El Escaramujo 112: DICCIONARIO POPULAR AGRARIO

Los “Escaramujos” son documentos de análisis producidos por Otros Mundos A.C. Les presentamos el último número de la colección, esperando les sirva para sus trabajos en defensa de los territorios. (Ver todos los números del Escaramujo)  

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En México, para la instalación de Megaproyectos de todo tipo, el gobierno Federal, Estatal y Municipal, así como las empresas, tienen que pasar por los núcleos agrarios que en el país representa la propiedad colectiva en poco más del 50% de todo el territorio mexicano. Por ello, para la defensa de la Tierra y el Territorio, los núcleos agrarios tienen otra herramienta legal basada en el buen uso de la Ley Agraria que por lo general los propios ejidatarios y ejidatarias, comunero y comuneras, pocos los han leído.

Este Diccionario Popular Agrario está basado en la Ley Agraria y busca facilitar la comprensión e interpretación de los términos legales muy comunes y usados en ella, en las dependencias de gobierno en materia agraria, como lo es el Registro Agrario Nacional (RAN), la Procuraduría Agraria (PA) y los Tribunales Unitarios Agrarios (TUAS). De esta forma, el Diccionario Popular Agrario busca acercar a los ejidatarios, ejidatarias, comuneras y comuneros, así como a toda persona interesada en el derecho agrario, el significado del vocabulario agrario que se usa en la celebración de las Asambleas, en la elaboración de los acuerdos de Asambleas, oficios o solicitudes.
Otros Mundos, A.C.

ABREVIATURAS

  • CEDH: Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chiapas.
  • CNDH: Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
  • CONAFOR: Comisión Nacional Forestal.
  • CONAGUA: Comisión Nacional del Agua.
  • CONANP: Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
  • CONVENIO 169 DE LA OIT: Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre el derecho de los pueblos indígenas y tribales en países independientes.
  • CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • FANAR: Fondo de Apoyo para Núcleos Agrarios sin Regularizar.
  • LA: Ley Agraria.
  • LGEEPA: Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.
  • LOTA: Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios.
  • PA: Procuraduría Agraria.
  • PROCEDE: Programa de Certificación y Delimitación de Derechos Ejidales y Certificación de Solares.
  • PROFEPA: Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.
  • RAN: Registro Agrario Nacional.
  • RETRISA: Reglamento Interior del Tribunal Superior Agrario.
  • RIPA: Reglamento Interno de la Procuraduría Agraria.
  • RIRAN: Reglamento Interno del Registro Agrario Nacional.
  • RRAJA: Programa de Regularización y Registro de Actos Jurídicos Agrarios.
  • SEDATU: Secretaria de Desarrollo Agrícola Territorial y Urbano.
  • SEMARNAT: Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales.
  • TA: Tribunal Agrario.
  • TSA: Tribunal Superior Agrario.
  • TUA: Tribunal Unitario Agrario

A

Abigeato: robo de animales que requieren acarreo, como las vacas, chivos, borregos, etcétera.
Actor: persona que presenta una demanda.
Accesión: modo en que el propietario del suelo adquiere la propiedad de todo lo que quede unido o crezca en su suelo, ya sea de forma natural como un nuevo árbol o frutos, o el producto de una cosecha.
Achuramiento: forma de representar en un plano de núcleos agrarios, con un rayado diagonal, las áreas donde hay un problema entre colindantes, terrenos excedentes y especiales. Surgió con el PROCEDE.
Acciones series “T”: es la aportación de tierras y su destino de un socio a una sociedad propietaria de tierras agrícolas, forestales y ganaderas identificada con la letra “T”.
Acta de Asamblea: documento que se elabora cuando se llevan a cabo Asambleas y reuniones, donde se manifiestan los acuerdos que se toman. Existen mecanismos y requisitos para elaborarla si se requiere su legalidad en el marco de la Ley Agraria.
Acto de autoridad: en materia de amparo y en violaciones a derechos humanos son todas las actuaciones de las autoridades tanto federal, estatal y municipal que afectan de alguna manera los derechos de personas o de una colectividad.
Acto administrativo: todas y cada una de las decisiones que toman las autoridades administrativas (funcionarios públicos) para satisfacer intereses públicos. El acto administrativo es la manera donde se expresa la voluntad de una autoridad. Ejemplo: otorgar una concesión o negar una concesión.
Aceptación de ejidatario o comunero: atribución de la Asamblea en donde decide otorgar la calidad de ejidatario, ejidataria, comunero, comunera a una persona mayor de edad que es avecindado o posesionario en la comunidad o que haya heredado los derechos de una ejidataria, ejidatario, comunero o comunera.
Acta de audiencia conciliatoria: documento o acta que elabora la Procuraduría Agraria donde se anota lo que se trata en la audiencia conciliatoria.
Administración: llevar a cabo el control de algo, puede ser económico o de tierras; procurar que se haga bien una cosa.

