (Ver todos los números del Escaramujo)


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Por primera vez el Gobierno de Canadá es demandado. Hoy, 25 de Marzo de 2019, se lleva a cabo la Audiencia por la denuncia ante la Corte Federal de Canadá en Otawa por omisión y acción en un conflicto minero, en este caso relacionado con la criminalización y el asesinato de Mariano Abarca Roblero en Chiapas el 27 de Noviembre 2009, donde la empresa minera canadiense BlackFire se vio involucrada en el encarcelamiento del líder local de la Red Mexicana de Afectados por la Minería (REMA), en el hostigamiento, amenazas, intentos de chantaje, golpes y al final el asesinato, además de la corrupción comprobada por parte de la empresa minera a las autoridades municipales. En todo ello, el gobierno canadiense vía su embajada, sirvió para solapar, encubrir y apoyar a la empresa minera.

La Embajada de Canadá en México escuchó a Mariano el 22 de Julio de 2009, cuatro meses antes de su asesinato, frente a su sede diplomática en la Ciudad de México, y de viva voz, relatar las amenazas que había recibido de un grupo de choque de la empresa y alertarles sobre los demás daños que estaba generando las operaciones de la minera. La embajada canadiense tuvo toda la información del conflicto y lejos de actuar en consecuencia, hizo caso omiso del conflicto y las advertencias.

Mariano fue encarcelado con acusaciones falsas por parte del dueño de la empresa canadiense y por ocho días en prisión logró mantener su lucha y resistencia hasta que la presión internacional logró que el Gobierno de Chiapas lo liberara. Por ello, junto con la REMA, decidió interponer una denuncia contra la minera canadiense.

En México, la Familia Abarca, Otros Mundos AC y la REMA, han presentado una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en junio del 2017 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en contra del estado mexicano por no proteger la vida de Mariano Abarca y por la falta de procuración de justicia.

El 27 de Noviembre 2018 se presentó un Amparo para exigir la investigación exhaustiva en torno a los hechos del 27 de noviembre de 2009, ya que no se ha visto voluntad por parte de la Fiscalía de Chiapas de realizar las acciones necesarias con el fin de llevar a cabo una investigación adecuada. 

Se espera que este Juicio de Amparo obligue al Ministerio Público a investigar exhaustivamente los hechos y determinen las responsabilidades penales que correspondan.

Mientras el gobierno canadiense sigue negando tener alguna responsabilidad en los hechos, es conocido que las embajadas canadienses en otros países actúan a favor de las inversiones mineras, incluso en México han difundido en años atrás un manual sobre las maravillas de sus inversiones mineras en el país. Con esto, legitiman sus inversiones mineras e incluso impulsan políticas que beneficien a las inversiones mineras canadienses en Honduras, México y Colombia entre otros países donde influyen en las leyes mineras para beneficio de las empresas mineras canadienses.

El gobierno canadiense no cuenta con protocolos de actuación ni marcos jurídicos vinculantes que obliguen a actuar a sus funcionarios en el extranjero en la protección y vigilancia de los derechos humanos por parte de sus empresas. No en balde es uno de los países que se niega a avanzar en el Protocolo Vinculante sobre Empresas y Derechos Humanos que se negocia actualmente en la Organización de las Naciones Unidas.

El 16 de Mayo 2018, José Luis Abarca Montejo, hijo de Mariano Abarca, representando a la Familia Abarca Montejo y la Fundación Ambientalista Mariano Abarca (FAMA), la Red Mexicana de Afectados por la Minería (REMA), la organización Otros Mundos A.C. y el Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Chiapas (UNACH), acudieron a la Corte Federal de Canadá para exigir justicia después de recibir una respuesta decepcionante a la denuncia administrativa presentada ante el Comisionado por la Integridad de la Administración Pública de Canadá (CIAPC).

En dicha denuncia se exigió que se diera trámite a la investigación por la acciones y omisiones realizadas por el cuerpo diplomático canadiense en su embajada de la Ciudad de México, ya que había razones para indicar que presuntamente la Embajada de Canadá en México violó la política canadiense relacionada con sus industrias extractivas en el exterior, y con la identificación y la prestación de apoyo a los defensores de los derechos humanos, entre otras omisiones que pusieron en riesgo la vida de Mariano Abarca. Toda la información recopilada en 9 años fue entregada demostrando cómo la Embajada de Canadá en México actuó en contubernio con la empresa BlackFire Exploration, cómo intervino de forma directa en los asuntos de la política interna mexicana, cómo asesoró a la empresa minera inclusive sobre la forma de demandar al gobierno de México bajo los términos del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) frente a la clausura de su mina por violaciones ambientales.

Por su lado, el Comisionado canadiense declaró que cualquier acción u omisión no representan «políticas oficiales», y por ello los funcionarios públicos no son obligados a respetarlas ni a cumplir con las políticas que incluso difunden en sus medios electrónicos. Y por ello no era necesario investigar nada.

Los demandantes manifestaron que el rechazo del CIAPC “no es válido ya que este Comisionado no estudió todos los documentos, interpretó erróneamente algunos hechos; descartó evidencias y otras las tergiversó; aplicó un estándar demasiado restrictivo; no aseguró el debido proceso en torno a los documentos ni solicitó más evidencias ni entrevistas; y no realizó un análisis razonable en torno al peligro que generó para la vida de Mariano la incidencia a favor de Blackfire por parte de la embajada. Denunciamos que el CIAPC realizó un análisis no razonable por considerar que las políticas aplicables a las acciones y omisiones de la embajada no son vinculantes, ni siquiera las políticas. No tomó en consideración el interés público en realizar una investigación sobre este caso, considerando los temas muy serios que están en el fondo de la denuncia y que socava la confianza pública en la integridad del servicio público de Canadá al no estar dispuesta a investigarlos”.

La Embajada de Canadá en México defendió activamente los intereses de la BlackFire y, después del asesinato de Mariano, procuró públicamente minimizar la importancia del grado de conocimiento que tenía sobre el caso.

Por ello, los demandantes plantearon que la embajada estaba obligada a seguir el código de ética del gobierno canadiense, evitando adoptar una posición parcializada en favor de la compañía en las reuniones sostenidas con funcionarios públicos mexicanos, reuniones en las que abogó en favor de la empresa Blackfire y en contra de las protestas contra la mina. La conducta de los funcionarios de la embajada incrementó el peligro en que se encontraba Mariano Abarca y reveló un patente menosprecio por los valores éticos en el servicio público.

OTRAS DEMANDAS Y CASOS DE VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS

En el Informe «La Marca Canadiense’: La violencia y las compañías mineras canadienses en América Latina” se concluye que entre 2000 y 2015 alrededor de 28 empresas canadienses se vieron involucradas en incidentes de violencia y criminalización. Entre ellos 44 asesinatos ocurridos en once países, de los cuales 30 asesinatos son clasificados como “selectivos”; 403 personas heridas en trece países, de las cuales 363 lo fueron durante las protestas y confrontaciones contra las empresas canadiense; 709 casos de “criminalización” en doce países que incluyen órdenes de arresto, detenciones y presentación de cargos contra opositores.

El Informe también confirma que las corporaciones canadienses que cotizan en la Bolsa de Valores de Toronto no incluyen en sus reportes obligatorios públicos la violencia en el marco de su desempeño corporativo. Sin embargo, entre los años 2000 y 2015 las empresas que cotizan en la bolsa reportaron sólo 24% de las muertes y 12,3% de los heridos relacionados en este informe. Las empresas más grandes informaron sobre los incidentes de violencia de manera muy general, empleando términos ambiguos, mientras que las más pequeñas lo hicieron con mayor detalle. 

Por su lado, Grahame Russell, Director de Rights Action, confirma que “la gente se está muriendo a causa de nuestras mineras. Es hora de que las muertes se detengan.” Agrega que manifestantes opositores a las minas en Guatemala habrían sido golpeados, arrestados, secuestrados y fusilados. Que las mujeres de las comunidades aledañas a las minas han sido violadas.

Graham Russell agrega que “En un caso específico se vio la violación de 11 mujeres indígenas en Guatemala, cometidas por parte de la seguridad privada de la compañía Hudbay Minerals, el ejército y la policía guatemaltecos”. En 2007, guardias de seguridad privados, soldados y policías quemaron 100 casas, dispararon y golpearon a miembros de la comunidad Lote 8, y violaron a 11 mujeres, como parte de un desalojo ilegal y forzado en nombre de las compañías canadienses de Hudbay Minerals. Pero hay que informar más en profundidad, dice Grahame. Para Russell, en cada caso en que una minera canadiense operaba en Guatemala, se manifestaban la corrupción, represión, desalojos forzados, destrucción del medio ambiente, represión y violencia. “Es muy sistemático y es muy difícil de cambiar todo esto cuando estamos reconociendo un gobierno antidemocrático”.

Pero ahora y por primera vez en la historia, los pueblos indígenas están demandando a las empresas mineras canadienses a través de los tribunales canadienses, en lugar de confiar en el sistema de justicia local.

Todo empezó con la minera Hudbay Minerals en 2010, con sede en Toronto. Luego se dio el caso con la minera Tahoe Resources, con sede en Vancouver, que opera una mina de plata en Guatemala. El tercer caso es el de Nevsun en Eritrea. Son tres casos que se encuentran ante los tribunales canadienses que tratan de responsabilizar a las compañías canadienses en Canadá por las violaciones de los derechos humanos.

De perder el Juicio alguna de estas tres empresas mineras canadienses, tendrá implicaciones muy importantes. Esto ignificará que las operaciones de las mineras canadienses en muchos países de América Latina y África tendrán que ser realizadas manteniendo en el mismo estándar de derechos humanos que existe en Canadá, dice el Globe and Mail de Toronto.

Por todo ello, es urgente que el gobierno canadienses establezca políticas vinculantes ante tanta violación a los derecho humanos en que están involucradas sus empresas, ya que estas violaciones se repiten en Valle de Siria en Honduras; en San Marcos, Guatemala; en Argentina y Chile; en Oaxaca, Zacatecas y Guerrero en México, entre otras muchos casos.

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Más información:

Blog Justicia para Mariano Abarca

¡Firma la petición para exigir justicia para Mariano Abarca a la corte federal de Canadá!

El Escaramujo 84: LAS RAZONES DEL ÉXODO HONDUREÑO

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El éxodo masivo del pueblo hondureño que dio inicio en octubre de 2018 en busca de refugio, ha conmocionado al mundo entero por su forma y cantidad de miles de personas y familias que huyen a toda prisa cruzando fronteras. Muchas razones y causas son las que han originado esta estampida de personas que por algunos sectores ha sido caracterizado con racismo y xenofobia para  descalificarla. Sin embargo, la violencia, la pobreza, la impunidad en la que se vive desde hace años en este país explica las razones de fondo para huir de un gobierno tutelado por las fuerzas militares, los grandes intereses corporativos y el narcotráfico pero también por la injerencia de los Estados Unidos, los bancos y las familias más ricas del país que mantienen al pueblo hondureño en condiciones de miseria y violencia que ha llegado el punto en que, según el Informe Global de Homicidios de Naciones Unidas, en 2014 fue catalogado como el país más inseguro del mundo. Con un ingreso per capita que lo posiciona como el segundo más bajo del continente, con el índice más alto de desigualdad e inequidad y la mayor tasa de homicidios del mundo con cifras históricas desde 1998.

ANTECEDENTES DEL REFUGIO

Honduras se ha caracterizado desde el Siglo XX por sus gobiernos militares golpistas, por la corrupción, la violencia, la impunidad y los índices de mayor pobreza y miseria de toda la región. Desde la década de los 80’s fue un objetivo de intervención militar y estratégico para el gobierno de los Estados Unidos con el fin de contrarrestar los procesos revolucionarios centroamericanos con financiamiento de la CIA y formar fuerzas armadas contrarrevolucionarias.

A partir de 1998 Honduras inicia la vorágine de firma de Tratados de Libre Comercio, Tratados Bilaterales de Inversión, Acuerdos Comerciales Preferenciales o Acuerdos Parciales con 60 países hasta la fecha. Simultáneamente, el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial (BM) aplicaron medidas neoliberales obligando al país a reducir las barreras arancelarias, a privatizar empresas estatales en medio de un servicio deficiente y lleno de escándalos de corrupción como en el sector eléctrico, telefonía, salud, entre otros. También se impulsaron modificaciones legales para facilitar la llegada de inversiones extranjeras y de la oligarquía nacional, y por ello se aprobaron leyes para el fomento a la inversión como la Ley de Promoción y Protección de Inversiones, la Ley de Ordenamiento Estructural, la Ley de Promoción de la Alianza Público Privada, la Ley Nacional de Empleo por Horas, la Ley de Incentivo al Turismo o la Ley de Zonas de Empleo y Desarrollo Económico. Toda esta imposición de políticas neoliberales generó una agudización de la pobreza, de desempleo y pérdida de derechos laborales, de eliminación de subsidios, de la crisis del campo y de los sistemas de salud, educación y otros servicios públicos. Esta crisis económica del país, acompañada de la violencia del narcotráfico y las «maras» -cuyos integrantes jóvenes han sido excluidos del sistema y conforman históricamente parte de los fenómenos de migración-, empujó con mayor razón a una migración forzada y a un descontento social cuya respuesta fue la represión y la violación sistemática de los derechos humanos, tutelada por una estructura judicial débil, corrupta y vinculada los intereses del crimen organizado.

Las inversiones en megaproyectos extractivistas fortalecieron el acaparamiento de tierras disputando las tierras a los pueblos indígenas, campesinos y garífunas con violencia, despojo, asesinatos y expulsión de sus territorios y medios de vida. A principios de 2000, la preocupación por la criminalidad y la violencia desatada por las bandas de jóvenes era ya mayor. El tráfico de drogas destinadas a Estados Unidos se incrementó a partir de 2001. Por ello, la embajada estadounidense apoyó al gobierno de Honduras en el ámbito militar, con entrenamiento a sus policía y para reformar la estructura judicial y policíaca lo que agudizó el escenario de violencia.

El Foro Nacional para las Migraciones en Honduras en 2007, un año antes de la crisis del sistema capitalista caracterizado por la pobreza, el desempleo, la violencia estructural y el colapso de las economías, se aseguraba que alrededor de 100 mil personas habían abandonado el país, con un promedio de 11 personas por hora. En esa década se calculaban que más de 1.2 millones de hondureños habían huido de su territorio nacional de los cuales un millón 50 mil personas lo habían hecho a los Estados Unidos.

EL GOLPE CONTRA MANUEL ZELAYA DISPARA LA VIOLENCIA

En 2006 asume la Presidencia Manuel Zelaya. Se vinculó con la Venezuela de Hugo Chávez en convenios en materia de petróleo y sumó a su país a los gobiernos de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (ALBA). Esto fue una de las peores provocaciones para los Estados Unidos. Con un discurso progresista, pretendió un proceso constituyente como lo hicieran también otros miembros del ALBA lo que ocasionó la reacción de la cúpula empresarial, el ejército, de partidos políticos, de iglesias y del gobierno de los Estados Unidos, lo que terminó en un golpe de estado en 2009 con el secuestro de Zelaya por parte de los militares y su expulsión del país. Todo ello en el contexto de la crisis de capitalismo de 2008, año en que el gobierno de los Estados Unidos formula la Iniciativa Mérida (Plan Mérida o Plan México) como un tratado internacional de seguridad con México y los países centroamericanos para combatir el narcotráfico y el crimen organizado. Este es el tipo de políticas e intervenciones que siempre han agudizado la violencia.

Sin embargo, el repudio de la Organización de Estados Americanos (OEA) a este golpe no logró que se consumara el arribo a la presidencia de Porfirio Lobo quien inmediatamente dio inicio al reparto de créditos bancarios y concesiones para megaproyectos mineros, de represas, palma de aceite y la Ley de  Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE’s) llamadas también «Ciudades Modelo» o «Ciudades Charter», de hasta 33 km2 cada una durante 80 años con el fin de generar entes autónomos al Estado, con territorios seguros a las empresas privadas extranjeras, bajo sus propias leyes, régimen fiscal, tribunales y policía. Estas «Ciudades Modelo» impulsadas por el Banco Mundial, son la equivalencia en México a las Zonas Económicas Especiales (ZEE’s) y es una modalidad de las existentes en otras regiones de Asia.

Tal acaparamiento de tierras provocó muchas movilizaciones de diversos sectores, pero también la reacción del estado que desata contra todo descontento social una mayor crueldad. Las violaciones a los derechos humanos se multiplicaron con secuestros, represión, feminicidios, despojo de pobladores de sus viviendas y territorios, amenazas, asesinatos, persecuciones a diversos sectores entre ellos a periodistas, estudiantes universitarios; organizaciones campesinas, indígenas y negras; transexuales, homosexuales, defensoras del medio ambiente y organizaciones de derechos humanos.

Después del golpe se calculaba que cada hora era asesinada una persona. Entre 2000 y 2011 murieron de forma violenta 46,450 personas, y de 2010 al 2013 más de 20 mil 500 personas. En estos primeros años después del golpe fueron asesinadas 561,3 personas al mes, entre ellos más de 20 periodistas, más de 10 abogados, más de 120 ambientalistas y cinco que contaban con medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) entre 2010 y 2015. Así, Honduras se hunde en  la violencia, la impunidad, la corrupción y es catalogado como uno de los países más peligrosos del mundo con la mayor tasa de homicidios.

En la región del Bajo Aguán donde habitan alrededor de 300 mil personas indígenas, campesinas y garífunas, tres grandes terratenientes disputan sus territorios con tanta violencia que entre el 2008 y el 2013 cobraron la vida de alrededor de cien personas. En esa misma región se registran actos de violencia y represión contra las resistencias a los proyectos mineros en Tocoa. Por su lado, la familia Facussé, una de las más ricas del país, con casi 20 mil hectáreas de palma de aceite, recibió cuantiosos créditos gubernamentales para ampliar sus plantaciones a costa de represión, asesinatos y despojo de tierras. Es señalado por contratar sicarios para despojar a campesinos de sus territorios por lo que van alrededor de 150 personas asesinadas desde el 2010. Por su lado, en 2015 el Banco Continental de la familia Rosenthal, otra de las más ricas del país, es intervenido por el gobierno hondureño por presión de los Estados Unidos por el presunto lavado de dinero y narcotráfico. En contraparte, los Rosenthal demandan al gobierno de Honduras 1,000 millones de dólares por daños y perjuicios.

