El Escaramujo 67: La Iniciativa de Reducción de Emisiones en Chiapas (Parte I)

Los “Escaramujos” son documentos de análisis producidos por Otros Mundos A.C. Les presentamos el último número de la colección, esperando les sirva para sus trabajos en defensa de los territorios. (Ver todos los números del Escaramujo)  

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La estrategia de Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación forestal (REDD +) es una iniciativa política internacional que surgió en 2005 dentro de la Convención Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático (CMNUCC). Refuerza el discurso de mercantilización y financiarización de la naturaleza y los procesos ecológicos a partir de mercados internacionales de carbono; donde los países o industrias con obligaciones de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero pueden comprarle el derecho de emitir a países o comunidades que no tienen esta obligación (Furtado, 2016).

Estos últimos compensan – mas no mitigan – las emisiones mediante proyectos de reforestación o conservación de bosques principalmente a través de Pagos por Servicios Ambientales (PSA). A pesar de que estos mecanismos financieros han mostrado su incapacidad para reducir las emisiones, REDD+ impulsa la creación de Mercados Voluntarios de Carbono (MVC) a los que acceden “abiertamente” comunidades y organizaciones no gubernamentales (ONG) como vendedores y el sector privado como comprador, y los mercados de resultados principalmente para que los países con obligación de reducir emisiones compren “los excesos de créditos de carbono” de otros países.

Además de la ineficacia de estos mecanismos, la implementación de REDD+ en los territorios ha estado rodeada de denuncias y críticas desde movimientos sociales, ambientalistas y académicos que han visibilizado la exclusión, criminalización e instrumentalización de los pueblos indígenas y las comunidades dependientes de los bosques, la incidencia en conflictos territoriales y despojo de la tierra, la mercantilización de la conservación, el control sobre los procesos autonómicos comunitarios, y el limitado impacto de la lógica de compensación de emisiones que encubre las causas estructurales de la crisis climática y ambiental (Kill, 2015; Furtado, 2016).

Estos cuestionamientos han desencadenado la organización de comunidades rurales y pueblos indígenas que han planteado la necesidad de rediseñar la estrategia de acuerdo a sus intereses y se han declarado en oposición a REDD+, optando por gestionar sus 1 territorios de forma tradicional y autónoma .

México enREDDado

Pese a las denuncias, la demostrada incapacidad de REDD+ y otros mecanismos financieros para mitigar el cambio climático y la ausencia de un acuerdo político internacional sobre la estrategia, el gobierno mexicano, bajo pretexto de mostrar buena voluntad, viene creando la Estrategia Nacional REDD+ (ENAREDD+) desde el año 2010. Para tal fin tienen que transformar la política ambiental y de desarrollo rural sustentable, generar la integración de las entidades federales y la coordinación de las políticas y programas públicos agropecuarios, forestales y de otros usos del suelo.

A partir de los cambios y luego de asegurar el apoyo financiero y tecnológico de los países “desarrollados”, el gobierno mexicano se ha comprometido a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero un 30% para 2020 y un 50% para 2050, en relación a las emisiones del año 2000, y al tránsito hacia una tasa cero de perdida de dióxido de carbono (CO2) en los “ecosistemas originales” (CONAFOR, 2015). Estos compromisos deben entenderse como parte de un discurso político de “buena voluntad” ante el exterior que no es compatible con la realidad ambiental y los inexistentes avances en mitigación y reducción de gases de efecto invernadero. Entre 1990-2010, periodo de impulso de compromisos y acuerdos internacionales de cambio climático como el de Kioto, las emisiones nacionales en vez de reducirse se aumentaron un 33.4% (Sosa-Rodríguez, 2015).

La ENAREDD+ ha sido construida por una variedad de actores encabezados por tres instancias: la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) como entidad pública; los Comités Técnicos Consultivos (CTC-REDD+) constituidos por entidades públicas federales y estatales, organizaciones civiles nacionales e internacionales, organizaciones sociales, instituciones educativas y el sector privado. Así como la Alianza México-REDD+, una plataforma de ONG que incide en la política nacional, las agendas de investigación, los proyectos locales y la gestión de la financiación. La Alianza está conformada por The Nature Conservancy (TNC), Rainforest Alliance, Espacios Naturales y Desarrollo Sustentable (ENDESU) y The Woods Hole Research Center.