Adopción: hacer propio una idea, una forma de organización, un pensamiento, una estructura social.
Agostadero: terreno donde van a pastar el ganado.
Amojonamiento: delimitar (trazar límites o colindancias) las tierras que le corresponden a un Ejido o Bien Comunal, por ejemplo: señales de piedra, mojoneras o estacas.
Aparcería: acuerdo entre el propietario de unas parcelas o las tierras y otra persona que las trabaja y le paga al propietario ya sea en dinero, en productos o la cosecha por concepto de renta de las tierras.
Apertura de Lista de Sucesión: después de que fallece un ejidatario o comunero, un familiar y dos testigos acuden al RAN para saber a quién se dejó como herederos. El RAN abre un expediente donde inicia el trámite de los certificados agrarios a la persona que aparece en la lista de sucesión.
Aprovechamiento: ocupar o usar una cosa (por ejemplo: parcelas, frutos de las cosechas o dinero).
Árbitro: cualquier persona, agentes auxiliares, jueces rurales o la misma PA que ayuda a resolver problemas entre dos partes quienes eligen a su árbitro. El árbitro da la última palabra sobre la solución al problema.
Área Natural Protegida: zona superficial decretada por una autoridad que por su importancia en la flora y fauna, en los valores culturales y sociales, se conserva de manera especial por parte del Estado ode actores privados.
Arrendamiento: rentar las tierras o las parcelas para que otra persona las trabaje.
Asamblea: órgano supremo de un Ejido o Comunidad donde participan todas las ejidatarias, ejidatarios, comuneras y comuneros con derechos vigentes, teniendo voz y voto para tratar acuerdos que van a regirlos. Su funcionamiento está estipulado en la LA.
Asentamiento humano: espacio, terreno o área necesaria para desarrollar la vida comunitaria del núcleo agrario. Es donde se construyen las viviendas.
Asignación: lo que se otorga o entrega. Pueden ser tierras, dinero o cosas.
Asociación civil: organización con personalidad jurídica reconocida legalmente; altruistas y sin fines de lucro, cuyo esfuerzo persigue fines culturales, deportivos, académicos, etcétera, y su existencia depende de los donativos de sus miembros, financiamientos o donativos y se rigen por medio de su Asamblea de socios en base a sus estatutos.
Audiencia Conciliatoria: forma en que la PA trata de que los mismos ejidatarios o comuneros resuelvan sus problemas y lleguen a soluciones en mutuo acuerdo.
Autoridad responsable: las que dictan algo u ordenan algo en las instituciones gubernamentales.
Avecindado: personas que viven en la comunidad o ejido por más de un año y que son reconocidos por la Asamblea. No son ejidatarios o comuneros y no participan en las Asambleas ejidales o comunales.

B

Baldío: tierras que no tienen dueño.
Bien: cosas que posee o tiene una persona, pueblo o comunidad.
Bienes Comunales: tierras y parcelas trabajadas colectivamente y que pertenecen a una población que viven en un territorio. La Asamblea puede asignar también parcelas a los comuneros.
Bienes ejidales: todos los bienes y tierras que tengan los ejidos.
Buena fe: principio de actuar con honradez, sinceridad, lealtad, sin malicia y de buena manera.