En el caso de la familia Atala Zablah, otra de las más ricas del país y de Centroamérica, uno de sus miembros fue representante del gobierno hondureño en el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) luego del golpe, y que posteriormente otorgó créditos al banco FICOHSA de la misma familia Atala que ascendió a 100 millones de dólares. También recibió 15 millones de dólares del holandés Entrepreneurial Development Bank (FMO), 5 millones del Finnish Fund for Industrial Cooperation Ltd. (FINNFUND) y los 24 millones de dólares del BCIE. Todo ello para construir la represa hidroeléctrica Agua Zarca de la empresa DESA de la familia Atala contra la que Berta Cáceres y el Concejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH) luchaban para evitar el despojo de sus territorios. Empresa que luego de otros asesinatos, intimidaciones, amenazas y represión contra las comunidades con el apoyo de la policía y el ejército, mandó a ejecutarla el 2 de marzo de 2016. Los bancos, sabiendo todo ello, no retiraron su financiamiento sino hasta julio de 2017 gracias a la presión internacional y del propio COPINH.

En 2014 el gobierno de los Estados Unidos crea la Alianza Estratégica para la Prosperidad del Triángulo Norte de la América Central con el fin de afianzar su hegemonía en Guatemala, El Salvador y Honduras, y hacer frente a la presencia de China y otros sectores económicos con fuertes intereses en la región. Otra estrategia fundamental fue potenciar las inversiones norteamericanas, bajar las tasas de inseguridad social y para las inversiones, mejorar el acceso a la justicia y con todo ello pretender disminuir la migración hacia los Estados Unidos. Entre 2015 y 2018 Washington comprometió USD$2.600 millones, pero los tres países de manera conjunta aportaron a la estrategia norteamericana USD$8.600 millones. Se acusa que la mayoría de estos fondos fueron destinados a las fuerzas de seguridad, a las empresas privadas y a la corrupción gubernamental. Estos son parte de los recursos que el presidente Donald Trump amenaza con retirar si los países de la región no detienen el éxodo hondureño hacia su país al que se han sumado guatemaltecos y salvadoreños.

Se calculó que entre 2010 y 2014, cada año 75 mil hondureños, que representan un promedio de 8 personas cada hora, huyen de la violencia buscando refugio allende sus fronteras. Se registraba que las remesas de los migrantes al país equivalían a 2,600 millones de dólares al año captando más divisas que la exportación, el turismo o la industria de la maquiladora. Hoy se calcula que las remesas equivalen al 20% del Producto Interno Bruto (PIB). En 2015, la Comisión Económica para América Latina y el El Caribe (CEPAL) colocó a Honduras como el país más pobre del Continente, cuya deuda había aumentado USD$2,000 millones de enero de 2014 a abril de 2017 y que equivalía al 42.4% de su PIB.

No sólo los intereses estratégicos de Estados Unidos sobre Honduras han incidido negativamente, sino de la misma Unión Europea que quiso salvar al país destinando en el año 2013 de su fondo EuroJusticia millones de euros para combatir la impunidad, la corrupción y los crímenes violentos; garantizar el acceso de la población a un sistema de justicia eficiente, eficaz, transparente y confiable. Pero tampoco lo logró. Se disparó la corrupción, la violencia y la impunidad. Por su lado, la empresa alemana Voith Hydro/Siemens también invertía en el proyecto hidroeléctrico Agua Zarca pese a la violencia que desataba el proyecto contra las comunidades indígenas. Bancos y empresas siguieron haciendo negocios ignorando las violaciones a los derechos humanos. La empresa austriaca Geppert Hydropower invierte en el proyecto hidroeléctrico «Los Planes» en Atlántida donde se registró inmediatamente un aumento de la militarización, amenazas de muerte, desalojos violentos y ejecuciones contra la población. Por su lado el Banco de Cooperación al Desarrollo Austriaco está involucrado en proyectos de energía “Valle Solar” en la costa pacífica en conflicto con los pobladores. La empresa de aeropuertos de Munich FGM (asociada del estado de Babiera, Alemania, y del gobierno de la ciudad de Munich), participan en la construcción del aeropuerto internacional de Palmerola donde se encuentra la base militar de Estados Unidos.

En 2014 asume la presidencia Juan Orlando Hernández y en el 2015 estalla el caso de corrupción del Instituto Hondureño de Seguridad Social que vinculó en el desfalco a Rosa Elena Bonilla, esposa del ex Presidente Porfirio Lobo y a otros diputados, lo que provocó fuertes movilizaciones y huelgas exigiendo justicia y la renuncia del Presidente Juan Orlando Hernández. Este caso, con todos los antecedentes, generó la creación de la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH) en enero de 2016, dos meses antes del asesinato de Berta Cáceres, convirtiéndose en la primera Misión de la OEA para el combate a la corrupción y la impunidad en un Estado miembro. Sin embargo, aún así los movimientos sociales no ven avances en la lucha contra la impunidad ni contra la corrupción.

(…)

También pueden leer el artículo «Las razones del éxodo hondureño» en la página web de Rosa Luxemburg Stiftung

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Este artículo fue publicado originalmente en el informe «Política pública y derecho fundamental al agua en América Latina y el Caribe» por Amigos de la Tierra América Latina y el Caribe (ATALC) del 10 de diciembre 2018 en que se expone la situación de 14 países de la región, gracias al apoyo de Fastenopfer.

Resumen Ejecutivo:

En México, 9 millones de habitantes no tienen acceso al servicio de agua entubada y en muy pocos lugares de la República el agua de la llave es potable (Comisión Nacional del Agua, CONAGUA, 2016). El acceso a un agua de calidad es casi imposible tanto para las personas conectadas a los servicios de abastecimiento municipales que carecen de infraestructura de saneamiento, como para las personas y comunidades que disponen de sus propias redes o de pozos comunitarios, cuyas fuentes de agua están contaminadas en su gran mayoría con patógenos por la falta de drenaje o en muchos casos con sustancias tóxicas vertidas por la industria extractiva. Es tan alta la presencia de agentes infecciosos en el agua que se consume en el país, que las enfermedades gastrointestinales representan la quinta causa de muerte infantil en menores de 5 años.

La razón es simple: la prioridad del Estado mexicano es garantizar el acceso al agua para las actividades industriales, más no para el consumo humano y el uso doméstico. La industria minera tiene el derecho de extraer casi 437 millones de metros cúbicos de agua en un año, una cantidad suficiente para cubrir las necesidades humanas de toda la población de los estados de Baja California Sur, Colima, Campeche y Nayarit en el mismo periodo (Cartocrítica, 2016). Una sola planta de Coca-Cola puede usar 500 millones de litros de agua al año para producir refrescos y agua embotellada, lo que le permite vender su producto hasta un 30% más barato en comparación con la media nacional, como es el caso en San Cristóbal de las Casas, Chiapas. Lejos de querer combatir este desequilibrio, el Estado busca otorgar aún más agua a la industria extractiva a través de iniciativas legislativas y decretos que pretenden facilitar la adquisición de concesiones de agua a perpetuidad para las empresas.

Desde la sociedad civil, actualmente se promueve una Propuesta de Ley Ciudadana que ha sido elaborada en el 2012. Esta ley busca garantizar «el derecho de todos los seres humanos y el derecho colectivo de los pueblos indígenas y comunidades» a contar con agua, instalaciones sanitarias y servicios de saneamiento, de forma «suficiente, segura, aceptable culturalmente, accesible físicamente y asequible económicamente» (en su título primero), priorizando el uso del agua para el consumo personal y doméstico en lugar de un uso industrial. Además, esta propuesta prevé prohibir el uso de aguas nacionales tanto para la facturación hidráulica (o fracking en inglés) como la minería tóxica a cielo abierto (en su título tercero-capítulo IV-sección VII) (Iniciativa Ciudadana de Ley General de Aguas, 2014).

Debido a la falta de voluntad política, del gobierno mexicano, de velar por los derechos de la población antes de los intereses de las empresas, la Propuesta Ciudadana aún no se ha convertido en iniciativa de ley. Al contrario, el gobierno ha multiplicado los intentos para flexibilizar la ley a beneficio de la industria extractiva. Precisamente, en noviembre 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el borrador de una nueva Ley General de Aguas (LGA), conocido como «Borrador Pichardo». No obstante, la sociedad civil mexicana se movilizó para que el poder legislativo renunciara a convertirlo en una iniciativa de Ley, puesto que consideró que violaba el derecho humano al agua y los derechos colectivos de los pueblos, facilitando la entrega de concesiones a la industria extractiva. Gracias a una gran campaña nacional en medios y redes sociales, hasta ahora se logró evitar que el texto llegara a ser debatido en el Congreso Federal.

Sin embargo, para salir del impasse legislativo del «Borrador Pichardo», el 5 de junio 2018, el expresidente de la República, Enrique Peña Nieto firmó diez decretos que levantaron vedas a 99 cuencas hidrológicas del país. Estos decretos ponen gran parte de las aguas nacionales a disposición de la industria extractiva con la posibilidad de ser concesionadas, desatando nuevamente una gran movilización mediática contra la actual gestión privatizadora del agua en México.

La Ley Korenfeld, precedente de La Ley Pichardo: Legalizando el despojo

Hace más de seis años, el 8 de febrero 2012, bajo el sexenio de Felipe Calderón, se incorporó el derecho al agua al Artículo 4 de la Constitución mexicana: «Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso, uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines» (Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, 2017). El Congreso de la Unión tenía 360 días, a partir de esta reforma constitucional, para emitir una LGA capaz de garantizar este derecho fundamental que reemplazaría la Ley de Aguas Nacionales (LAN) actual. Hasta septiembre de 2018 no se ha aprobado esta ley.

En 2015, el gobierno de turno emitió una primera iniciativa de LGA, redactada por el titular de la Comisión Nacional del Agua -CONAGUA- de aquel entonces, David Korenfeld, la cual pretendía cumplir con la obligación que implicaba la reforma constitucional. Esta propuesta se promovió después de la adopción de la Reforma Energética que puso fin a la nacionalización del petróleo e impulsó la extracción de hidrocarburos convencionales y no convencionales, en particular mediante la fracturación hidráulica. Dicha técnica, usada para explotar pozos de gas lutita o de petróleo, requiere entre 9 y 29 millones de litros de agua por pozo, y más de 750 sustancias tóxicas (Informe Coalición Mexicana en Defensa del Agua -COMDA-, 2017: 55).

Entre otras medidas, la llamada «Ley Korenfeld» garantizaba solo 50 litros diarios por persona para uso doméstico (en su artículo 49), mientras la Organización mundial de la salud (OMS) define el mínimo vital diario por persona de agua entre 50 y 100 litros diarios; autorizaba a la industria minera extraer agua sin tener que comprar concesiones de aguas nacionales fuera de sus concesiones mineras (en su artículo 191); permitía la presencia de sustancias potencialmente dañinas para la salud y el medio ambiente en las aguas residuales, con el solo hecho de incluir «parámetros adicionales a las condiciones particulares de descarga»  y notificar «medidas para reducir su emisión y niveles de exposición o eliminar su disposición al ambiente» cuando se «demuestre» el daño (en su artículo 214).

Ante este primer intento de ampliar el derecho de la industria extractiva para despojar y contaminar las aguas nacionales, la coalición «Agua para Todos, Agua para  la Vida», que reúne a más de 400 organizaciones e investigadores de todo el país, lanzó la campaña «Aguas con la Ley de Aguas». A través de esta campaña, se logró sensibilizar a la población sobre los riesgos de la «Ley Korenfeld», suscitando una amplia oposición en la sociedad civil, y generando la suficiente presión para que el Congreso de la Nación abandonara la iniciativa.

Sin embargo, en noviembre del 2017, el diputado José Ignacio Pichardo Lechuga, presidente de la Comisión de Agua Potable y Saneamiento de la Cámara de Diputados, elaboró el borrador de una nueva iniciativa de LGA, justo unas semanas antes de la entrada en vigor de la muy controvertida Ley de Seguridad Interior (LSI), la cual otorgó al ejército mexicano el derecho de intervenir en cualquier situación susceptible de representar un «riesgo» o una «amenaza» a la seguridad interior del país, sin definir claramente estos conceptos. La sociedad civil mexicana denunció que la LSI servía para callar las protestas sociales contra la entrada de la iniciativa de «Ley Pichardo» en la agenda legislativa.

2. Profundizando la desigualdad: El borrador Pichardo

El llamado «Borrador Pichardo» profundizaba la desigualdad entre población y sector privado en materia de acceso al agua, al poner el Estado al servicio de las empresas. Este texto preveía que las concesiones de aguas nacionales fueran renovables de forma ilimitada, heredables (en sus artículos 53 y 62) y que se pudieran vender (en sus artículos 54 y 60) o rentar los volúmenes concesionados (en su artículo 64). La actual LAN es mucho más «prudente» en este sentido, ya que permite una sola prórroga de la concesión por el mismo tiempo por el que fue entregada la primera vez.

En la iniciativa, el uso industrial de las aguas nacionales incluía «la extracción de cualquier tipo de sustancia», abriendo la puerta al fracking  (en su artículo 4LX); se podía concesionar trasvases junto con las aguas trasvasadas (en su artículo 77); la Secretaría de Energía podía otorgar concesiones de aguas nacionales para proyectos de geotermia (en su artículo 164); al igual que la «Ley Korenfeld», permitía a la industria minera extraer agua sin tener que comprar concesiones de aguas nacionales fuera de sus concesiones mineras (en su artículo 160); autorizaba la incorporación de sustancias contaminantes en los cuerpos de agua previendo solo que la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) determine su capacidad límite de «asimilación» (en su artículo 189); autorizaba descargas de aguas residuales al mar (en su artículo 188) y reducía el derecho al saneamiento y al tratamiento de los excrementos humanos más no de las sustancias tóxicas usadas por la industria (en su artículo 4 XLVIII).

De esta forma, el gobierno omite cumplir la obligación de asegurar agua de calidad a su población, mientras la diabetes es la primera causa de muerte de mujeres y segunda de hombres en México por la alta ingesta de refrescos embotellados, venenosos substitutos al agua potable (Rojas et al., 2015). Además, el agua a la que se tiene acceso no solamente contiene patógenos como la Salmonella, Shigella o Escherichia , que provocan enfermedades gastrointestinales, a causa de la falta de saneamiento, sino también metales pesados en los territorios afectados por la minería. Por ejemplo, el agua que consumen los habitantes del ejido Carrizalillo, en el estado de Guerrero, contiene altas dosis de arsénico (As) y metales pesados a causa de la explotación de la mina de oro (Au) a cielo abierto «Los Filos» por la empresa canadiense Goldcorp, vendida recientemente a su compatriota Leagold  (Milenio, 2018). Esta toxicidad provoca enfermedades respiratorias, nauseas, diarreas e irritaciones (El Universal, 2018).

Con la «Ley Pichardo», el gobierno anterior renunciaba a combatir la impunidad corporativa que existe en México en materia de contaminación de aguas nacionales. Esta impunidad se visibilizó en el caso de la mina Buenavista del Cobre del Grupo México, la cual a pesar de haber causado un derrame de 40 mil metros cúbicos de solución de sulfato de cobre (CuSO4), amplió sus actividades en los ríos Bacanuchi y Sonora, en el norte del país, en agosto del 2014. Hasta la fecha, ni la empresa, ni el gobierno han adoptado las medidas de reparación adecuadas para garantizar el derecho humano al agua de las comunidades afectadas por el derrame, que según la Unidad de Vigilancia Epidemiológica y Ambiental de Sonora (UVEAS), seguían presentando signos de desechos tóxicos en sangre y orina en julio de 2017 (Informe Coalición Mexicana en Defensa del Agua (COMDA), 2017: 83).

Al «Borrador Pichardo», se suman varios instrumentos no vinculantes y permisivos que ya existen en México en materia de regulación del fracking. Según el Informe sobre violaciones a los derechos humanos al agua potable y al saneamiento en México, realizado en mayo de 2017, por organizaciones de la sociedad civil: «Ni la Guía de criterios ambientales para la exploración y extracción de hidrocarburos contenidos en lutitas (que no es obligatoria), publicada en marzo de 2015 por la Dirección General de Energía y Actividades Extractivas de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), ni las disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente para realizar las actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales en tierra, expedidas el 16 de marzo de 2017 por la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), órgano desconcentrado de la SEMARNAT, garantizan la protección del derecho humano al agua potable, ni de otros derechos humanos y el ambiente” (Informe Coalición Mexicana en Defensa del Agua -COMDA-, 2017: 58).

3. Diez decretos para superar el fracaso del borrador Pichardo y facilitar la entrega de concesiones

Gracias a la campaña de la sociedad civil mexicana organizada en varias coaliciones como la coalición nacional «Agua para todos, Agua para la vida» y la Coalición de Organizaciones Mexicanas por el Derecho al Agua -COMDA-, el texto del diputado Pichardo no ha superado el estatus de borrador. Pero, el 5 de junio 2018, a pocos meses de terminar su sexenio, el expresidente Enrique Peña Nieto decidió optar por la fuerza del poder ejecutivo para salir del impasse legislativo. Liberándose de las modalidades del proceso democrático, el presidente firmó ese día diez decretos que levantan vedas (instrumentos legales previstos por la actual LAN que prohíben la sobreexplotación de cuerpos de agua) en 99 cuencas hidrológicas del país. A cambio, se contenta con crear “reservas de aguas superficiales” parciales o totales, dependiendo de los casos, en 194 cuencas, para los usos doméstico, público urbano y ambiental. La decisión es promovida como una gran medida de protección al medio ambiente y de la seguridad hídrica para las comunidades en un contexto de cambio climático y de crecimiento de la población. Sin embargo, estos decretos en realidad reservan solo un poco más del 30% de las aguas de las cuencas mencionadas para el uso ambiental y menos del 1% para los usos doméstico y público urbano, dejando casi el 70% restante en un estatus de aguas liberadas, que cualquier particular o empresa extractiva puede concesionar (COMDA, 26 de junio 2018).

Estos decretos forman parte de un Programa de Reservas de agua elaborado por la CONAGUA, la fundación World Wildlife Fund (WWF) y la Fundación Gonzalo Río Arronte (FGRA) con el financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). La WWF es conocida por su promoción de proyectos de economía verde como los programas de Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación de los Bosques (REDD+) en varios países. En México, WWF tiene una alianza con la Fundación Carlos Slim, siendo Carlos Slim el dueño de la empresa minera Frisco (WWF, 2016). En cuanto al BID, es ampliamente conocido que apoya el modelo extractivo minero, ya que en marzo de 2018 organizó en Canadá un evento para promover «la responsabilidad social de las mineras en Latinoamérica». Estos elementos permiten inferir que los programas de reserva de aguas están orientados para beneficiar el modelo extractivo.