En materia financiera, entre 2009 y 2014 se realizaron acuerdos para REDD+ en México por cerca de 800 millones de dólares. El 42% proviene de recursos nacionales y el dinero restante procede de fondos públicos y privados multilaterales (Cuadro 1). La mayoría de los recursos por donaciones y endeudamientos que han asumido entidades federales y gobiernos estatales son administrados por la CONAFOR para fortalecer financieramente REDD+ y los PSA.

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El Escaramujo 68: La Iniciativa de Reducción de Emisiones en Chiapas

Los “Escaramujos” son documentos de análisis producidos por Otros Mundos A.C. Les presentamos el último número de la colección, esperando les sirva para sus trabajos en defensa de los territorios. (Ver todos los números del Escaramujo)  

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Comunidades campesinas e indígenas en el punto de mira

Distintas organizaciones sociales y ambientalistas, así como varios académicos, han denunciado los sesgos en los análisis sobre deforestación y degradación hechos por instituciones promotoras de los programas de Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación forestal (REDD+) . El estudio de Dooley et al (2011) reveló cómo los 1 documentos nacionales de preparación a REDD+ en Perú, Panamá, Indonesia, el Congo y otros países terminaban culpando, sin pruebas contundentes , a los pequeños agricultores y 2 la agricultura de subsistencia como las principales causas de deforestación.

Por su parte, el Movimiento Mundial por los Bosques Tropicales (en inglés World Rainforest Movement, WRM) y la organización española GRAIN señalan en una publicación del año 2015 (WRM y GRAIN, 2015) cómo en los proyectos REDD+ se planean medidas como la reducción y regulación del acceso a la tierra a los campesinos y pueblos indígenas bajo el argumento de que la agricultura en sistema roza, tumba y quema (RTQ) es la principal causa de deforestación y degradación por la práctica de tumba y quema para la rotación y descanso del suelo.

En la Iniciativa de Reducción de Emisiones (IRE), estos sesgos no son ajenos y de hecho se contrapone un discurso de desarrollo rural sustentable frente a las actividades y prácticas tradicionales de subsistencia. En todos los Programas de Inversión en Chiapas, se culpan particularmente actividades como la agricultura itinerante y la recolección de leña por la deforestación y degradación; y a la pobreza, la marginación y el crecimiento poblacional como sus causas subyacentes. Por ejemplo, el Programa de Inversión de la Selva Lacandona argumenta que los “bajos niveles de capital y trabajo promueven la realización de actividades agropecuarias tradicionales, lo cual genera deforestación y degradación.” (Comisión Nacional Forestal, CONAFOR, 2016a: 49).

Estos análisis resultan contradictorios porque en un segundo momento reconocen la existencia de una dinámica de sustitución y reducción en la superficie de las milpas que caminan y los altos costos para la producción de cultivos comerciales que difícilmente podrían asumir familias campesinas e indígenas. Por el otro lado plantean un discurso en el que definen a las comunidades que habitan y usan los bosques como las de mayor vulnerabilidad frente a los cambios ambientales globales y quienes tienen las mejores estrategias de gestión y gobernanza de los territorios y bosques (Holmgren, 2013). Es decir, las comunidades rurales y sus prácticas tradicionales pueden ser concebidas al mismo tiempo como criminales, vulnerables y como fuentes de experiencias exitosas de gestión de los bosques.

De hecho, muchos de los programas y proyectos gubernamentales o de organizaciones no gubernamentales (ONG) integran las estrategias de manejo comunitario de los bosques a mecanismos de valoración económica y a mayor escala geográfica que no tienen los mismos resultados por ser concebidos como recetas que dejan de lado la territorialidad, ancestralidad, los conocimientos locales y la autonomía.

En el caso de la IRE, su estrategia de reducción de la pobreza y deforestación integra un potente paquete de prácticas y actividades “climáticamente responsables” para promover el desarrollo sustentable. Algunas de ellas son los PSA, el ecoturismo, las UMA, el aprovechamiento forestal (no) maderable, las plantaciones dendroenergéticas y la agricultura de conservación o “climáticamente inteligente”. Esta última, que busca sustituir la agricultura itinerante, se encuentra íntimamente ligada al uso de paquetes tecnológicos (agrotóxicos, tecnificación y uso de variedades hibridas) (WRM y GRAIN, 2015: 37).

Las actividades y programas planteados en la IRE suponen la entrada de un nuevo modelo de desarrollo que en principio no es consultado con las comunidades, criminaliza y busca sustituir las prácticas tradicionales de subsistencia de campesinos e indígenas. Además, por añadidura desarrolla un mercado para que las actividades se lleven a cabo con el uso de paquetes tecnológicos que una vez más generan dependencia de insumos externos y la pervivencia de negocios locales de venta de agrotóxicos.