C

Calificación registral: acto del servidor público del RAN, que tiene la fe pública, mediante el cual califica los documentos que se presentan ante ellos para saber si cumplen los requisitos formales y así proceder a su inscripción.
Cambio de uso de suelo: cuando mediante una Asamblea, o un acuerdo de cabildo, se cambia el uso de suelo de un determinado lote de terreno, por ejemplo: tierras que antes era para agricultura, cambiarlos para ganadería, de uso forestal a ganadería, o de uso agrícola a minería.
Cancelación: cuando algo no se hizo bien se solicita que se borre, se anule o eliminen acuerdos tomados incluso en una Asamblea.
Capacidad jurídica: condición necesaria de una persona para ser sujeta a derechos y obligaciones.
Carta poder: cuando una persona le da poder a otra de representarla, de realizar ciertas actividades o trámites mediante un documento que lo acredita.
Carpeta Agraria: expediente ubicado en el RAN donde se narra cómo se creó el Ejido o Bien Comunal, quiénes lo fundaron, quiénes han sido los órganos agrarios, qué cambios o modificaciones se han tenido. Contiene todos los datos importantes de un ejido o comunidad, como el padrón de ejidatarios o comuneros.
Causa: lo que origina algo. Lo que hace que surja un problema o conflicto.
Causa de utilidad pública: es un requisito de las expropiaciones. Son las acciones que realizan las autoridades, como el presidente de México, gobernador de los estados o de los municipios, para decir que una acción que realizarán (aprovechamiento de recursos naturales, materiales o sociales) será para el beneficio de la colectividad.
Catastro: inventario que se tiene sobre las tierras rústicas que hay en México para ayudar en la identificación de sus titulares, poseedores o los que tienen el uso y disfrute.
CEDH (Comisión Estatal de los Derechos Humanos): institución del gobierno del estado de Chiapas que está encargada de vigilar, promover y garantizar los derechos humanos de las personas que viven en Chiapas. En caso de que haya afectaciones a los derechos de las personas cometidas por autoridades, la CEDH tiene la facultad de investigar y buscar que se reparen los daños a los derechos humanos.
Centro de población: áreas de asentamiento humano donde vive la población del ejido o comunidad y que cuenta con muchas viviendas y servicios públicos como luz, drenaje, agua potable o parques.
Certificado de Derechos Agrarios: documento que entrega el RAN en la que menciona que una persona es ejidataria y que pertenece a un ejido, que tiene parcelas, un solar y que le corresponde algo de tierras en las áreas de uso común. Señala cómo obtuvo la calidad de ejidataria. Estos son los que aún tienen aquellos ejidatarias, ejidatarios, comuneras, comuneros que no entraron a los programas de certificación de las tierras.
Cerril: terrenos que son pedregosos, con pendiente, accidentados y desigual.
Certificado Parcelario: documento que otorga el RAN donde consta que una persona ejidataria o comunera es titular de una parcela con medidas exactas y sus colindancias, aprobado previamente en Asamblea. Surgió con los programas de delimitación de las tierras como el PROCEDE, FANAR, y RRAJA-FANAR.
Cesión de Derechos Agrarios: cuando una persona ejidataria o comunera renuncia en vida y decide entregarle sus derechos agrarios a otra persona. Puede ser su hija, hijo, esposa, hermano o cualquier persona que se convierte en la nueva persona ejidataria o comunera. No es herencia ya que ésta se realiza cuando se ha fallecido.
Citatorio: documento elaborado por una autoridad en la que busca que una persona o varias personas acudan a sus oficinas o tribunales para llevar a cabo una audiencia, para informarles sobre un acuerdo, etcétera.
Cláusula: parte de un contrato o convenio donde se mencionan las obligaciones y derechos de las personas que lo firman.
CNDH (Comisión Nacional de los Derechos Humanos): institución del gobierno federal con autonomía para vigilar, promover, garantizar, investigar y buscar la reparación de las violaciones a derechos humanos que cometan autoridades en contra de las personas.
Colectivo: grupo de personas que trabajan para un mismo fin.
Comisariado ejidal/o comunal: órgano de representación del ejido o comunidad cuya labor principal es convocar a las Asambleas, resolver problemas de tenencia de las tierras como las colindancias en los núcleos agrarios, gestionar o realizar trámites ante el RAN como los certificados de ejidatarios o actualizar el reglamento interno. El comisariado ejidal o comunal se integra por un Presidente, Secretario y Tesorero. Su máxima autoridad es la Asamblea.
Comunera /o: persona mayor de edad, o menor de edad si ya tiene familia a su cargo, que es titular de derechos agrarios, cuenta con su certificado de derechos agrarios o certificado parcelario y certificado de uso común.
Comunidad: extensión de territorio donde viven las personas y comparten sus costumbres, un mismo idioma y tradiciones, enfocadas a las actividades de la tierra (agricultura, ganadería y pesca) principalmente para autoconsumo y mantenimiento por lo que se les ha entregado un reconocimiento.
CONAGUA (Comisión Nacional del Agua): dependencia de gobierno que tiene como función vigilar, conservar, administrar y gestionar las aguas Nacionales.
Concesión: decisión de las autoridades federal, estatal y municipal, en la que otorga a una persona particular o empresas el derecho para extraer, explotar, aprovechar, usar o lucrar con bienes comunes naturales en el suelo o subsuelo (agua, minería, petróleo, gas, etcétera), así como con en el sector servicios.
Conciliación: forma para solucionar los problemas entre las partes en conflicto para legar a un acuerdo y resolver las diferencias. Las partes se reúnen ante una autoridad como el comisariado, ante el agente
auxiliar municipal o juez rural, o ante la PA.
Conservación: mantener las cosas como están.
Consejo de Vigilancia: persona ejidataria o comunera con derecho vigente, elegida mediante la Asamblea para vigilar que el Comisariado haga bien su trabajo, se cumpla con el Reglamento y la LA. Puede convocar a la Asamblea cuando no lo haga el comisariado.
Constancia de vigencia de derechos: documento que se solicita en el RAN por un costo determinado, donde se verifica si una persona ejidataria o comunera tiene vigente sus derechos como tal, si se ha perdido por alguna razón, si ha cedido su derecho o haya vendido sus tierras.
Constitución de un Ejido o Bien Comunal: la LA señala que para crear un nuevo Ejido o Bien Comunal, se necesita que 20 personas aporten sus tierras, y hagan su propuesta de Reglamento interno, que consten en escritura pública y se solicite su inscripción en el RAN.
Contrato: documento elaborado por dos o más personas en las que se obligan a algo. Puede contener al mismo tiempo derechos de las personas que lo firman.

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