Además, la publicación de estos textos no fue producto de un proceso de consulta adecuado. Recordemos que en México, la gran parte de la población es indígena, en consecuencia, estos textos contravienen al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales que prevé su derecho a la consulta y el consentimiento previo, libre e informado. Como si fuera poco, los decretos representan una grave amenaza para las concesiones de agua de los pueblos y núcleos agrarios que manejan sus propios sistemas de agua bajo usos y costumbres, y quienes por falta de información y consulta no hayan renovado sus títulos de concesión antes del 6 de junio 2018. En efecto, todos los decretos estipulan que «las concesiones o asignaciones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto serán reconocidas siempre que el título esté vigente y no se haya incurrido en causas de suspensión, revocación o extinción».

4. Lecciones desde las propuestas ciudadanas, populares y comunitarias en México: «Agua para todos, Agua para la vida»

Para hacer cumplir con el derecho del acceso al agua y saneamiento, no basta con reservar el 1% del agua de las cuencas hidrológicas del país al uso doméstico y público urbano. En particular, cuando las reservas de agua para uso doméstico se pueden entregar en forma de concesiones a particulares, quienes en virtud de la Ley Nacional de Aguas (LAN) del 1992 podrán a su vez vender sus derechos a empresas u otros particulares, cambiando su uso. Además, faltan herramientas para garantizar la calidad y accesibilidad de dichas reservas, ya que el agua es única, y ser reservada no implica que será protegida de la explotación y contaminación industrial que se incrementará tras la liberación de las vedas prevista en los decretos.

Para contrarrestar las propuestas del gobierno mexicano que facilitan la concentración de las aguas nacionales en pocas manos, desde el 2012, la coalición Agua Para Todos trabaja en la redacción de una propuesta ciudadana de LGA. El texto busca acabar con el privilegio de la industria extractiva por encima de la población en materia de acceso al vital líquido, y así poder garantizar el derecho al agua y saneamiento. Ante la ofensiva del gobierno mexicano, atrapado por las exigencias de las empresas extractivas e indiferente ante los graves problemas de salud que sufre la población por falta de agua salubre y potable, una de sus principales recomendaciones consiste en prohibir el uso de las aguas nacionales para el fracking y la minería tóxica. Esta prohibición no solo aparece en la propuesta ciudadana de LGA de la coalición nacional «Agua para todos, Agua para la vida», sino también en una propuesta de Ley General para la Prohibición de la Fractura Hidráulica impulsada desde el año 2013 por la Alianza Mexicana contra el Fracking.

Según las previsiones de la CONAGUA, el volumen de agua dulce renovable a nivel nacional habrá pasado para 2030 de 3.693 metros cúbicos por persona por año a 3.250 metros cúbicos por persona por año (CONAGUA, 2016). Por ello urge que el Estado mexicano priorice el acceso al agua de calidad para consumo personal y doméstico, y no para la industria extractiva, de esta manera se impide la contaminación de las aguas nacionales y la extracción de cantidades que no permiten su renovación. Adicionalmente, se considera que incluso el mínimo vital de 100 litros de agua al día por persona, sugerido por la OMS, es muy cuestionable. En este sentido, no se debería limitar a dicha cantidad, sino que debe ser diferenciado en función del clima y los ecosistemas de cada región de México, donde las tierras secas ocupan aproximadamente 101.5 millones de hectáreas, poco más de la mitad del territorio. Las instituciones públicas (el gobierno federal los gobiernos estatales y municipales, la SEMARNAT y la CONAGUA) deben cumplir con su obligación de garantizar el derecho de la población al acceso al agua y al saneamiento.

Como lo propone la Propuesta Ciudadana de LGA, las instituciones públicas deben tener la obligación de permitir la participación de la ciudadanía en la administración de las aguas nacionales. Muchos comités de agua, entidades de gestión del agua a nivel local, ya existen en el país, tanto en comunidades rurales como urbanas, donde realizan un trabajo indispensable no solo para garantizar la distribución del bien común natural hídrico, sino también para su cuidado. Precisamente, en el informe Conflictos por el agua y alternativas en los territorios indígenas de México publicado en el 2015, se afirma: «Los criterios detrás de la funcionalidad de los comités incluyen no sólo destrezas técnicas, operativas y administrativas de sus miembros, sino la actitud de servicio comunitario; la participación en los comités entabla, tácitamente, un pacto ético entre los miembros nombrados y los pobladores, que fundamenta a los representantes electos en tanto que procuradores del bien común. Los modos de actuación de los comités están configurados sobre un grupo de correlaciones: el agua y la tierra: el manantial; el bienestar colectivo y los bienes comunes: la territorialidad; la representatividad y la legitimidad: la autonomía.» (Martínez, Murillo y Paré, 2016: 259)

De aquí la importancia de que los derechos de estos comités sigan siendo reconocidos ante la ola privatizadora que amenaza el país, y que puedan seguir haciendo su trabajo conforme a sus acuerdos comunitarios, usos y costumbres. La Propuesta Ciudadana propone fortalecer el control de la población sobre la gestión de las instituciones públicas a través de organismos sociales tales como una «Contraloría Social del Agua». Además, prevé que la población pueda decidir la gestión adecuada del agua, a través de espacios ciudadanos como un Consejo Nacional de Cuencas, consejos de cuenca, comisiones de sub-cuenca y comités de microcuenca, habilitados para emitir resoluciones que deberán respetar las instituciones públicas.

La Sociedad Civil le apuesta a sistemas más colectivos y descentralizados de gestión del agua. Exige una política pública del agua en la que participe la ciudadanía y se tomen en cuenta las particularidades y necesidades de cada grupo poblacional (las características geográficas y climáticas de su territorio, sus usos y costumbres, sus valores, su cosmovisión, su lengua, su cultura, etc.). Estamos conscientes de que muchos pueblos y comunidades gestionan el agua de forma familiar o comunitaria, en particular en las zonas rurales y en comunidades indígenas que reivindican su derecho colectivo a la autogestión, la autodeterminación y la autonomía. Sin embargo, esta gestión se complejiza en el contexto del Estado mexicano, ya que en lugar de garantizar el acceso, la distribución y abastecimiento de un agua de calidad, privilegia a la industria, permitiendo la contaminación y sobreexplotación de las fuentes de agua a mano de las empresas extractivas. Por ello, urge una herramienta eficaz para garantizar la calidad, así como el uso sustentable y equitativo de las cuencas hidrológicas, es decir para asegurar que las empresas no tengan el derecho de sobreexplotar y contaminar nuestros ríos, los cuales queremos libres y protegidos del avance del modelo extractivista y de despojo en los territorios.

BIBLIOGRAFÍA

– Cartocrítica, (2016). Concesiones de agua para las mineras. México, 2016. Disponible en: http://www.cartocritica.org.mx/2016/concesiones-de-agua-para-las-mineras/. Consultado el 05/02/2018.

– Coalición de Organizaciones Mexicanas por el Derecho al Agua –COMDA-, (2017). Informe sobre Violaciones a los Derechos Humanos al Agua Potable y Saneamiento en México. México. Disponible en: http://www.comda.org.mx/wp-content/uploads/2017/05/INFORMEDHAyS-para-paginas.pdf. Consultado el 02 /02/2018.

– Coalición de Organizaciones Mexicanas por el Derecho al Agua -COMDA- (2018). «El agua sí está en peligro: los decretos dejan sin protección casi 70% del agua disponible en esas cuencas». México, 2018. Disponible en: http://www.comda.org.mx/el-agua-si-esta-en-peligro-los-decretos-dejan-sin-proteccion-casi-70-del-aguadisponible-en-esas-cuencas/.Consultado el 03/02/2018.

– Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos. Título Primero Capítulo I. De los Derechos Humanos y sus Garantías. Artículo 4.
Comisión Nacional del Agua -CONAGUA- (2016). Numeragua México 2016. 2016. (Pág.51). México. Disponible en: http://201.116.60.25/publicaciones/Numeragua_2016.pdf. Consultado el 03/03/2018.

– El Universal (2018). Carrizalillo, las dos caras de la minería. México, 2018. Disponible en: archivo.eluniversal.com.mx/estados/2014/impreso/carrizalillo-las-dos-caras-de-la-mineria-94395.html. Consultado el 06/02/2018.

– Fondo Mundial para la Naturaleza -WWF- México (2016). Informe de socios corporativos, México, 2016. Disponible en: d2ouvy59p0dg6k.cloudfront.net/downloads/wwf_mexico_socios_corporativos_2016.pdf. Consultado el 06/02/2018.

– Iniciativa Ciudadana de Ley General de Aguas. México. Disponible en: http://aguaparatodos.org.mx/la-iniciativa-ciudadana-de-ley-general-de-aguas
Martínez, José; Murillo, Daniel y Paré, Luisa (Coords.) (2017). «Conflictos por el agua y alternativas en los territorios indígenas de México». Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, México, 2017. Disponible en: https://drive.google.com/file/d/0B45UaoY4FoDLTjUyZG4tcVVzakVIajhPbVZjVExiVk-JsbUl3/view. Consultado el 03/03/2018.

– Milenio, (2018). Goldcorp vende mina de oro en México por 438 mdd. México. 2018. Disponible en: www.milenio.com/negocios/golcorp-mina_de_oro-venta-los_filos-leagold_0_883711739.html. Consultado el 06/02/2018.

– Rojas, María; Jiménez, Aída; Franco, Aurora y Aguilar, Carlos (2015) «Epidemiología de la diabetes mellitus en México». En Aguilar, Carlos: Hernández, Sergio; Hernández, Mauricio y Hernández, Juan (eds) (2015). Acciones para enfrentar a la diabetes. Documento de postura. Academia Nacional de Medicina de México.

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El Escaramujo 82: ¿QUÉ ES EL ACUERDO DE ESCAZÚ? (Parte II)

Los «Escaramujos» son documentos de análisis producidos por Otros Mundos A.C. Les presentamos el último número de la colección, esperando les sirva para sus trabajos en defensa de los territorios. (Ver todos los números del Escaramujo)

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Este Acuerdo se asienta sobre una realidad social, política, económica y de gobernanza regional devastada. América Latina y el Caribe se encuentra ya a unos niveles ambientales y sociales muy críticos. La corrupción y el poder de las trasnacionales han asaltado las estructuras de un estado que pretende ahora ser transparentes. La flexibilización de todas las normatividades ambientales han sido y siguen siendo más profundas, impulsadas por la banca multilateral y los Tratados de Libre Comercio, violando los derechos humanos y de la naturaleza. El extractivismo voraz se ha agudizado y con ello la criminalización, la difamación y el desprestigio por parte de las empresas y gobiernos contra de las defensoras y defensoras ambientales que terminan asesinados en muchos países de la región que se niegan a hacer vinculante el rechazo de los afectados directos por megaproyectos.

Entre el 2016 y lo que va del 2018, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha emitido un total de 172 resoluciones de medidas cautelares a 23 Países de la región para que sus gobiernos protejan a personas, colectivos y comunidades amenazadas, sin embargo han sido los años de mayores índices de violencia contra defensoras y defensores de los derechos humanos y del medio ambiente a los cuales el Acuerdo de Escazú dedica solo un artículo.

Por ello, el Acuerdo parece más bien una lista de buenos deseos e intenciones entre las actuales administraciones que un Pacto entre Estados, ya que repiten incansablemente los mismos estribillos que les blindan de cumplir lo que han firmado, como: «en la medida de los recursos disponibles», «en la medida de lo posible», «cuando ello sea posible», «de acuerdo con sus capacidades», «utilizando los mecanismos disponibles», «hará sus mejores esfuerzos», «sobre la base de los marcos normativos internos», «utilizando los mecanismos disponibles», «según corresponda y de acuerdo con la legislación nacional», «Realizará el esfuerzo», «Garantizará el respeto de su legislación nacional y de sus obligaciones internacionales relativas a los derechos de los pueblos indígenas y comunidades locales», «considerando sus circunstancias», «se compromete a crear y fortalecer», «sobre la base de sus prioridades y necesidades», «con arreglo a sus capacidades», «podrá tomar  (…) las siguientes medidas (…)», «sólo si su legislación nacional se lo permite», o se puede negar «cuando considere que hacer pública la información pone en riesgo la vida, seguridad o salud de una persona física (…) cuando (…) afecte negativamente, cuando genere un riesgo (…)».

Así, aunque los gobiernos se blindaron si justifican que no hay recursos, no hay fondos ni posibilidades, que no es prioritario, que la legislación no lo permite, entre otros candados, la mera narrativa del Acuerdo les debe asustar a más de uno. Otros son tan cínicos que inmediatamente firmaron, como son México, Haití, Perú, entre otros. Por ello, algunos movimientos sociales y defensores del medio ambiente verán en este Acuerdo una herramienta para la presión política y mediática a sus respectivos gobiernos, más que esperar un resultado en su aplicación.

Este Acuerdo refleja una esquizofrenia política. Su discurso no embona con las posibilidades reales de la región. Para ello se requiere de muchas capacidades técnicas, tecnológicas y científicas; de muchos recursos financieros, de voluntad política para priorizar estos contenidos, de realizar un Acuerdo de Estado y no de administraciones, de sistemas bien estructurados, de andamiajes institucionales de derechos humanos y de justicia, de financiamiento y mucho presupuesto para todo esto, de instituciones sólidas en la materia, de capacitación de la burocracia en derechos humanos, entre otros muchos condicionantes indispensables para hacer real este Acuerdo que no están instalados en muchos países de la región. Parece un acuerdo para países muy «desarrollados» y que incluso muchos de ellos no tienen incorporados estos mecanismos que los gobiernos del sur pretenden generar.

El Acuerdo no incluye estrategias de prevención de tal modo que los países llamados «desarrollados» y sus corporaciones trasnacionales, así como las propias trasnacionales extractivas en los países primarios, sean regulados por mecanismos vinculantes punitivos para evitar que sus inversiones no violen los derechos humanos ni los derechos de la naturaleza, que respeten la opinión de los posibles pueblos afectados, que transparenten la información, etcétera. Contradictoriamente, los gobiernos de América Latina y el Caribe son los que favorecen los megaproyectos de las grandes trasnacionales, de sus propias inversiones y de los bancos multilaterales que los financian y de los cuales son socios como el Banco Mundial (BM), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), el Banco Caribeño de Desarrollo (BCD), el Banco de Desarrollo de América Latina (antes Corporación Andina de Fomento) o el Banco Nacional de Desarrollo de Brasil (BNDES).

Todos ellos financian a gobiernos y cada vez más a empresas procurando la opacidad de la información, sin normas operativas sobre derechos humanos, y sosteniendo las inversiones que se dan en el marco de los tratados de libre comercio que flexibilizan precisamente los controles ambientales. Es necesario hacer hincapié en que son los mismos gobiernos de la región que han firmado este Acuerdo, y que al mismo tiempo son socios y dueños de estos bancos multilaterales de «desarrollo», por lo que la contradicción se hace más patente. Por ello, se trata de combatir el problema ambiental, de falta de democracia, de falta de un andamiaje de justicia adecuado, de protección a las defensoras y defensores de los derechos humanos y ambientales, desde una falsa perspectiva y plataforma.

Por tanto, para la mayoría de los gobiernos, si no es que para todos, llegar al cumplimiento de algunos de los apartados del Acuerdo le será imposible a corto, media o largo plazo. A continuación hacemos un resumen del contenido del Acuerdo de Escazú y lo que cada País se ha comprometido a hacer.

SOBRE LAS DISPOSICIONES GENERALES: (Artículo 4)

    – Garantizar el «derecho de toda persona a vivir en un ambiente sano»; que los derechos reconocidos sean «libremente ejercidos»; proporcionar al público información y en especial orientar y asistir en esto a las personas o grupos e situación de vulnerabilidad.
    – Adoptar todas las medidas necesarias, legislativas, reglamentarias, administrativas u otras para cumplir con este Acuerdo. Pero «en el marco de sus disposiciones internas».
    – Garantizar «un entorno propicio para el trabajo de las personas, asociaciones, organizaciones o grupos que promuevan la protección del medio ambiente, proporcionándoles reconocimiento y protección».
    – Nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo «limitará o derogará otros derechos y garantías más favorables establecidos o que puedan establecerse en la legislación de un Estado Parte o en cualquier otro acuerdo internacional del que un Estado sea parte, ni impedirá a un Estado Parte otorgar un acceso más amplio a la información ambiental, a la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y a la justicia en asuntos ambientales.»
    – Adoptar una «interpretación más favorable al pleno goce y respeto de los derechos de acceso.»
    – Alentar «el uso de las nuevas tecnologías de la información, y la comunicación, tales como los datos abiertos, en los diversos idiomas usados en el país, cuando corresponda.»
    – Los medios electrónicos «serán utilizados de una manera que no generen restricciones o discriminaciones para el público.»

SOBRE EL ACCESO A  LA INFORMACIÓN AMBIENTAL. (Artículo 5)

    – Garantizar que la gente acceda a toda la información ambiental que tenga, sin necesidad de mencionar para qué ni justificar las razones por las cuales se solicita; con repuesta expedita, con derecho a impugnar y recurrir cuando no se entrega la información solicitada; facilitando el acceso a personas o grupos en situación de vulnerabilidad, incluidos los pueblos indígenas y grupos étnicos, y reciban asistencia para formular sus peticiones y obtener respuesta. Sin embargo, estipula muchas excepciones: un gobierno puede negar la información ambiental cuando su legislación así lo defina; cuando considere que hacer pública la información pone «en riesgo la vida, seguridad o salud de una persona física»; «cuando hacer pública la información afecte negativamente la seguridad nacional, la seguridad pública o la defensa nacional»; cuando «afecte negativamente la protección del medio ambiente, incluyendo cualquier especie amenazada o en peligro de extinción»; o cuando «genere un riesgo claro, probable y específico de un daño significativo a la ejecución de la ley, o a la prevención, investigación y persecución de delitos».
    – Garantizar que la información ambiental se entregue en el formato solicitado o de lo contrario en el que hubiere, en un plazo máximo de 30 días hábiles; pero si la autoridad requiere más tiempo o no tiene dicha información, lo tendrá que notificar al solicitante. La información ambiental deberá entregarse de forma gratuita, siempre y cuando no se requiera su reproducción o envío cuyo costo será razonable aunque gratuito si el solicitante «se encuentra en situación de vulnerabilidad o en circunstancias especiales que justifiquen dicha exención».
    – Establecer o designar «uno o más órganos o instituciones imparciales y con autonomía e independencia, con el objeto de promover la transparencia en el acceso a la información ambiental, fiscalizar el cumplimiento de las normas, así como vigilar, evaluar y garantizar el derecho de acceso a la información.»