Es importante recalcar que el hecho de culpar a los pobres de la deforestación y la degradación termina escondiendo que estos fenómenos son causados principalmente por las presiones económicas impuestas fuera de los territorios y de los bosques. La crisis climática y ambiental a nivel global es consecuencia del sistema económico e industrial encubierto por iniciativas que, como REDD+, están destinadas al fracaso por no plantear alternativas contra las verdaderas causas del cambio climático. Al contrario, sirven como medio para la compensación – no mitigación – de los países del Norte global y del sector industrial extractivo y el fortalecimiento del sector financiero .

Si bien los Programas de Inversión de la IRE-Chiapas identifican a las políticas y programas gubernamentales agropecuarios como promotores de deforestación y degradación; los intereses de los mercados e industrias agropecuarias pocas veces son tenidos en cuenta. Su ausencia de los diagnósticos y las estrategias que reduzcan la problemática forestal es uno de los factores que permite predecir su fracaso. Esto porque fenómenos como la ganadería extensiva, la certificación de madera bajo sellos verdes como las realizadas por la Rainforest Alliance, la expansión de palma africana y la conversión de cafetales de sombra a sol, la cual implica deforestación y mayor uso de agrotóxicos (y está siendo acaparada por empresas como Nestlé y Starbucks) están determinados por los intereses de grandes empresas y coyotes verdes, y no por las necesidades e intereses de campesinos e indígenas.

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El Escaramujo 66: LAS ZONAS ECONOMICAS ESPECIALES 2

 Chiapas, Guerrero, Michoacán, Oaxaca y Veracruz
(Segunda Parte y última)

Gustavo Castro Soto

  Otros Mundos, A.C.
San Cristóbal de las Casas, Chiapas, México

  18 de abril de 2016

LEER PDF COMPLETO: El Escaramujo 66: LAS ZONAS ECONOMICAS ESPECIALES Chiapas, Guerrero, Michoacán, Oaxaca y Veracruz (Segunda Parte y última) (8 págs. -PDF 412Kb)

La Ley de las Zonas Económicas Especiales en México

Con esta ley “Se crea la Comisión Federal Reguladora de las Zonas Económicas Especiales, órgano desconcentrado de la Secretaría de Economía, con autonomía técnica y operativa, con las facultades de autorizar, regular y promover el desarrollo eficiente de las Zonas y de supervisión de sus operadores.”

“El Operador es el ente de carácter público o privado autorizado por la Comisión para el desarrollo, operación y mantenimiento de una Zona”. Y los Usuarios son “Las personas físicas o morales, nacionales o extranjeras, con actividad empresarial, a las que en términos de la presente Ley les es permitido el establecimiento dentro de una Zona”. Es Usuario Indirecto aquella persona física o moral con actividades empresariales, nacional o extranjera, que habiten la Zona en forma temporal o permanente, que opera en una Zona mediante contrato celebrado con un usuario directo, utilizando o aprovechando sus instalaciones con los beneficios y obligaciones que establece la presente Ley. Los Usuarios tendrán la alternativa de pagar el arancel que más les favorezca al momento de la importación”.

Zona Económica Estratégica es el “Área geográfica del territorio nacional con un régimen diferenciado al resto del país, donde los operadores se especializan en la producción y comercialización de bienes y servicios para la exportación o reexportación, que tiene por objetivo atraer inversiones extranjeras y nacionales, y detonar el desarrollo económico en la región. Para los efectos de esta Ley pueden constituirse como Centros Financieros Internacionales, Centros Logísticos Internacionales, Centros de Población Sustentables, Ciudades, Distritos Especiales de Inversión, Zonas sujetas a un Sistema Jurídico Especial, Zonas Turísticas, Zonas Mineras o cualquier otro régimen especial no señalado en el presente artículo o que incluya una combinación de varios de estos regímenes para procurar el desarrollo de las inversiones bajo modelos incluyentes.”

Las características de las Zonas Económicas Especiales.

La Ley contempla todo tipo de facilidades y crea un especie de país dentro del país:

    1) Libre convertibilidad cambiaria: “los medios de pago que circulen dentro de estas deben ser libremente convertibles; los mercados de divisas, oro, valores futuros, mercancías y similares pueden existir libremente. Las Zonas deben salvaguardar la libre circulación de capitales dentro, hacia dentro y hacia fuera de su jurisdicción. Así como para establecer controles que limiten el uso de medios de pago físicos dentro de su jurisdicción e incluso tener su política monetaria interna, según sea el caso.”