SOBRE LA GENERACIÓN Y DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN AMBIENTAL: (Artículo 6)

    – Garantizar «que las autoridades competentes generen, recopilen, pongan a disposición del público y difundan la información ambiental relevante para sus funciones de manera sistemática, proactiva, oportuna, regular, accesible y comprensible, y que actualicen periódicamente esta información y alienten la desagregación y descentralización de la información ambiental a nivel subnacional y local.»
    – Procurar «que la información ambiental sea reutilizable, procesable y esté disponible en formatos accesibles, y que no existan restricciones para su reproducción o uso, de conformidad con la legislación nacional.»
    – Contar con uno o más sistemas de información ambiental actualizados, que podrán incluir, entre otros: los textos de tratados y acuerdos internacionales, así como las leyes, reglamentos y actos administrativos sobre el medio ambiente; los informes sobre el estado del medio ambiente; el listado de las entidades públicas con competencia en materia ambiental y, «cuando fuera posible», sus respectivas áreas de actuación; el listado de zonas contaminadas, por tipo de contaminante y localización; información sobre el uso y la conservación de los recursos naturales y servicios ecosistémicos; informes, estudios e información científicos, técnicos o tecnológicos en asuntos ambientales elaborados por instituciones académicas y de investigación, públicas o privadas, nacionales o extranjeras; fuentes relativas a cambio climático que contribuyan a fortalecer las capacidades nacionales en esta materia; información de los procesos de evaluación de impacto ambiental y de otros instrumentos de gestión ambiental, cuando corresponda, y las licencias o permisos ambientales otorgados por las autoridades públicas; un listado estimado de residuos por tipo y, «cuando sea posible», desagregado por volumen, localización y año; e información respecto de la imposición de sanciones administrativas en asuntos ambientales.
    – Garantizar «que los sistemas de información ambiental se encuentren debidamente organizados, sean accesibles para todas las personas y estén disponibles de forma progresiva por medios informáticos y georreferenciados, cuando corresponda.»
    – Tomar «medidas para establecer un registro de emisiones y transferencia de contaminantes al aire, agua, suelo y subsuelo, y de materiales y residuos bajo su jurisdicción, el cual se establecerá progresivamente y se actualizará periódicamente.»
    – Garantizar «en caso de amenaza inminente a la salud pública o al medio ambiente, que la autoridad competente que corresponda divulgará de forma inmediata y por los medios más efectivos toda la información relevante que se encuentre en su poder y que permita al público tomar medidas para prevenir o limitar eventuales daños.»
    – Debe «desarrollar e implementar un sistema de alerta temprana utilizando los mecanismos disponibles.»
    – Procurar, cuando corresponda, que las autoridades competentes divulguen la información ambiental en los diversos idiomas usados en el país, y elaboren formatos alternativos comprensibles para los grupos vulnerables, por medio de canales de comunicación adecuados.
    – Garantizar «el derecho a acceder a la justicia en asuntos ambientales de acuerdo con las garantías del debido proceso.»
    –  «Hará sus mejores esfuerzos» por publicar y difundir un informe nacional sobre el estado del medio ambiente y de los recursos naturales, «cuando ello sea posible»; «las acciones nacionales para el cumplimiento de las obligaciones legales en materia ambiental; el avances en la implementación de los derechos de acceso; y los convenios de colaboración entre los sectores público, social y privado.»
    – Redactar los informes «de manera que sean de fácil comprensión y estar accesibles al público en diferentes formatos y ser difundidos a través de medios apropiados considerando las realidades culturales. Cada Parte podrá invitar al público a realizar aportes a estos informes.»
    – Alentar «la realización de evaluaciones independientes de desempeño ambiental que tengan en cuenta criterios y guías acordados nacional o internacionalmente e indicadores comunes, con miras a evaluar la eficacia, la efectividad y el progreso de sus políticas nacionales ambientales en el cumplimiento de sus compromisos nacionales e internacionales. Las evaluaciones deberán contemplar la participación de los distintos actores.»
    – Promover «el acceso a la información ambiental contenida en las concesiones, contratos, convenios o autorizaciones que se hayan otorgado y que involucren el uso de bienes, servicios o recursos públicos, de acuerdo con la legislación nacional.»
    – Asegurar «que los consumidores y usuarios cuenten con información oficial, pertinente y clara sobre las cualidades ambientales de bienes y servicios y sus efectos en la salud, favoreciendo patrones de consumo y producción sostenibles.»
    – Establecer y actualizar «periódicamente sus sistemas de archivo y gestión documental en materia ambiental de conformidad con su normativa aplicable, procurando en todo momento que dicha gestión facilite el acceso a la información.»
    – Adoptar «las medidas necesarias, a través de marcos legales y administrativos, entre otros, para promover el acceso a la información ambiental que esté en manos de entidades privadas, en particular la relativa a sus operaciones y los posibles riesgos y efectos en la salud humana y el medio ambiente.»
    – Incentivar «la elaboración de informes de sostenibilidad de empresas públicas y privadas, en particular de grandes empresas, que reflejen su desempeño social y ambiental», pero «de acuerdo con sus capacidades».

SOBRE LA PARTICIPACIÓN EN LA TOMA DE DECISIONES: (Artículo 7)

    – Asegurar «el derecho de participación del público (…) abierta e inclusiva en los procesos de toma de decisiones ambientales, sobre la base de los marcos normativos interno e internacional.»
    – Garantizar «mecanismos de participación del público en los procesos de toma de decisiones, revisiones, reexaminaciones o actualizaciones relativos a proyectos y actividades, así como en otros procesos de autorizaciones ambientales que tengan o puedan tener un impacto significativo sobre el medio ambiente, incluyendo cuando puedan afectar la salud».
    – Promover «la participación del público en procesos de toma de decisiones, revisiones, reexaminaciones o actualizaciones (…) tales como el ordenamiento del territorio y la elaboración de políticas, estrategias, planes, programas, normas y reglamentos, que tengan o puedan tener un significativo impacto sobre el medio ambiente.»
    – Adoptar «medidas para asegurar que la participación del público sea posible desde etapas iniciales del proceso de toma de decisiones, de manera que las observaciones del público sean debidamente consideradas y contribuyan en dichos procesos. A tal efecto, cada Parte proporcionará al público, de manera clara, oportuna y comprensible, la información necesaria para hacer efectivo su derecho a participar en el proceso de toma de decisiones.»
    – «El procedimiento de participación pública contemplará plazos razonables que dejen tiempo suficiente para informar al público y para que este participe en forma efectiva.»
    – «El público será informado de forma efectiva, comprensible y oportuna, a través de medios apropiados, que pueden incluir los medios escritos, electrónicos u orales, así como los métodos tradicionales, como mínimo sobre: el tipo o naturaleza de la decisión ambiental de que se trate y, cuando corresponda, en lenguaje no técnico; la autoridad responsable del proceso de toma de decisiones y otras autoridades e instituciones involucradas; el procedimiento previsto para la participación del público, incluida la fecha de comienzo y de finalización de este, los mecanismos previstos para dicha participación, y, cuando corresponda, los lugares y fechas de consulta o audiencia pública; y las autoridades públicas involucradas a las que se les pueda requerir mayor información sobre la decisión ambiental de que se trate, y los procedimientos para solicitar la información.»
    – «El derecho (…) incluirá la oportunidad de presentar observaciones por medios apropiados y disponibles, conforme a las circunstancias del proceso. Antes de la adopción de la decisión, la autoridad pública que corresponda tomará debidamente en cuenta el resultado del proceso de participación.»
    – Velar por que, «una vez adoptada la decisión, el público sea oportunamente informado de ella y de los motivos y fundamentos que la sustentan, así como del modo en que se tuvieron en cuenta sus observaciones. La decisión y sus antecedentes serán públicos y accesibles.»
    – «La difusión de las decisiones que resultan de las evaluaciones de impacto ambiental y de otros procesos de toma de decisiones ambientales que involucran la participación pública deberá realizarse a través de medios apropiados, que podrán incluir los medios escritos, electrónicos u orales, así como los métodos tradicionales, de forma efectiva y rápida. La información difundida deberá incluir el procedimiento previsto que permita al público ejercer las acciones administrativas y judiciales pertinentes.»
    – Establecer «las condiciones propicias para que la participación pública en procesos de toma de decisiones ambientales se adecúe a las características sociales, económicas, culturales, geográficas y de género del público.»
    – «Cuando el público directamente afectado hable mayoritariamente idiomas distintos a los oficiales, la autoridad pública velará por que se facilite su comprensión y participación.»
    – Promover, «según corresponda y de acuerdo con la legislación nacional, la participación del público en foros y negociaciones internacionales en materia ambiental o con incidencia ambiental, de acuerdo con las reglas de procedimiento (…) se promoverá, según corresponda, la participación del público en instancias nacionales para tratar asuntos de foros internacionales ambientales.»
    – Alentar «el establecimiento de espacios apropiados de consulta en asuntos ambientales o el uso de los ya existentes, en los que puedan participar distintos grupos y sectores. Cada Parte promoverá la valoración del conocimiento local, el diálogo y la interacción de las diferentes visiones y saberes, cuando corresponda.»
    – «Realizar esfuerzos para identificar y apoyar a personas o grupos en situación de vulnerabilidad para involucrarlos de manera activa, oportuna y efectiva en los mecanismos de participación.»
    – Garantizar «el respeto de su legislación nacional y de sus obligaciones internacionales relativas a los derechos de los pueblos indígenas y comunidades locales.»
    – Realizar “»esfuerzos por identificar al público directamente afectado por proyectos y actividades que tengan o puedan tener un impacto significativo sobre el medio ambiente, y promoverá acciones específicas para facilitar su participación.»
    – Hacer públicos «la descripción del área de influencia y de las características físicas y técnicas del proyecto o actividad propuesto; la descripción de los impactos ambientales (…) el impacto ambiental acumulativo (…) las medidas previstas (…) un resumen en lenguaje no técnico y comprensible (…) la descripción de las tecnologías disponibles (…) cuando la información esté disponible (…) las acciones de monitoreo (…)».

SOBRE EL ACCESO A LA JUSTICIA EN ASUNTOS AMBIENTALES: (Artículo 8)

    – Garantizar «el derecho a acceder a la justicia en asuntos ambientales de acuerdo con las garantías del debido proceso.»
    – Asegurar, pero sólo si su legislación nacional se lo permite, «el acceso a instancias judiciales y administrativas para impugnar y recurrir, en cuanto al fondo y el procedimiento: cualquier decisión, acción u omisión relacionada con el acceso a la información ambiental; cualquier decisión, acción u omisión relacionada con la participación pública en procesos de toma de decisiones ambientales; y cualquier otra decisión, acción u omisión que afecte o pueda afectar de manera adversa al medio ambiente o contravenir normas jurídicas relacionadas con el medio ambiente.»
    – Contar, considerando sus circunstancias, «con: órganos estatales competentes con acceso a conocimientos especializados en materia ambiental; procedimientos efectivos, oportunos, públicos, transparentes, imparciales y sin costos prohibitivos; legitimación activa amplia en defensa del medio ambiente, de conformidad con la legislación nacional; la posibilidad de disponer medidas cautelares y provisionales para, entre otros fines, prevenir, hacer cesar, mitigar o recomponer daños al medio ambiente; medidas para facilitar la producción de la prueba del daño ambiental, cuando corresponda y sea aplicable, como la inversión de la carga de la prueba y la carga dinámica de la prueba; mecanismos de ejecución y de cumplimiento oportunos de las decisiones judiciales y administrativas que correspondan; y mecanismos de reparación, según corresponda, tales como la restitución al estado previo al daño, la restauración, la compensación o el pago de una sanción económica, la satisfacción, las garantías de no repetición, la atención a las personas afectadas y los instrumentos financieros para apoyar la reparación.»
    – Establecer «medidas para reducir o eliminar barreras al ejercicio del derecho de acceso a la justicia; medios de divulgación del derecho de acceso a la justicia y los procedimientos para hacerlo efectivo; mecanismos de sistematización y difusión de las decisiones judiciales y administrativas que correspondan; y el uso de la interpretación o la traducción de idiomas distintos a los oficiales cuando sea necesario para el ejercicio de ese derecho.»
    – Atender «las necesidades de las personas o grupos en situación de vulnerabilidad mediante el establecimiento de mecanismos de apoyo, incluida la asistencia técnica y jurídica gratuita, según corresponda.»
    – Asegurar «que las decisiones judiciales y administrativas adoptadas en asuntos ambientales, así como su fundamentación, estén consignadas por escrito.»
    – Promover «mecanismos alternativos de solución de controversias en asuntos ambientales, en los casos en que proceda, tales como la mediación, la conciliación y otros que permitan prevenir o solucionar dichas controversias.»

SOBRE LAS DEFENSORAS Y DEFENSORES AMBIENTALES: (Artículo 9)

    – Garantizar «un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad». Además, tomarán «las medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger y promover todos los derechos de los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, incluidos su derecho a la vida, integridad personal, libertad de opinión y expresión, derecho de reunión y asociación pacíficas y derecho a circular libremente, así como su capacidad para ejercer los derechos de acceso, teniendo en cuenta las obligaciones internacionales de dicha Parte en el ámbito de los derechos humanos, sus principios constitucionales y los elementos básicos de su sistema jurídico». Del mismo modo, los gobiernos tomarán “medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones” que los defensores ambientales puedan sufrir.

Por otro lado, cada País «se compromete” a crear y fortalecer sus capacidades nacionales, «sobre la base de sus prioridades y necesidades». Y con «arreglo a sus capacidades, podrá tomar», entre otras, las siguientes medidas: «formar y capacitar en derechos de acceso en asuntos ambientales a autoridades y funcionarios públicos; desarrollar y fortalecer programas de sensibilización y creación de capacidades en derecho ambiental y derechos de acceso para el público, funcionarios judiciales y administrativos, instituciones nacionales de derechos humanos y juristas, entre otros; dotar a las instituciones y organismos competentes con equipamiento y recursos adecuados; promover la educación, la capacitación y la sensibilización en temas ambientales mediante, entre otros, la inclusión de módulos educativos básicos sobre los derechos de acceso para estudiantes en todos los niveles educacionales; contar con medidas específicas para personas o grupos en situación de vulnerabilidad, como la interpretación o traducción en idiomas distintos al oficial, cuando sea necesario; reconocer la importancia de las asociaciones, organizaciones o grupos que contribuyan a formar o sensibilizar al público en derechos de acceso; y fortalecer las capacidades para recopilar, mantener y evaluar información ambiental.» (Artículo 10)

SOBRE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: (Artículo 19)

Si «surge una controversia entre dos o más Partes respecto de la interpretación o de la aplicación del presente Acuerdo, esas Partes se esforzarán por resolverlo por medio de la negociación o por cualquier otro medio de solución de controversias que consideren aceptable».

¡UN ACUERDO PARA MAREAR LA PERDIZ! [1]

[1] «Marear la perdiz» significa hacer perder intencionadamente el tiempo en rodeos, circunloquios o dilaciones que retrasen u obstaculicen la resolución de un problema, como mera táctica dilatoria. La expresión es cinegética. Cuando se cazaban perdices, frecuentemente se las «marea». http://etimologias.dechile.net/Expresiones/?Marear-la-perdiz

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El Escaramujo 81: ¿QUÉ ES EL ACUERDO DE ESCAZÚ? (Parte I)

Los «Escaramujos» son documentos de análisis producidos por Otros Mundos A.C. Les presentamos el último número de la colección, esperando les sirva para sus trabajos en defensa de los territorios. (Ver todos los números del Escaramujo)

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El Acuerdo de Escazú se refiere al «Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe».

Para los gobiernos de la región y para la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) de la ONU, quien fungirá como Secretaría del Acuerdo, se trata de un «Acuerdo histórico», «innovador», «visionario», «sin precedentes» y «para prevenir conflictos». Un «instrumento jurídico vinculante» y «pionero en materia de protección ambiental», «único en el mundo»; «el primer tratado sobre asuntos ambientales de la región y el primero en el mundo que incluye disposiciones sobre los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales»; para «lograr que las decisiones se adopten de manera informada, participativa e inclusiva y mejorar la rendición de cuentas, la transparencia y la buena gobernanza»; y sus principales beneficiarios son en particular «los grupos y comunidades más vulnerables».

El Acuerdo manifiesta que entre sus Principios están el de igualdad, de no discriminación, de transparencia, de rendición de cuentas, de no regresión, de progresividad y de buena fe; el principio preventivo, precautorio, de equidad intergeneracional, de máxima publicidad, de soberanía permanente de los Estados sobre sus recursos naturales, de igualdad soberana de los Estados y el principio pro persona. (Artículo 3)

Es un Acuerdo entre los gobiernos de América Latina y El Caribe cuyo objetivo supuestamente es garantizar «los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible«. (Artículo 1)

En otras palabras, son 5 elementos fundamentales que abarca este Acuerdo. Desglosemos un poco:

     1) Los gobiernos de la región caracterizados por la opacidad en la información sobre todo la que protege el lucro, la impunidad y la corrupción de las grandes corporaciones, garantizarán ahora con este Acuerdo que habrá total transparencia y entrega de la información ambiental, la cual no existe, y si existe no tienen los mecanismos ni la voluntad para entregarla, y si los tienen hacen lo imposible por hacerla inaccesible o costosa. Esta información ambiental debería abarcar la «escrita, visual, sonora, electrónica o registrada en cualquier otro formato, relativa al medio ambiente y sus elementos y a los recursos naturales, incluyendo aquella que esté relacionada con los riesgos ambientales y los posibles impactos adversos asociados que afecten o puedan afectar el medio ambiente y la salud, así como la relacionada con la protección y la gestión ambientales». (Artículo 2)

     2) Ante la exclusión de la sociedad en las negociaciones de Tratados del Libre Comercio, leyes, decretos y otros megaproyectos impuestos con fuerza e incluso con violencia, que afectan los derechos humanos y los territorios, ahora, con este Acuerdo, la población participará en la toma de decisiones en materia ambiental.

     3) Ante tanta matanza, criminalización, judicialización y feminicidios de defensoras de derechos humanos y del medio ambiente, además de una tasa de impunidad altísima que vive la región, con este Acuerdo se supone habrá acceso a la justicia.

     4) Con las confrontaciones políticas e ideológicas entre los gobiernos de la región, con divisiones y enfrentamientos políticos-territoriales, con estructuras multilaterales regionales en crisis y en decadencia, y con gobiernos endeudados, pese a eso, habrá dinero para fortalecer las capacidades para cumplir con el Acuerdo y cooperarse mutuamente.

     5) Con la devastación de los territorios y la violación a los derechos de la naturaleza, con este Acuerdo viviremos en un medio ambiente sano y el desarrollo sostenible prometido desde hace 30 décadas. Ese momento llegará.

El Acuerdo está lleno de verbos promesa donde cada gobierno «promoverá», «alentará», «contemplará», «adoptará», «garantizará», «velará», «establecerá», «realizará», «incentivará» y además «se compromete».

De otro lado, las promesas que hacen los gobiernos las anulan ya que lograron encapsularlas para tener el control con los siguientes matices que recorren el articulado del Acuerdo: «sobre la base de sus prioridades y necesidades», «de acuerdo con sus capacidades», «de acuerdo con sus posibilidades», «de conformidad con sus prioridades nacionales», «en el marco de sus disposiciones internas», «sobre la base de los marcos normativos internos», «en el marco de su legislación nacional», «en la medida de los recursos disponibles», «en la medida de lo posible» o «cuando proceda». O sea, cuando el gobierno quiera y pueda. No existe una real vinculación que los obligue a cumplir el Acuerdo.

Por ejemplo, para la implementación del Acuerdo, cada Parte (cada País) «de acuerdo con sus posibilidades y de conformidad con sus prioridades nacionales, se compromete a facilitar medios de implementación para las actividades nacionales necesarias para cumplir las obligaciones derivadas del presente Acuerdo» (Artículo 13). Esto significa que deja a la ambigüedad y discrecionalidad de cada gobierno cumplir con la protección de la naturaleza y de las defensoras y defensores del medio ambiente así como el contenido de este Acuerdo «histórico».

Un «compromiso» no es obligatorio ni un instrumento vinculante. Al Acuerdo no parece un Pacto de Estados, sino un pacto de administraciones, donde para su cumplimiento depende de la voluntad política del momento, de su presupuesto anual, de si es prioritario o no durante la administración actual.

Este Acuerdo de Escazú entrará en vigor en enero de 2019 ya que al menos la adhesión de 11 países de la región [1] son los necesarios, y ya han firmado más. Luego se podrán ir adhiriendo los demás países (Articulo 22). Entre los países que ya se han adherido se encuentran los más corruptos, opacos, impunes y/o violentos estados como México, Guatemala, Perú y Brasil.

Aunque no se pueden formular reservas al presente Acuerdo, lo que significa que se tiene que aceptar en su totalidad (Articulo 23), hay otros mecanismos que los gobiernos incorporaron para poder blindarse de su mismo Acuerdo. Y es que cualquier País puede proponer enmiendas y su aprobación debe ser por consenso. De no ser posible, lo hacen más fácil: se somete a votación que requerirá de una mayoría de tres cuartos de las Partes presentes y votantes en la reunión para ser adoptada (Artículo 20). Además, a los tres años de haberse adherido al Acuerdo, un País puede denunciarlo, o sea, salirse del Acuerdo, lo que se hace efectivo un año después de haberlo hecho (Artículo 24). Así de sencillo: o se le ponen parches, o te sales.

El Acuerdo tendrá su propia Conferencia de las Partes (COP) que se reunirá periódicamente y donde cada País tendrá un voto (Articulo 16). La COP tendrá como objetivo darle seguimiento, recibir y examinar informes, emitir recomendaciones, aprobar enmiendas, entre otras funciones (Artículo 15). Ahora los movimientos sociales tendrán otro escenario que perseguir, otra agenda qué atender, otras campañas más para exigir su cumplimiento ahí donde se reúnan en cada rincón del continente sabiendo que el Acuerdo nació muerto.

Este Acuerdo no define dónde radica su realidad «vinculante» ni dónde o a qué estructura multilateral de carácter regional poder acudir para denunciar su incumplimiento. Ningún mecanismo, ninguna pista. Solo se explicita muy brevemente que las controversias son entre los Países miembros, no entre el Estado y sus gobernados. Y sus controversias pueden ser en torno a la interpretación que haga cada País del Acuerdo o sobre su aplicación. Para ello hay dos formas de solucionarlo. O entre los Países ponen un mecanismo de solución de controversias, o un País acude a la Corte Internacional de Justicia. (Artículo 19)

Hasta este momento, múltiples acciones, foros, declaraciones y compromisos se han llevado a cabo para supuestamente combatir el cambio climático, detener las violaciones a los derechos humanos y colectivos, e intentar unir lo imposible: el supuesto desarrollo con la sustentabilidad del planeta. Y sobre sus saldos o daños colaterales y necesarios para lograr ese desarrollo, como diría el Banco Mundial, bastaría con paliar, mitigar o de plano adaptarse a las consecuencias. De esta forma nos encontramos con la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano de 1972, la Declaración de Barbados de 1971 por la liberación del indígena, el Programa de Acción para el Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, la Declaración de Mauricio, la Declaración de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible, el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible y las Modalidades de Acción Acelerada para los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo (Trayectoria de Samoa); el Protocolo de Kioto, los Mecanismos de Desarrollo Limpio, el Acuerdo de París del 2015, la Declaración de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas, el Panel Intergubernamental del Cambio Climático que hoy grita por detener el calentamiento en 1.5 grados con extrema urgencia, y su Conferencia de las Partes (COP). También está el Protocolo de San Salvador que incluye el derecho humano al medio ambiente sano, el Convenio sobre Diversidad Biológica, la Declaración de Río, Río +20, la Decisión de Santiago y ahora el Acuerdo de Escazú. Y mientras, el «desarrollo sostenible» se posterga en el discurso y lo que no es alcanzable en el sistema capitalista. Y así, ya llevamos casi 50 años en lo mismo.

Este Acuerdo se firma justo cuando Global Witness confirma que el 60% de los asesinatos de defensoras y defensores del medio ambiente en el mundo ocurren en la región de América Latina y el Caribe. Y a los dos años del asesinato de Berta Cáceres y el de Gustavo Castro en grado de tentativa, por lo que durante la firma los representantes gubernamentales hicieron un minuto de silencio en memoria de la defensora indígena. Sin embargo, en el marco del juicio que debiera finalizar en noviembre de 2018 sobre este asesinato, la impunidad, el ocultamiento de la información, la criminalización y persecución al Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH) arrecia por parte del gobierno que ha prometido cumplir con este Acuerdo. Los gobiernos de la región no reclamarán al gobierno ilegítimo de Honduras el cumplimiento de este Acuerdo, porque no radica tampoco aquí su realidad «vinculante».Y esto es sólo una muestra de lo que pasa en toda la América Latina.

En 2017, América Latina fue la región con más ambientalistas asesinados. A un total de 116 personas les fueron arrebatada la vida por defender sus territorios, el medio ambiente y luchar contra gobiernos y empresas trasnacionales; por denunciar despojos, corrupción e impunidad. Brasil encabezó la lista seguido de Colombia, México, Perú, Honduras, Nicaragua, Guatemala, República Dominicana y Venezuela.

Mientras, en el texto del Acuerdo los gobiernos se limitan a decir en su introducción que «también se incluye la primera disposición vinculante del mundo sobre los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, en una región en la que, lamentablemente, se enfrentan con demasiada frecuencia a agresiones e intimidaciones.»

Global Witness también denunció en su momento que de 2009 al 2016, habían sido asesinados 123 defensores de la tierra y del medio ambiente en Honduras. Señaló además que la presidenta del Partido Nacional y vicepresidenta del Parlamento hondureño, Gladys Aurora López, era parte del grupo de magnates y políticos que generan la violencia contra los luchadores ambientales. Y por si fuera poco, que los fondos, fruto del saqueo al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), fueron a parar al Hotel Indura, entre cuyos inversionistas se encuentran el expresidente hondureño Ricardo Maduro, así como Camilo y Pedro Atala cuya familia es señalada de ser los autores intelectuales del asesinato de Berta Cáceres y quienes son al mismo tiempo dueños del Banco Ficohsa y otros grandes negocios en Honduras.

¿CÓMO Y DE DÓNDE SALIÓ ESTE ACUERDO?

Todo inició en 1992 con la Declaración de Río de Janeiro, Brasil, sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo y que constó de 27 Principios, entre ellos el Principio 10 que reza así:

«el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre estos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes».

Veinte años después, en 2012, cuando la región ya estaba vendida por medio de los Tratados de Libre Comercio esparcidos por todos los países con inversiones extractivas a toda marcha, se llevó a cabo la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20). Se continuó insistiendo en la problemática ambiental que acarrea este desarrollo que no se sostiene y que más bien empeora las cosas. No hubo mayores avances y los gobiernos y las empresas siguieron preguntándose por qué se agudizaba el Cambio Climático. Mientras, el resto se percata cómo este desarrollo de unos cuantos es insostenible para la mayoría de los pueblos y para la naturaleza. Los megaproyectos mineros, de represas, fracking, monocultivos, oleoductos, gasoductos, grandes carreteras, puertos, aeropuertos, regasificadoras, inversiones turísticas de élite en las costas, entre otros, ya estaban cimentados en toda la región con consecuencias socio ambientales de gran magnitud.

Veintidós años después, en noviembre de 2014, los países aprobaron la Decisión de Santiago que puso las bases para iniciar la negociación de un instrumento regional que por fin implementara el famoso Principio 10 acordado más de veinte años atrás. Como siempre, ya muy tarde.

Y ventiseis años después de la Declaración de Río, el 4 de marzo de 2018, en la ciudad de Escazú, Costa Rica, se logró al fin el texto definitivo de este Acuerdo que, a partir del 27 de septiembre de 2018, abre las posibilidades para que los gobiernos lo firmen en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, Estados Unidos. [2] Y todo inspirado en un horizonte que una y otra vez se alarga en el tiempo: «Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible». El horizonte que los gobiernos se trazaron para «no dejar a nadie atrás». Y al final, al acercarse esta fecha, nuevamente podremos escuchar que se imposible y que es necesario ver el «desarrollo sostenible» para el 2050. ¿Cuándo entenderemos que ese «desarrollo sostenible» no es real, no existe?

UN ACUERDO PARA MAREAR LA PERDIZ

La región vive una crisis aguda muy profunda. Los Tratados de Libre Comercio se profundizan y se establecen mecanismos para garantizar los intereses de las grandes corporaciones y sus inversiones, entre ellos el condicionante de flexibilizar los estándares ambientales para poder invertir.

La información es poder, y es algo que no se les entregará a los movimientos sociales que defienden el medio ambiente y que pueden bloquear las inversiones multimillonarias como el Nuevo Aeropuerto de la Ciudad de México. La información hay que arrancarla, rastrearla, pagarla, y muchas veces cuesta la vida tan solo buscarla. La opacidad de la información en el juicio de la ambientalista Berta Cáceres en Honduras en una muestra de ello.

Los Países de la región se caracterizan por una impunidad y corrupción sin precedentes. Pero donde hay un corrupto, hay un corruptor. Las grandes corporaciones trasnacionales de la región como de otros continentes se disputan contratos, concesiones, territorios, créditos blandos, maximización de ganancias así como el control de rutas comerciales y bienes comunes naturales, culturales y todo aquello que logran incorporar a la lógica del mercado.

La violencia se desata en México, Honduras, Nicaragua, Colombia, Perú o Brasil. Los gobiernos se tambalean en Nicaragua, Guatemala, Brasil o Venezuela. Las órdenes de aprehensión contra lideresas y líderes medioambientales se suscitan en casi todos los rincones persiguiendo la lucha por la defensa de los ríos, del agua, de la alimentación o de los bosques. En Brasil, Perú, Ecuador y Guatemala, se persiguen a los expresidentes; en otros países aumentan los migrantes como en Nicaragua, El Salvador, Honduras, México o Venezuela. En la mayoría la falta de inversiones en educación y salud genera grandes desigualdades y pobreza. Pese a todo ello, los gobiernos dicen que este Acuerdo «tiene por objeto luchar contra la desigualdad y la discriminación y garantizar los derechos de todas las personas a un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible, dedicando especial atención a las personas y grupos en situación de vulnerabilidad y colocando la igualdad en el centro del desarrollo sostenible.»

Si «la seguridad jurídica y la confianza en las instituciones públicas son también cruciales para el desarrollo sostenible», como reza la introducción del Acuerdo, es de lo que adolecen las instituciones púbicas de la región. Además, sus actuales gobiernos consideran que con este Acuerdo se camina hacia la «eliminación de la violencia y el racismo», con un compromiso de «lograr el desarrollo sostenible en sus tres dimensiones —económica, social y ambiental— de forma equilibrada e integrada». Y «al adherirse a este tratado histórico, además de continuar fortaleciendo la democracia ambiental…»

Habrá quienes digan que el Acuerdo es una gran oportunidad, que hay que agotar todas las instancias y usarlas; y otros dirán que más bien los que se agotan antes de perder la vida son los movimiento sociales con tanto instrumento que no ven avances, y que solo sirven para marear al perdiz.

Notas:

[1] 1 De los 33 países de América Latina y el Caribe: Antigua y Barbuda, Argentina, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Dominica, Ecuador, El Salvador, Granada, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Saint Kitts y Nevis, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Suriname, Trinidad y Tobago, Uruguay, Venezuela.

[2] Para la información actualizada del acuerdo y sus actividades, véase https://www.cepal.org/es/acuerdodeescazu

[3] «Marear la perdiz» significa hacer perder intencionadamente el tiempo en rodeos, circunloquios o dilaciones que retrasen u obstaculicen la resolución de un problema, como mera táctica dilatoria. La expresión es cinegética. Cuando se cazaban perdices, frecuentemente se las «marea». http://etimologias.dechile.net/Expresiones/?Marear-la-perdiz

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Los «Escaramujos» son documentos de análisis producidos por Otros Mundos A.C. Les presentamos el último número de la colección, esperando les sirva para sus trabajos en defensa de los territorios. (Ver todos los números del Escaramujo)

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El gobierno ha establecido la obligación a las empresas de presentar a la Secretaría de Energía una Evaluación sobre el Impacto Social (EIS) de sus proyectos extractivos en el Sector Energético, según se establece en los Reglamentos de la Ley de Hidrocarburos y de la Ley de la Industria Eléctrica. Para ello ha diseñado 4 formatos que deben usar para recabar la información según el tipo de proyecto extractivo. Se podría pensar que la EIS es un buen mecanismo, sin embargo, podemos adelantar algunas apreciaciones y conclusiones:

     1) La EIS incluye proyectos de pozos petroleros, extracción de gas, represas desde las supuestas «minis» hasta las mayores, parques eólicos o de energía solar, gasolineras y expendios de venta de gas, oleoductos, gasoductos, entre otros muchos proyectos del sector de hidrocarburos y de electricidad.

     2) Se crecerá un nuevo sector de sociólogos, antropólogos, trabajadores sociales y similares; Ong’s, universidades y facultades, centros de investigación o los nuevos despachos de consultores que tendrán un negocio jugoso para vender sus servicios a las empresas extractivas con el fin de elaborar sus EIS. (Artículo 7) Esto va a generar un nuevo frente de confrontación entre estos sectores y los opositores a los proyectos extractivos.

     3) Las empresas, los gobiernos y los consultores llevarán a cabo un trabajo de inteligencia aguda donde podrán concentrar toda la información física, política, económica y cultural de las comunidades campesinas e indígenas, de los conflictos internos de los movimientos así como de los sectores a favor y en contra del proyecto extractivo. Para los opositores a estos proyectos extractivos, todavía tienen vigencia en su contra la Ley de Seguridad Interior y la Ley para Sancionar Delitos en Materia de Hidrocarburos, como parte de la Reforma Energética que el próximo gobierno pretende mantener.

     4) La EIS recaba información de los afectados, pero no su opinión sobre si aceptan o no el proyecto. La supuesta consulta no va de la mano con el consentimiento de los afectados. La aceptación o no del Proyecto la define la Secretaría de Energía.

     5) La EIS ayudará a reforzar la propuesta de legislar las «consultas previas, libres e informadas» que es un mecanismo para justificar e imponer los proyectos extractivos.

     6) Se incluyen conceptos de derechos humanos, perspectiva de género, participación equitativa de hombres y mujeres, entre otros, sin embargo, la tendencia que se constata es que los feminicidios de defensoras de los derechos humanos van en aumento y que tanto gobiernos como empresas siguen criminalizando y judicializando a las mujeres que están al frente de las resistencias contra los megaproyectos que afectan a sus territorios. Sobre el respeto a los derechos humanos, consulta y equidad de género, ¿confiamos en que esto lo tomarán en cuenta Grupo México, Texaco, Chevron, British Petroleum, Unión Fenosa, Gas Natural, Shell, Endesa, AES, Iberdrola, etc.? Cuando éstas son algunas de las principales violadoras de los derechos humanos, lo que ha dado a la necesidad de impulsar el Tratado Vinculante sobre Empresas y Derechos Humanos.

     7) Que las empresas petroleras y de electricidad tengan que respetar en sus Proyectos extractivos los derechos humanos desde la perspectiva de la universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad (Artículo 3), haría imposible el mismo proyecto que busca maximizar las ganancias y transferir los costos sociales y ambientales. Por otro lado, implicaría tomar en cuenta todos los derechos humanos desde salud, educación, vivienda, trabajo, alimentación, medio ambiente, entre otros. La máximización de las ganancias de las empresas trasnacionales tienden no sólo a omitir la protección a los derechos humanos sino a violar las leyes ambientales, incumplir contratos con las comunidades y ejidos, ignorar sin consecuencias las resoluciones judiciales en su contra, hacerse del apoyo de la seguridad pública y del ejército para reprimir las protestas sociales, entre otras prácticas. ¿Y con este instrumento se espera que cumplan, protejan, prevean y garanticen los derechos humanos?

     8) No existe un marco regulatorio y vinculante que garantice que la empresa respetará, prevendrá y protegerá los derechos humanos a menos que se logre la firma del polémico Tratado Vinculante sobre Empresas y Derechos Humanos. Lo que la empresa está supuestamente obligada es a cumplir la ley laboral ya muy flexible a favor de las empresas, así como otras leyes que más bien las beneficia en lugar de favorecer los derechos humanos de las personas. La experiencia con los proyectos petroleros, de gas, represas y otros similares muestra que la contaminación, los problemas de salud, de acceso al agua, de desplazamiento de población con mucha violencia entre otros saldos, son la práctica común.

     9) La participación equitativa, la inclusión estadística y diferenciada de las mujeres que se propone, no es sinónimo de perspectiva de género.

     10) No se toman en cuenta las afectaciones psicosociales.

     11) No se toman en cuenta a los pequeños pescadores ni las afectaciones en sus zonas de pesca.

     12) Las zonas de amortiguamiento de 500 metros alrededor del polígono del Proyecto extractivo, y de 100 metros a cada lado de los oleoductos, gasoductos o tendidos eléctricos, fragmentarán más los territorios.

     13) ¿Qué pasaría si las comunidades afectadas no dan su consentimiento para que su información sea incluida en la EIS?

     14) La información sobre las comunidades campesinas e indígenas, sobre las organizaciones y movimientos y cualquier otro sector es muy detallado. Sin embargo, los afectados no cuentan con la información del Promovente, de la empresa que pretende extraer los recursos de su territorio. Ignora los antecedentes de la empresa, si ha violado o no derechos humanos en otros lugares y países; si ha sido acusada de corrupción o narcotráfico; o quiénes son los miembros de su Junta Directiva, sus datos y antecedentes; si alguno de sus miembros dueños tienen antecedentes penales; si su capital e ingresos son lícitos o ilícitos; cuáles son sus fuentes de ingreso y financiamiento, etc.

Para una mejor comprensión y consulta, presentamos por temas y títulos un resumen del «ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones Administrativas de Carácter General sobre la Evaluación de Impacto Social en el Sector Energético» emitido por la Secretaria de Energía en Junio de 2018 en el Diario Oficial de la Federación y que consta de 48 Artículos.

Este resumen abarca los siguientes temas: datos de la empresa y el Proyecto; la versión pública del Proyecto; el consentimiento, la participación y la confidencialidad; la perspectiva de género, la calidad de la información, la identificación de las comunidades, la Consulta Previa, los proyectos de hidrocarburos y del sector eléctrico, el Área de Influencia del Proyecto, los Actores de Interés, los Formularios, el Impacto Social, el Plan de Gestión, la Resolución Final y un Glosario de los conceptos que se usan.

     1. DATOS DE LA EMPRESA Y DEL PROYECTO: La EIS debe contener los datos generales de la empresa; la descripción técnica del Proyecto (objetivos, características generales y componentes técnicos), sus etapas (construcción, operación, desmantelamiento), la descripción de las obras y actividades, sus obras asociadas, la ubicación geográfica, el tipo de uso de suelo y localidad, el tipo de zona (nave industrial, conjunto industrial, parque industrial u otra zona con actividad industrial) y la superficie requerida (temporal, permanente y total del Proyecto y sus obras e instalaciones asociadas). (Articulo 12 y 13)

     2. PROYECTO, VERSIÓN PÚBLICA: El Promovente deberá elaborar y presentar una copia electrónica en versión consulta pública, que cuente con la leyenda «Versión Pública» de la Evaluación, o en su defecto su autorización a que la información confidencial incluida en el documento puede manejarse públicamente. (Artículo 35)

     3. CONSENTIMIENTO, PARTICIPACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD: La empresa «observará» la participación voluntaria y equitativa de las mujeres y los hombres de las comunidades o Actores de Interés para identificar, caracterizar, predecir y valorar los posibles Impactos Sociales que afecten su modo de vida; para definir las medidas de mitigación y cómo prevenirlos; así como su consentimiento de que la información sea incluida en la EIS con mecanismos de confidencialidad y protección de datos, sin prácticas coercitivas y discriminatorias; proporcionando información adecuada, pertinente y accesible; y conduciéndose con probidad y veracidad. (Artículo 3 y 4)

     4. PERSPECTIVA DE GÉNERO. La empresa debe garantizar que sea transversal e incluida en el Plan de Gestión. Significa incluir la información desagregada por sexo en la Evaluación; que los Impactos Sociales y las medidas para prevenirlos, mitigarlos y ampliarlos estén diferenciados para hombres y mujeres, y promover mecanismos para que las mujeres participen en un plano de igualdad en la implementación del Plan de Gestión Social del Proyecto. (Articulo 5)

     5. CALIDAD DE LA INFORMACIÓN. La empresa debe incluir en la EIS «información reciente, fidedigna y comprobable», con estadísticas oficiales, desagregada por sexo; información bibliográfica y hemerográfica especializada, del producto de mediciones y observaciones en campo, de la EIS a que se refieren los artículos 119 de la Ley de Hidrocarburos y 78 de su Reglamento, de las comunidades; de entrevistas, grupos focales, encuestas y/o talleres en los que se asegure la participación igualitaria de hombres y mujeres, y/o información de otras fuentes oficiales. La empresa debe señalar qué fuentes usó y qué estrategia utilizó para que mujeres y hombres participaran en igualdad de condiciones. (Articulo 6)

     6. COMUNIDADES, SU IDENTIFICACIÓN: Se debe identificar a las comunidades con la información geográfica oficial (municipios, localidades, Áreas Geoestadísticas Básicas y unidades mínimas del Marco Geoestadístico Nacional) (Artículo 18); y donde se caractericen las comunidades a partir de indicadores sociodemográficos (características generales de la población, los hogares y las viviendas; conflictos de tenencia de la tierra, la infraestructura, acceso y cobertura en materia de salud y educación); rasgos socioeconómicos y socioculturales y los relacionados con la forma de vida de las mujeres y los hombres que incluya aspectos sobre su cultura, costumbres, valores y creencias; elementos relacionados con la gobernanza, cohesión y capital social de las comunidades, y las formas de participación social y política; el entorno y patrimonio socioambiental, de los recursos naturales que aprovecha la comunidad; la descripción de las condiciones del desarrollo humano de la comunidad en función de indicadores de pobreza y marginación; el levantamiento de una Línea de Base que contenga la medición de indicadores sociodemográficos, socioeconómicos y socioculturales que podrían registrar cambios a causa de las actividades del Proyecto, verificados en campo y comparables en el tiempo. (Artículo 19)

(…)

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La capacidad biofísica del planeta está ya en riesgo. El Sistema Capitalista no cabe en el Planeta en su carrera por la acumulación incesante de capital y poder bajo un «desarrollo» infinito sobre bienes finitos. El extractivismo, el consumismo y el desperdicio voraz ha puesto al Planeta en una crisis climática y ambiental irreversible. La pérdida de biodiversidad marina y terrestre es uno de los mayores problemas que enfrenta la humanidad y que amenaza los ecosistemas y la reproducción de alimentos.

Pese a ello, ni gobiernos ni corporaciones pretenden frenar lo que están ocasionando y avanzan incluso en la lógica de aumentar los negocios y ganancias con la misma crisis climática que han provocado, con la economía verde, con la financiarización de la naturaleza, con las compensaciones y los supuestos Mecanismos de Desarrollo Limpio (MDL), entre otras políticas.

El reciclaje del CO2 se ha convertido en otro negocio y su reabsorción ya tiene un precio en el mercado. Las supuestas soluciones no llegan a la raíz del problema. El sistema de gobernanza global no lo detiene sino que lo acelera. Muchos intentos para supuestamente detener este deterioro ambiental siguen siendo espejismos. La Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro, las Conferencias de las Partes (COP), el Protocolo de Kioto, los prgramas de Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación de los bosques (REDD), el Acuerdo de París, el Acuerdo de Escazú del Principio 10, entre otras tantas y tantas iniciativas para paliar el cambio climático, reducir el CO2 o detener la deforestación.

Pero siempre los objetivos son a 20 o 30 años, cuando ya quizás sea imposible hacer mucho, y además sin sacrificar la maquinaria del «desarrollo» aparentando que es posible que dicho desarrollo sea «sustentable». Llevamos prácticamente treinta años desde que se advirtió, se gritó y se urgió a hacer algo para desacelerar este proceso.

Si bien ante esta realidad es necesario adaptarnos, no es la solución del problema. Y la mitigación es sólo un paliativo. Hay que revertir esta tendencia, transitar ya a otro sistema que se pueda sustentar a sí mismo. Es necesario buscar alternatos, otras formas de vida, donde el replanteamiento de nuestra relación-reincoporación a la Naturaleza sea desde otra perspectiva.

Urge relacionarnos con los demás seres naturales como sujetos de derechos y no como meros objetos e instrumentos para la acumulación y solo en función de la humanidad. Pero, ¿qué implica la «Naturaleza»? ¿Tiene «Derechos»? ¿Cuáles? ¿Es objeto de Derechos? ¿Cuáles son sus Derechos? ¿Quién le reconoce esos Derechos? ¿Qué significa Derechos para la Naturaleza? ¿Qué diferencias hay con el Conservacionismo? Estas y más preguntas están en el debate de la ecología y el ambientalismo, de las políticas ambientales y de la ecología política. Así, muchos conceptos son necesarios debatir, reflexionar, deconstruir o se debe generar nuevos.

Algunas voces ya cuestionan por ejemplo el concepto de «Madre Naturaleza» contra la idea del rol que se les impone a las mujeres de «dadoras», «cuidadoras», únicas responsables y pasivas de otorgar vida. Pero también hay otras reflexiones en torno a las mujeres y los conflictos ecoterritoriales o del ecofeminismo. También se está poniendo al escrutinio intelectual el concepto de «Bienes» «Comunes» «Naturales» o de la «Naturaleza», o «Bienes» «Naturales» «Comunes». O la lucha por lograr una Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza.

Por otro lado se han incorporado a la reflexión los conceptos y realidades como la «ecologización del pensamiento», los «procesos ecopedagógicos», «ecodesarrollo», «ecodependencia», «ecosustentable», «ecoteología» y «ecopopular». Y para todo, «eco»: ecotienda, ecobici, ecombustible, ecoturismo, ecolavandería, etc. Y muchas de estas adaptaciones conceptuales solo camuflan la realidad y pintan de verde la misma lógica del capital.

Desde esta perspectiva del desastre climático que estamos generando, se debaten también los conceptos de «transición», «transición ecológica», «postextractivismo», «alternativas», «derechos de los ríos», «deconstrucción», «extractivismo histórico», «alienación socio-ecológica», «territorialización extractiva», y así muchos más.

Otro análisis asociado a esta temática es la apropiación corporativa de los territorios y la violación corporativa de los derechos humanos pero también de la naturaleza. La humanidad pretende intervenir y dominar la naturaleza, manipularla, alterarla, consumirla en exceso y con lujuria; modificarle cualidades genéticas y apropiarse de ella; ponerle dueño y precio convirtiéndola en una mercancía para la acumulación sin respetar sus ritmos de reproducción. Esta es la lógica del sistema capitalista, la dominación, la explotación, la expropiación y extracción de plusvalía que va desde la relación con la naturaleza como con el trabajo. Es la extracción asociada con el proceso de acumulación, ganancia y desigualdad de clases.

Por lo visto, ser ambientalista y ecologista implica necesariamente ser anticapitalista. Y ser anticapitalista significa defender los Derechos de la Naturaleza y vincular los temas ambientales con los derechos humanos.

El conflicto no es entre la humanidad y la naturaleza, cuya articulación y unidad es inevitable y connatural, por ser un ser natural. Y es en esta interrelación como se conforma la construcción socio-natural en el territorio. El conflicto estriba en ese modelo de relación humanidad y naturaleza. Obviamente se resignifican elementos de la naturaleza al incorporarlos en esta relación y unidad, pero la valoración capitalista es exclusivamente para el mercado y la acumulación donde la naturaleza pasa a ser principalmente un objeto de usufructo y de maximización de ganancias.

Así, la contradicción fundamental es entre capital-naturaleza, que estriba en el proceso por el cual la naturaleza y su espacio territorial, acuático y aéreo, pero también su esencia como es su información genética, se convierten en mercancía y por lo tanto en precio, dueño, competencia, monopolio, control y poder. Este extractivismo alienante socio ecológico, merma la base natural que le da sustento al capitalismo y su sistema de producción, ya que no toma en cuenta el tiempo de reproducción de la naturaleza y su metabolismo con el fin de no interrumpir la maximización de las ganancias, y la acumulación articulada por el despojo y la reproducción ampliada del capital. Y es que el extractivismo es una parte e instrumento de la acumulación que es el motor fundamental del capitalismo.

El Observatorio de los Derechos de la Naturaleza

Frente a esta problemática planetaria, en junio de 2018 se ha creado el Observatorio de los Derechos de la Naturaleza (ODN, http://naturerightswatch.com/) con el fin de identificar y señalar las violaciones de los Derechos de la Naturaleza.

Esta iniciativa impulsada por Eduardo Gudynas es un espacio de reflexión, análisis y debate que se hace urgente en este contexto. Es «un programa independiente de partidos políticos, gobiernos y organizaciones empresariales. Se apoya en un Comité Asesor con personalidades destacadas de distintos países, y un colectivo de organizaciones y centros.»

La premisa fundamental para el Observatorio es que «la más reciente e importante innovación en ese nivel es el reconocimiento de la Naturaleza como un sujeto de derechos». Esta perspectiva ha sido origen para el diseño de nuevas políticas y gestión social como el que se ha realizado en Ecuador en su nueva Constitución en 2008. Un debate que recoge Bolivia o la definición de derechos ambientales específicos como en Nueva Zelanda, India y Colombia.

Para el Observatorio es necesario abordar el problema con un enfoque más profundo ya que «las respuestas políticas y tecnológicas a la presente crisis ecológica han sido insuficientes para alcanzar una sustentabilidad ecológica». Por ello es necesario reconocer y asignar valores a la Naturaleza.

Para el Observatorio, el concepto de «Derechos de la Naturaleza» implica reconocer «la diversidad de valoraciones humanas de la Naturaleza», más allá del aspecto económico que invisibiliza los aspectos culturales, estéticos, religiosos, ecológicos, entre otros. Sin embargo, hay otro elemento fundamental que es el reconocer los valores propios e intrínsecos en la Naturaleza y que son independientes de la utilidad o de cualquier otra apreciación humana. Con ello pasa de ser objeto a ser sujeto de derechos.

En el Observatorio se está consciente de cómo en los debates sobre los recursos naturales o la conservación por lo general terminan enfocados en las valoraciones económicas. E incluso muchas comunidades originarias tienen la dificultad de visibilizar o hacer valer frente a los gobiernos y empresas que la Naturaleza y el territorio donde habitan tiene otras dimensiones culturales, religiosas, estéticas o sociales. O se pretende cuantificar la indemnización del despojo con el precio económico de los bienes tangibles de la naturaleza pero no los intangibles, incluso aquellas acciones sociales que se llevan a cabo en el territorio y que sin él no serían posibles. Todavía más, también quedan relegadas aquellas especies o ecosistemas que no tendrían ninguna «utilidad» para los humanos.

Las comunidades campesinas y originarias, en su lucha por defender los territorios y los Derechos de la Naturaleza, también se encuentran con el cuestionamiento de ofrecer otra narrativa, otra alternativa científica y técnica a la propuesta por lo proyectos de despojo que venden «desarrollo», bienestar, empleo, salud, educación, resarcimiento y mejores condiciones de vida con el arribo de los proyectos de muerte como son las minas y represas; o los monocultivos de palma de aceite, soja y maíz transgénicos; pero también gasoductos, oleoductos, super carreteras, nuevos y más enormes aeropuertos, pozos petroleros, fracking, regasificadoras, Zonas Económicas Especiales, parques industriales y eólicos, turismo de élite, y otras tantas inversiones pintadas de «verde», «sustentable», «desarrollo», «mecanismos limpios», «energía limpia», «responsabilidad social corporativa», entre otras.

El Observatorio está convencido que la perspectiva de los Derechos de la Naturaleza es una solución a muchos de estos problemas. «Permite y además requiere una apertura a la diversidad de las valoraciones humanas mientras que al mismo tiempo reconoce los valores intrínsecos independientes». Esto promueve un debate más democrático en el reconocimiento y entendimiento de las distintas valoraciones y sensibilidades en juego en las interacciones con la Naturaleza.

Para el Observatorio, «el reconocimiento de los derechos de la Naturaleza no excluye ni compite con los derechos humanos de tercera generación relacionados con la calidad del ambiente o de la vida. Este tipo de derechos opera en paralelo y permite coordinaciones y complementaciones con los derechos de la Naturaleza.»

Se considera que los Derechos de la Naturaleza no son un sinónimo de los derechos de los animales. Y que no se excluye ni se condena el uso de los llamados «recursos naturales», pero impone que las estrategias de desarrollo deben estar enmarcadas en objetivos de sustentabilidad ecológica, en el sentido de asegurar la sobrevida de las especies.

En el sitio web se ofrecen textos sobre los Derechos de la Naturaleza desde muy diversas miradas. Se puede consultar la sección y las subsecciones de Documentos donde se encuentran Artículos, Libros y Notas de Opinión.

El Observatorio «promoverá la perspectiva de los Derechos de la Naturaleza por medio de investigaciones, capacitación, difusión y apoyo a distintos movimientos e instituciones. Del mismo modo mantendrá un Observatorio de las violaciones a los Derechos de la Naturaleza, especialmente a los relacionados con incumplimientos a los derechos humanos, así como las respuestas ciudadanas y los instrumentos legales que operan.»

Las metas del Observatorio incluyen:

1) «El seguimiento de la situación de los derechos de la Naturaleza, incluyendo una revisión de los marcos legales, las violaciones, y las respuestas ciudadanas y gubernamentales.»

2) «Identificar las mayores violaciones de esos derechos, y en especial cuando están asociadas a violaciones de los derechos de las personas, incluyendo tanto las que representan ilegalidades como las que se aprovechan de alegalidades.»

3) «Promover esta perspectiva, con investigaciones, capacitación, difusión y apoyo distintos movimientos e instituciones.»

«El Observatorio parte de reconocer los derechos de la Naturaleza, asumiendo que éstos se deben aplicar en todos los países. A partir de allí identificaremos los casos de violación de esos derechos, independientemente de las implicaciones para la utilidad humana. Esto permite la articulación de defensas de la Naturaleza que no necesariamente se argumentan desde la economía u otra variedad de utilitarismo, con lo que se recuperan muchas expresiones que son actualmente desestimadas. Además, nos enfocaremos en las violaciones que a su vez están asociadas a incumplimientos de los derechos humanos.»

«Nuestro trabajo apuntará presentar reportes sobre esos distintos casos, y apostará a acompañar a movimientos sociales y otros actores sociales a revertir esos incumplimientos. Paralelamente, el Observatorio trabajará en la promoción de este marco conceptual, las herramientas de evaluación, los intercambios de experiencias, elaboración de indicadores, apoyo a reformas legales y capacitación.»

«Mantendremos una activa presencia en los medios y redes sociales, y nuestro sitio web servirá como una biblioteca de recursos e información

El Observatorio siempre estará abierto a recibir informaciones, análisis, reflexiones, aportes, publicaciones, noticias relevantes y también información para dar seguimiento a los casos.

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El Escaramujo 78: LA «MINI REPRESA» SANTO DOMINGO, UN PROYECTO INVIABLE

Los «Escaramujos» son documentos de análisis producidos por Otros Mundos A.C. Les presentamos el último número de la colección, esperando les sirva para sus trabajos en defensa de los territorios. (Ver todos los números del Escaramujo)

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Una nueva tendencia de la supuesta energía limpia y renovable es la sustitución de los grandes embalses por las «mini» hidroeléctricas. Bajo este esquema, la empresa en México no pierde, su inversión es subsidiada por el gobierno y los bancos y mecanismos multilaterales, su ganancia es segura por décadas, y las aguas superficiales y las cuencas se ponen a su disposición para el negocio.

De cualquier manera la afectación social y ambiental es considerable y se convierte en irreversible cuando se instalan varias «mini» represas en la misma cuenca. El argumento central ahora es que no inundan, no afectan a poblaciones ni al medio ambiente y combaten el cambio climático.

Las represas se pueden clasificar de varias formas, según el tamaño de la cortina, la cantidad de agua embalsada o la cantidad de energía que generan. Así, existen presas mayores, grandes, pequeñas, micro y minis. Según la «Comisión Internacional de Grandes Represas», define a las grandes represas aquellas cuya cortina mide 15 o más metros de altura.

La represa: La represa Santo Domingo, de construirse, mediría 12 metros. Una supuesta «mini» hidroeléctrica sobre el Río Lacantún produciría 110 Mw. Para ello la Empresa GENERACIÓN ENERSI S.A. DE C.V. presentó en junio de 2018 un «Manifiesto de Impacto Ambiental del Proyecto Hidroeléctrico para la Generación de Energía Renovable Santo Domingo» con muchas deficiencias técnicas y de información. La empresa dice que no generar. Gases Efecto Invernadero, lo que obviamente es imposible.

¿Quién es ENERSI?: Es una empresa mexicana productora de energía que tiene proyectos en varios estados del país. Entre ellos en el estado de Puebla. En Colima su proyecto hidroeléctrico en el río Almería en el municipio de Comala fue rechazado por la SEMARNAT. En Oaxaca pretende construir otra presa con el rechazo de las comunidades del municipio de San Felipe Usila. En Guerrero se ha encontrado con la oposición a la represa de riego Andrés Figueroa, en el municipio de Ajuchitlán.

¿En qué consiste el Proyecto Hidroeléctrico Santo Domingo? Veamos algunos de sus componentes según su Manifiesto de Impacto Ambiental:

¿Dónde se ubicaría?: Entre las comunidades Loma Bonita y Las Nubes, en el municipio de Maravilla Tenejapa, Chiapas. Coordenadas 16º12’12.66″N; 91º19’43.34″O y 16º12’18.66″N; 91º19’34.60″O. Se pretende desviar parte del Río Lacantún que cuenta con un flujo constante de agua. La cuenca de escurrimiento pertenece a la Región Hidrológica No. 30 Rio Grijalva-Usumacinta. El río principal es el Rio Lacantún producto de la confluencia de los Ríos Pojom, en la República de Guatemala y Santo Domingo, en México, a 4 km al sur de la comunidad de Nuevo San Juan Chamulla (El Pacayal). Y confluye el Río Seco a 2 km al noroeste de la comunidad Nuevo Marzám. Luego se unen los Ríos Dolores, Calinete, Euseba y Jatat.

Duración de la represa: El proyecto hidroeléctrico tendría una duración de 34 años donde la empresa pretende tardar 2 años en preparar el sitio y en construir la represa. Luego 30 años de vida útil en que estará operando y produciendo energía; y por último dos años de restitución ambiental y restitución del paisaje en sus condiciones iniciales incluida el abandono de las instalaciones y restauración del cauce intervenido por obra de descarga, algo imposible, pero solo en caso necesario, ya que pretende mantener la presa indefinidamente.

¿Quiénes son los actores involucrados? La Secretaria de Energía, La Comisión Reguladora de Energía, La Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, El instituto de Investigaciones Eléctricas, La Comisión Federal de Electricidad, La Compañía de Luz y Fuerza del Centro, La Secretaria del Medio Ambiente y Recurso Naturales, La Secretaria de Desarrollo Social, el Fideicomiso de Riesgo Compartido, y diversas asociaciones que actualmente promueven la explotación de las Energías Renovables.

¿Cómo funcionaría? El proyecto se compone de 5 partes.

1. Estructura para la toma de agua. En un punto del Río Lacantún se represará el agua y se canalizará una parte hacia otro punto del río aguas abajo. En el intermedio de 5.5 km, el caudal de agua disminuiría afectando a los ejidos Ni.os H.roes, las Nubes, Loma Bonita, Santa María Agua Azul y La Fortuna del Gallo Giro. Por otro lado, el ejido Loma Bonita sería cruzado de lado a lado por el túnel de desviación del agua del río. La presa tendría una elevación de 200 m.s.n.m., con una dimensión de 50 x 100 m, y una superficie de 4,800 m2. La toma de agua tendrá un canal de llamada, una estructura de entrada, otra de transición y tendra una superficie de 500 m.. La superficie requerida para la obra derivadora sería de 1,440 m2., con una altura de cortina de 12 m y un ancho de cause de 60 m.

Sin embargo, toda la Cuenca Lacantún-México tiene una disponibilidad de 515.13 m./s, y la represa pretende tomar 238 m3/s para captar y desviar, que equivale a casi el 50% de toda la cuenca, cuando en el punto de la toma de agua para el desvío solo se dispone de 92.72 m./s. Esto significar.a que el río se quedaría seco en los siguientes 5.5 km en que encuentra nuevamente el punto de descarga. O sea, es inviable.

2. Conducción: una tubería a presión conducirá el agua cruzando el Ejido Loma Bonita de lado a lado para alcanzar el mismo Río Lacantún en el otro punto a 52 metros menos de altura, donde estaría la Casa de Máquinas. Este túnel de desviación tendrá una pendiente de inclinación de 5%, e introduciría el agua en las tuberías insertadas en túneles a la Casa de Máquinas a razón de 238 metros cúbicos por segundo. La tubería sería de concreto reforzado con un diámetro nominal de 2.50 m y 1.80 m con remoción de vegetación de 1440 m2. Sin embargo, en el punto de toma no hay toda esta agua disponible para desviar.

3. Casa de Maquinas con subestación elevadora: La Casa de Máquinas es el edificio que recibe el agua y es donde se instalan las turbinas, bancadas, generadores, alternadores, cuadros eléctricos, cuadros de control, etc. Tendría una extensión de 6 mil m2. Tendría 4 turbinas que recibirían el agua para obtener una potencia instalada de 110 Mw. La Casa de Máquinas estaría conectada a una subestación eléctrica con un transformador. Se llama subestación eléctrica «elevadora» porque está situada en las inmediaciones de la central generadora de energía y eleva el nivel de tensión. Además, se construiría el desagüe hacia el canal de descarga que contaría con una superficie de 60 m2, con estructuras encajonadas de concreto de 60 A x 10 L x 3.50 H, 4 tuberías de 2.00 m de diámetro y descarga a superficie libre.

La estructura estaría diseñada para que se pueda retornar el agua al río en caso de que las turbinas se detuvieran. Tendría compuertas para regular la cantidad de agua que llegue a las turbinas y equipamiento que impida el acceso a objetos extraños como ramas, troncos, rocas, etc. que puedan provocar desperfectos en las instalaciones o da.os en los alabes de las turbinas.

Se construiría un muro de contención perimetral de mampostería. La construcción del edificio de la Casa de Máquinas sería a base de cimentación de concreto armado, block de concreto ligero, techos a dos aguas de losa armada. Para este mismo, se construiría también un área de servicios donde se concentrarían las oficinas, bodega, taller y sanitarios con descarga hacia una fosa séptica.

4. Línea de transmisión hasta el punto de Interconexión: La línea de conducción de la energía por los ejidos hasta encontrar la conexión con la CFE tendría una longitud de 1,584 metros. Esto implicaría despalme y desmonte; perforación de pozos para la construcción de los cimientos de las torres donde va el cableado. Las líneas eléctricas también tendrán que cruzar varios ríos, uno de ellos es el mismo Río Lacantún. Encontrada la conexión con la CFE, de ese punto la energía sería transmitida a lo largo de 5 municipios con un total de 96 kilómetros desde los municipios de Maravilla Tenejapa pasando por Las Margaritas, La Trinitaria, La independencia hasta la Subestación de Energía Eléctrica en Comitán interconectándose con el sistema de la CFE.

La construcción de las torres de la línea de transmisión comenzará con la limpieza un área de 20 x 20m en donde se emplazará cada estructura, y de la franja central de 2 m que será posteriormente utilizada para el tendido de cables. La limpieza consistir.a principalmente en el roce y despeje de la vegetación y la remoción del material superficial (piedras u otros). Se realizaría la restauración de caminos en una longitud de 20.37 kilómetros en un ancho de 15 metros.

5. Caminos de acceso y operación: Se aprovecharían los caminos, principalmente el que conecta a la localidad de Loma Bonita del Municipio de Maravilla Tenejapa con el Centro Ecoturístico Loma Bonita. Se construirían otros caminos para el acceso a la construcción de la toma de agua, el Túnel para la Conducción, el acceso a la Casa de Maquinas y a la Subestación.

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Más información:

Rechaza SEMARNAT presa hidroeléctrica Santo Domingo, en Chiapas

El Escaramujo 77: AMLO, ¿Progresista o de Izquierda?

Los “Escaramujos” son documentos de análisis producidos por Otros Mundos A.C. Les presentamos el último número de la colección, esperando les sirva para sus trabajos en defensa de los territorios. (Ver todos los números del Escaramujo)  

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El primero de Julio de 2018 se llevaron a cabo unas históricas elecciones donde el pueblo mexicano otorgó la presidencia a Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y a su Partido Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) que, en coalición con otros partidos, arrasó en prácticamente todo el país las candidaturas a elección popular. Muchas reflexiones, pronósticos y diagnósticos se han hecho y se siguen haciendo sobre su significado hoy, a mediano y largo plazo. Y aunque todavía no toma posesión de la presidencia, para muchos ya no cumplió con sus promesas y para otros nunca lo hará. Para otras personas el cambio radical por fin ha llegado. Y hay quien dice que es necesario esperar más tiempo para ver en realidad si se producen esos cambios esperados. En fin, por ello quien escribe sobre estos pronósticos se arriesga a recibir aceptaciones o críticas. Nos arriesgamos.

México ha pasado por unas elecciones históricas.

AMLO ganó la presidencia con el 53.19% de las preferencias -seguido por Ricardo Anaya con 22.27%-, y con más de 30 millones de votos a su favor. Este es su tercer intento por llegar a la presidencia (2006, 2012 y 2018). Luego de 12 años después de su primera candidatura, se encuentra con un México más devastado por la violencia, los feminicidios, los desaparecidos, la corrupción, el crimen organizado, la pobreza, el extractivismo, la deuda externa disparada, así como cambios constitucionales y de leyes secundarias por medio de las cuales se ha vendido al país a las corporaciones transnacionales que disputan los territorios a los pueblos indígenas, campesinos e incluso urbanos.

Es originario del estado de Tabasco y quien fuera del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y del Partido de la Revolución Democrática (PRD) de quienes se separó años atrás. Fue Jefe de Gobierno de la Ciudad de México del 2000 al 2005. En 2011 inicia la génesis de lo que será luego el Partido Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) que obtiene su registro en 2014.

De una lista nominal de 89.2 millones de personas, votaron más de 56 millones de mexicanos y mexicanas, datos récord en la historia del país. Es la primera vez que se eligen a tantas autoridades en todas las 30 entidades del territorio mexicano, más de 3,000 cargos públicos: el Presidente de la República, el 100% de la Cámara de Diputados compuesto por 500 diputados, 128 senadores, 8 gubernaturas, la Jefatura de la ciudad de México y sus 16 alcaldías, 972 diputaciones locales, 1,596 ayuntamientos y 184 juntas municipales.

Los fraudes en los procesos electorales anteriores en México han sido descomunales y en el contexto de una creciente violencia. Y éste no es la excepción. El año 2017 fue el año más violento registrado en las últimas décadas. Previo a las elecciones de julio 2018 se dieron más asesinatos y durante la jornada se registraron robo de urnas y amedrentamientos por parte de grupos armados. Según el Séptimo Informe de Violencia Política en México 2018 de la consultoría Etellekt, se registraron 774 agresiones a políticos entre el 8 de septiembre de 2017 y el 1 de julio 2018, de las cuales 152 fueron asesinatos. Otras fuentes señalan que de las aproximadamente 90 personas asesinadas durante el proceso preelectoral hasta la fecha, todos miembros de partidos o candidatos a diversos cargos públicos, más de 30 han sido de MORENA. Pese a todo ello, estas elecciones fueron calificadas sin violencia ni fraude. Y es que la contundencia de los millones de votantes a favor de AMLO opacó el hecho de que este proceso electoral ha sido el más violento en los últimos 20 años.

Sin embargo, no hay que olvidar que no todo fue a favor de AMLO, sino a favor del hartazgo de la sociedad mexicana frente a los gobiernos presidenciales siempre del PRI y los dos únicos del Partido Acción Nacional (PAN) (2000-2006 y 2006-2012), que generaron en la población un anhelo de cambio hasta en los estados en que nunca se había visto, menos en uno, en Guanajuato. Lo jamás visto. Por ello, el Presidente más impopular, ridiculizado y vilipendiado por la sociedad mexicana, al ver el tsunami electoral en su contra, se apresuró a firmar diez decretos que suprimen vedas para facilitar la extracción del agua por las empresas y amarrar otras acciones que garantizaran la continuidad del entreguismo del país al mercado transnacional. Y por cierto, tampoco se produjo la crisis en la bolsa tan anunciada ni la fuga de capitales masivos. No se fueron las empresas del país y tampoco se devaluó terriblemente la moneda.

Sí habrá “cambios”: el maquillaje político y social.

AMLO ejecutará acciones que significarán mucho para la población mexicana, pero serán simbólicas ya que no van a tocar, ya no digamos modificar, la raíz del problema. Y ello no significa que no sean buenos y necesarios. Lo son dentro de un proceso de transición de largo plazo ya que no se logra enfrentar a tantos intereses enquistados en el aparato de gobierno. Sin embargo, pronto no serán suficientes para el pueblo mexicano que exige un cambio de rumbo en la política económica del país.

De cualquier modo, el maquillaje político y social tendrá su atractivo y la tentación a que su gobierno sea intocable a las críticas. Por ejemplo, las propuestas que ha expresado AMLO ahora y desde hace años: no usar el avión presidencial de lujo, vender la flota de transporte aéreo de la presidencia, reducir salarios a los funcionarios, vivir en austeridad, no aceptar guardaespaldas, no vivir en la casa presidencial de Los Pinos y convertirlo en parte del Bosque de Chapultepec. Otorgar becas para estudiantes o eliminar los sueldos vitalicios a los ex presidentes; decretar que nadie gane más sueldo que el presidente de la República que lo definirá en 108 mil pesos mensuales. Quitarle inmunidad al Presidente para que sea juzgado por delitos electorales y de corrupción así como eliminar fueros y privilegios a funcionarios públicos. Tipificar como delitos graves el tráfico de influencias y la asociación entre empresas y funcionarios públicos para defraudar a Hacienda. Lograr la autonomía de la Fiscalía General; combatir la corrupción y acabar con la impunidad; combatir el fraude electoral; no comprar más bienes inmuebles y disminuir la planta de asesores de las secretarías; eliminar los bonos a los funcionarios y las estructuras y programas duplicados en el gobierno; disminuir viáticos, viajes al extranjero y personal de confianza. Prohibir el uso de vehículos públicos para fines personales; no contratar a familiares y reducir el 50% el gasto de publicidad del gobierno. Los funcionarios públicos no podrán convivir en fiestas con contratistas, grandes empresarios o proveedores a la función pública. Los choferes solo serán para secretarios y subsecretarios; y los policías y militares ya no estarán al servicio de funcionarios o particulares. El Estado Mayor Presidencial se incorporará por completo a la Secretaría de la Defensa; cancelar toda labor de espionaje o intervención telefónica que afecta a la privacidad de las personas; ahorrar en gastos operativos en todas las oficinas de gobierno; transparentar las licitaciones públicas; limitar las partidas en los presupuestos de diputados y senadores. Los funcionarios públicos no podrán recibir regalos mayores a 5 mil pesos y eliminar la contratación de despachos de asesores. En las relaciones comerciales con empresas trasnacionales se priorizarán aquellas cuyos países y gobiernos se caractericen por su honestidad y combatan la corrupción y se eliminará la figura de la “Primera Dama”, entre otras medidas.

Incluso anuncia que retomará los Acuerdos de San Andrés firmados entre el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) y el Gobierno Federal en 1996, lo que ha desatado una polémica y respuesta de los zapatistas que se enfrentaron con él en 2006 para evitar que llegara AMLO a la presidencia según anunciaron en sus comunicados de aquél entonces. Sin embargo, no hay que olvidar que los resultados de la Mesa 1 sobre “Derechos y Cultura Indígena” contradecían radicalmente la política impuesta por el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional en el sentido de privatizar la educación, la salud, las tierras o los monumentos históricos del país. Por ello, el gobierno traicionó los Acuerdos de San Andrés sobre la autonomía de los pueblos indígenas sobre sus territorios, ya que la agenda de los Tratados de Libre Comercio incluía la privatización del 52% el territorio nacional que se encontraban en manos de ejidatarios y comuneros donde la inversión extranjera esperaba arribar con sus proyectos extractivos. Y eso es algo que muchos sectores del país no lograron entender, que los zapatistas luchaban por toda la población mexicana en contra de las políticas neoliberales. Razón tienen en no creer en las promesas del “mal gobierno”. Pero si AMLO efectivamente quiere cumplir con los Acuerdos de San Andrés tendría que echar atrás las reformas constitucionales, la Ley de Seguridad Interior, la Reforma Energética, otras leyes secundarias así como muchas privatizaciones y los proyectos extractivos del país. Sin embargo, ha afirmado en varias ocasiones que sus acciones se realizarán dentro del “marco legal actual”, por lo que no habrá cambios.

Su futura Secretaria de Energía, Rocío Nahle García, así como el futuro titular de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Manuel Bartlett, de lamentables antecedentes políticos, han anunciado que no se echará abajo la Reforma Energética votada en diciembre del 2013, la cual aceleró el despojo de los territorios acabando con la nacionalización de la producción petrolera y abriendo las puertas al fracking. Así, el cumplimiento con los Acuerdos de San Andrés implicaría oponerse frontal y radicalmente al capitalismo atroz que galopa impune en el país, por lo que se antoja imposible, y muy probablemente sus acciones en la materia no pasarán de algunos elementos de maquillaje. Y mucho menos se vislumbra que los otros temas que quedaron pendientes en el proceso de paz se continúen.

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Más Escaramujos:

El Escaramujo 76: LA GEOPOLÍTICA MINERA DE ESTADOS UNIDOS

Los «Escaramujos» son documentos de análisis producidos por Otros Mundos A.C./Amigos de la Tierra México. Les presentamos el último número de la colección, esperando les sirva para sus trabajos en defensa de los territorios. (Ver todos los números del Escaramujo)

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Donald Trump afirma que muchos países se benefician y se aprovechan de Estados Unidos; que son víctimas a costa del enriquecimiento de otros. Sin embargo, las trasnacionales de Estados Unidos o las que se asientan en este país, así como grandes sectores industriales, son de las más ricas y poderosas del planeta, quienes se han enriquecido de los Tratados de Libre Comercio que ha impuesto a todos los países de América Latina y el Caribe así como en otros continentes.

La guerra comercial que ha desatado del presidente de Estados Unidos altera la estrategia extractivista y amenaza nuevos territorios campesinos y de los pueblos originarios, ya que conlleva otras repercusiones políticas, económicas, sociales, militares y ambientales. Nuevos frentes de resistencia se podrán abrir donde menos se esperaban. El conflicto de Trump con Canadá, Rusia, China, México, Japón y la Unión Europea entre otros frentes, les plantea a las grandes trasnacionales, a los potentes sectores industriales de Estados Unidos así como a las corporaciones mineras del mundo, buscar otros territorios, nuevos países dónde imponer las políticas extractivistas necesarias. O quizás extraer los minerales de su propio territorio, lo que implicaría mermar sus reservas minerales en algunos casos y agudizar conflictos sociales y ambientales.

El Departamento de Economía de Guerra de los Estados Unidos creó dos conceptos claves. El de «minerales estratégicos» y el de «minerales críticos». Los minerales estratégicos son aquellos de urgente necesidad e imprescindibles para la industria bélica. En su momento fueron estratégicos: manganeso, cromo, níquel, estaño, tungsteno, vanadio, aluminio, magnesio, cobre y cuarzo hialino. Los minerales críticos son aquellos que no existen en su territorio o son muy escasos. (Ver Manual «La Mina nos Extaermina»)

En la medida en que la ciencia y la tecnología avanzan; cuando se descubren nuevos inventos y mejoras industriales; cuando se crean otras necesidades en el mercado; cuando se establecen nuevos Tratados de Libre Comercio; cuando se generan guerras comerciales y se modifican los acuerdos arancelarios; o cuando por su acceso y otras condiciones hacen poco rentables la extracción de ciertos minerales, algunos de ellos pierden relativa importancia y otros se vuelven «estratégicos» o «críticos». Es así como la mirada hacia otros territorios cambia la estrategia de intervención. Esta intervención puede ser por medio de invasiones armadas, creación de conflictos internos para justificar la intervención o por Tratados de Libre Comercio o sus diversas variantes llamados Acuerdos de Alcance Parcial, Tratados Bilaterales de Inversión, Sistema Generalizado de Preferencias, Tratados de Integración, Acuerdos Comerciales Preferenciales, Acuerdos Parciales o Acuerdos de Asociación. Para ello, es necesario la modificación de las Constituciones nacionales de los países donde se pretende extraer los minerales -así como de sus leyes secundarias- con el fin de armonizarlos y garantizar el extractivismo de las grandes empresas mineras.

Desde esta perspectiva habrá que contextualizar las políticas de Donald Trump. Estados Unidos abandona el Tratado Transpacífico; pretende negociar el Tratado de Libre Comercio con Canadá y México; China aplica de igual manera sanciones y aranceles en respuesta a medidas parecidas del presidente Trump; Estados Unidos se enfrenta a Canadá en otra guerra arancelaria cuando éste país negocia un Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea. Estados Unidos impone un arancel del 25% al acero y un 10% al aluminio y pretende cobrar arancel a la importación de vehículos de la Unión Europea, especialmente los provenientes de Alemania.

Todos los sectores industriales que usan acero y aluminio tendrán que subir sus costos o reubicarse en otros países para mantener la cuota de extracción, despojo y acumulación. La industria siderúrgica, alimentaria, química, médica, automotriz, bélica, espacial, de construcción, de energía, entre otras muchas, entran en cuestión frente a la modificación de la estructura arancelaria. Todos los sectores requieren de insumos minerales cuya ruta de extracción se ve modificada.

Según el Mineral Commodity Summaries 2018 del U.S. Department of the Interior y del U.S. Geological Survey, los 63 minerales claves para la industria y la economía de las corporaciones radicadas en los Estados Unidos se extraen de 53 países del mundo (ver cuadros más abajo). Sin embargo, su dependencia es más grave cuando la tercera parte de esos minerales depende al 100% de extraerlos principalmente de 24 países. Esto no significa que de dichos países son los únicos de donde se extraen los minerales, o los únicos lugares donde existen, sino que de ahí ha decidido extraerlos por condiciones geográficas, políticas o económicas ventajosas. Por tanto, el gobierno de Estados Unidos despliega una geopolítica específica para tener acceso a estos países y extraer lo que necesita para sus empresas.

Estos 21 minerales de los cuales Estados Unidos depende al 100% de extraerlos e importarlos de otros países son: trióxido de arsénico, asbestos, cesio, fluorita, galio, grafito natural, indio, manganeso, mica, sienita, niobio, cuarzo, tierras raras, rubidio, escandio, estroncio, tántalo, talio, torio, vanadio e itrio. Esto significa que la industria de Estados Unidos depende 100% de la importación de estos minerales para la industria de fármacos, construcción, papel, cemento, automotriz, energía, metalurgia, aleaciones, maquinaria industrial, vidrio, cerámica, medicina, turbinas, equipo médico, industria aeroespacial, aviones militares, relojes atómicos, pirotecnia, telefonía, satélites, computadoras, televisores, implantes médicos, combustible nuclear, filamentos de lámparas eléctricas, material cerámico de alta temperatura, lamparas electrónicas, lentes de alta calidad para instrumentos de precisión, electrodos especiales para soldadura, reactores nucleares, entre otros muchos productos y sectores. Esto tiene repercusiones en las empresas trasnacionales más importantes de estos sectores.

Desde otra perspectiva, Estados Unidos depende casi al 100% de 24 países: Marruecos, China, Bélgica, Brasil, Rusia, Canadá, México, Sudáfrica, Vietnam, Alemania, Reino Unido, Ucrania, Francia, República de Corea, Gabón, Australia, Georgia, Austria, Japón, Rumanía, Estonia, Ruanda, India y República Checa. Es significativo que de estos países hay algunos que aportan el 100% de todo el mineral que requiere, como es el caso de Canadá que aporta a Estados Unidos el 100% del cesio, sienita, turba y rubidio. Cabe destacar que el cesio no es muy abundante en la corteza terrestre y hay solo 7 partes por millón.

Por su lado, China aporta a Estados Unidos casi el 100% de escandio. China, Canadá y Rusia son los países que más le aportan minerales a Estados Unidos y es con quienes el Presidente Donald Trump tiene mayores conflictos comerciales. Rusia y Alemania le aportan casi el 100% del talio; India y Reino Unido el 100% del torio; Brasil y Rusia le aportan el 100% del asbesto.

México, China, Sudáfrica y Vietnam aportan a Estados Unidos casi el 100% de la fluorita que necesita para su industria. Cabe mencionar que en México se encuentra la mina de fluorita más grande del mundo y el país exporta entre el 60 a 75% de su producción total de fluorita.

Existen otros 31 minerales de los cuales Estados Unidos depende entre el 50% y el 99%; y por último, otros 11 minerales de los cuales depende en un porcentaje de entre el 26% y el 47%. Pero entonces, ¿por qué Donald Trump se enfrenta contra los países de quienes depende al 100% de sus minerales? ¿Por ignorancia? ¿Por estrategia? Sea cual fuera la causa, el problema para los pueblos es que el extractivismo de los minerales va cambiando, y por ello es necesario implementar estrategias de prevención contra el Modelo Extractivo Minero. Decretar territorios libres de minería es una tarea prioritaria para la defensa de la vida, así como mapear preventivamente los territorios con la participación y apropiación del conocimiento de los
movimientos territoriales ayudará a enfrentar la depredación del modelo extractivo.

(…)

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Más Escaramujos:

El Escaramujo 75: NO SEAS PRESA DE LAS REPRESAS    
El Escaramujo 74: ¿QUÉ ES LA REPARACIÓN?    
El Escaramujo 73: LA LEY DE SEGURIDAD INTERIOR EN MÉXICO    
El Escaramujo 72: LA ZONA ECONÓMICA ESPECIAL DE PUERTO CHIAPAS    
El Escaramujo 71: BERTA CÁCERES, NACIDA Y CRECIDA EN LA LUCHA    

 

El Escaramujo 75: NO SEAS PRESA DE LAS REPRESAS

Los «Escaramujos» son documentos de análisis producidos por Otros Mundos A.C./Amigos de la Tierra México. Les presentamos el último número de la colección, esperando les sirva para sus trabajos en defensa de los territorios. (Ver todos los números del Escaramujo)

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Desde hace años, cada 14 de Marzo el movimiento mundial contra las grandes represas realiza movilizaciones en todos los rincones del mundo para exigir un cambio en el modelo energético. Denuncia que las grandes represas no son una energía limpia y que otras formas de energía sustentable son posibles, necesarias y urgentes.

Por décadas hemos identificado a las grandes represas como energía limpia y renovable. Sin embargo, en la década de 1980 y 1990 las movilizaciones en el Sur Global fueron de tal magnitud que lograron cuestionar este modelo de energía. En Europa, en Africa, Asia y en América Latina las protestas fueron de todo tipo. Las reacciones del gobierno se dieron no solo con represión, sino también con silencio y olvido. Las grandes represas no se cuestionaron por muchas décadas y se aceptaron los costos sociales y ambientales. Parecía que no había otra opción para generar el supuesto «desarrollo».

Al final de la década de 1990 se aceptó entonces elaborar un balance de las grandes represas. El Banco Mundial e incluso otros bancos y empresas constructoras financiaron esta Comisión compuesta por grandes expertos en el tema. En el año 2000 sale a la luz el Informe de la Comisión Mundial de Represas (CMR) que a sus promotores no encantó sus resultados. En aquél entonces se concluyó que las más de 45 mil grandes represas habían desplazado entre 40 y 60 millones de personas en el mundo de su viviendas, tierras, pueblos e incluso de ciudades enteras ahora inundadas. Actualmente, las más de 50 mil grandes represas se calculan que han expulsado a más de 80 millones de personas de sus territorios. Pero también se concluyó que el Banco Mundial, principal promotor y financiador de las grandes represas, había endeudado más a los países pobres o en desarrollo para construir la infraestructura del supuesto desarrollo que luego se privatizaría años más tarde a las grandes corporaciones de la energía. Unas de esas grande corporaciones en América Latina fueron Endesa, Unión Fenosa, Iberdrola, entre otras que se quedaron con el negocio de la energía, su distribución y consumo. Pero en los resultados de la CMR hubo más.

Un porcentaje alto de la energía que se esperaba generar con los grandes embalses no se generó, pero sí ayudaron a desaparecer bosques, selvas e incluso manglares que se borraron del mapa o quedaron inundados bajo las aguas eliminando la capa forestal del planeta y por consiguiente el aumento de la concentración de Gases Efecto Invernadero (GEI). Y por si fuera poco, se calculó que esas grandes represas generaban casi el 5% de los GEI del planeta por la descomposición de la materia vegetal bajo el agua. El informe de la CMR verificó que los embalses para evitar inundaciones no habían servido del todo sino que habían producido más inundaciones; y que los embalses para regar cultivos no funcionaban, los trasvases filtraban gran porcentaje del agua que además se evaporaba y se crearon grandes monocultivos que dañaron los suelos, aumentaron la concentración de agroquímicos y rompieron la soberanía alimentaria de los pueblos dejando en manos de los grandes productores no solo enormes extensiones de tierra sino el control sobre las semillas patentadas e incluso transgénicas. La misma CMR propuso una serie de criterios necesarios para considerar su construcción que, de cumplirse, en realidad sería difícil ver una nueva represa.[1]

El Río Grijalva en Chiapas, México (Foto: Otros Mundos A.C.)

Las represas bloquearon el sistema hidrológico del planeta, favorecieron incluso temblores como en China y en otros lugares del mundo, y facilitaron que años más tarde las corporaciones pudieran adquirir las concesiones de generación y por tanto el control privatizado del agua de los ríos, excluyendo de su uso a pueblos indígenas, campesinos, población pescadora e incluso a ganaderos y otros sectores que dependen de que los ríos fluyan vivos, para que los pueblos estén vivos.

Para la creación de los grandes embalses con el objetivo de producir energía, de consumo de agua en los núcleos urbanos o para regar cultivos, implicó también la imposición de políticas e incluso de violencia y represión contra comunidades y pueblos enteros. Este supuesto «desarrollo» fue acompañado de mucha corrupción, engaños, falsas promesas, divisiones comunitarias y familiares así como violencia. En algunos lugares los lagos desparecieron junto con sus pobladores; en otros casos las casas fueron quemadas, detonadas y totalmente destruidas para obligar a la gente a desplazarse. No sólo no fueron bien indemnizados o no tuvieron nada de indemnización ni reparación, sino que perdieron sus modos de vida, las tierras más ricas y productivas y sus cementerios y ancestros quedaron bajo el agua; se dividieron pueblos, familias y comunidades enteras que perdieron su cultura por lo que el impacto psicosocial fue descomunal. Pero también la visión de aquél entonces en el sentido que no se debe desperdiciar el agua superficial de los ríos por llegar al mar, sino que habría que represarlos todos, llevó a que la CMR concluyera no solo que el 60% de las cuencas más importantes del planeta habían desaparecido, sino que también los pescadores habían perdido sus formas de sustento. Un gran porcentaje de los peces extintos de agua dulce han sido también a causa de las represas.

Ante este resultado tan desastroso, el movimiento mundial contra las represas creció y se dio a la tarea de tumbar el argumento de que son energía limpia y sustentable. ¿Cómo puede ser sustentable, verde y limpia una energía que produce crisis climática, pobreza, violencia, deforestación, contaminación de aguas y cuencas enteras? Sin embargo, los grandes constructores no podrían dejar este negocio. La crisis climática fue otra oportunidad de hacer más negocio con lo mismo que la generó: más represas. Los países del Norte se ven obligados a bajar al menos el 5% de los GEI respecto a 1990, lo que les obliga a partir del año 2005 luego de negarse sistemáticamente a hacerlo. Pero el Protocolo de Kyoto les dio otra posibilidad de justificar que las represas son energía limpia e incrementar por tanto su construcción. Así, las corporaciones de energía y constructoras de grandes represas, así como con la complicidad de los gobiernos, se dieron a la tarea de justificar más represas con el fin también de garantizar las inversiones que prometían llegar en el marco de los Tratados de Libre Comercio y de Inversiones, ya que las corporaciones requerirían grandes consumos de energía y de agua. Justificaron que las represas no generan GEI, que son energía renovable, aunque el agua embalsada y contaminada convirtiera al vital líquido en un bien escaso, embalsado, contaminado y privatizado. Todo esto provocó un fortalecimiento de la resistencia en todo el mundo. [2]

A principios de la década del 2000 se llevó a cabo el primer encuentro mundial contra las represas en Brasil, luego en Tailandia y luego en México donde incluso la Coordinadora de Afectados por Grandes Embalses y Trasvases (Coagret) de España estuvo presente. También se conformó la Red Latinoamericana contra las Represas (Redlar) que sostuvo encuentros en diversos países de la región, intercambiando experiencias cada dos o tres años, así como investigación y estrategias comunes de resistencia. Luego muchos países fueron conformando sus redes nacionales de resistencia. Entre ellos, el Movimiento Mexicano de Afectados por las Represas y en Defensa de los Ríos (Mapder). Sin embargo, la pregunta ahora va más allá. No solo es resistir sino proponer un nuevo modelo energético popular que implica que los pueblos tengan en sus manos el control de la energía, que sea descentralizada y sin impactos socioambientales. Pero el verdadero fondo de este planteamiento es que un nuevo modelo energético popular significa la construcción de otro sistema alternativo al capitalismo. El problema no es técnico, sino político: ¿qué otros mundos son posibles diferentes al capitalismo? ¿Qué proyecto de vida distinto queremos construir? Y de ahí construir un modelo energético que lo sustente, con respeto al medio ambiente.

El agua y la energía son el centro de la reproducción de la vida, pero también del capitalismo que pretende acapararlo. Su control es clave para la acumulación del capital. Por ello, la resistencia contra todo lo que signifique la democratización de ambos, está siendo muy criminalizada en todo el mundo. Hay otros sectores e inversiones que dependen del agua y la energía en grandes cantidades como son los grandes megaproyectos. La minería es uno de ellos. Para lixiviar el oro se requiere entre uno a tres millones de litros de agua cada hora mezclado con toneladas de cianuro cada día, además de ingentes cantidades de energía. Pero de igual manera requieren mucha agua y energía el fracking, oleoductos, gasoductos, explotación petrolera, canales interoceánicos; plantaciones de eucalipto, palma de aceite, pino, soja, maíz transgénico; los parques industriales, las plantas automotrices, la ganadería intensiva, los hipermercados, entre otros megaproyectos que además se apropian de grandes extensiones de territorios. [3]

Por ello, la lucha por la defensa del agua, de este bien natural común para la vida y nuestra felicidad, como de toda forma de vida, es una responsabilidad de todos y todas, estemos donde estemos. ¡Agua y energía, no son mercancía!

[1]  Consultar «El Escaramujo» No. 56 «Directrices para construir Represas» en
[2] Consultar el manual «No Seas Presa de las Represas» de Otros Mundos A.C.
[3] Este artículo fue escrito para la revista «Ecologista» No.95, Primavera 2018, «Agua, Bien Común», que edita Ecologistas en Acción de España. En ella se abordan artículos interesantes sobre los embalses y el agua.

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