    2) Libre comercio y competencia: “que garantice la libre circulación de bienes, activos intangibles, servicios, tecnología, inversión y capital humano. Se garantiza la libre entrada de naves marítimas y aéreas a las Zonas. La regulación de la navegación marítima y aérea, así como el control de los puertos y aeropuertos en la jurisdicción de las Zonas estará bajo su responsabilidad, pudiendo establecer las cuotas que estas consideren adecuadas, por parte de la Comisión.”

    3) Tribunales autónomos e independientes: “Las Zonas contarán con tribunales autónomos e independientes con competencia exclusiva sobre las mismas, los que pueden adoptar sistemas o jurisprudencia jurídicas conforme a las mejores prácticas internacionales. Los actos y contratos que se celebren o emitan dentro de las Zonas tienen plena vigencia en el resto del país y en el extranjero de conformidad a los acuerdos de reciprocidad y el derecho internacional. Las Zonas deben crear un entorno económico y legal adecuado para situarse como centros de inversión internacional y nacional. Tienen capacidad de adoptar a través de su normatividad interna, las mejores prácticas internacionales con el propósito de atraer la inversión productiva y capital humano calificado.”

    4) Propiedades privadas a las empresas extranjeras: aduciendo que no habrá discriminación dentro de la Zona, “En concordancia con el estándar de trato nacional que establecen los convenios y tratados internacionales en la materia celebrados por el Estado Mexicano o al principio de reciprocidad, dentro del territorio de las Zonas se debe permitir a terceros tener la propiedad, uso y tenencia de la tierra que ocupen sin discriminación en razón de su origen o nacional.”

    5) Con jerarquía normativa: “La jerarquía normativa aplicable en las Zonas será la siguiente: a) La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; b) Tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano en lo que sean aplicables; c) La Ley de Zonas Económicas Especiales; d) Las leyes reglamentarias en materia de política industrial y competitividad; e) Las disposiciones reglamentarias al interior de las Zonas.” Obviamente la Constitución ha sido modificada de tal manera que entrega la soberanía nacional a los intereses privados.

    6) Cualquier terreno puede ser Zona: “Son consideradas Zonas aquellos centros de población, municipios o regiones conformadas por uno, dos o más municipios de una o más Entidades federativas, siempre que lo soliciten y se sometan al proceso establecido en la presente Ley. Cada área delimitada como Zonas podrá ser explotada por un organismo público o privado debidamente autorizado, en calidad de Operador.”

    7) Para todo tipo de actividades: “En las Zonas se pueden crear con el objetivo de desarrollar una actividad específica de la economía como centros logísticos internacionales, Centros de Población Sustentables, Zonas Especiales de Inversión, Zonas Turísticas Especiales, Zonas Mineras Sociales, Centros Financieros Internacionales, transferencia y desagregación de tecnología e innovación o cualquier otro régimen especial no señalado en el presente artículo o que incluya una combinación de varios de estos regímenes para procurar el desarrollo de las inversiones bajo modelos integradores.”

    8) Las Empresas influyen en el Poder Judicial: como miembros en el 40% de la Comisión Reguladora, proponen al “Consejo de la Judicatura, un listado de diez personas para ocupar el cargo de magistrado de la Jurisdicción Especial de las Zonas.

    9) Preferencias arancelarias: “Una Zona no es territorio aduanal. Las leyes vigentes, relacionadas con la importación y exportación de mercancías, no son aplicables a las mercancías introducidas a una Zona, independientemente de su procedencia.

    10) Para todo tipo de negocios: “En las Zonas se desarrollarán actividades relacionadas con todos los sectores de la economía, prioritariamente las relacionadas con: I. La compra, venta, importación, exportación, depósito, almacenamiento, refinación, purificación, mezcla, ensamble, transformación y demás actividades relacionadas con las mercancías, materias primas e insumos, de procedencia nacional o extranjera, con excepción de aquellas para las que las Leyes y las disposiciones reglamentarias prevean un tratamiento especial, en cuyo caso prevalecerán las normas previstas en la norma especial; II. La construcción de infraestructura y servicios; III. La actividad financiera, y IV. Los relacionados con servicios de esparcimiento y recreación propios de centros poblacionales.” “En estas zonas se podrá realizar todo tipo de emprendimientos y proyectos de desarrollo tecnológico, innovación electrónica, biodiversidad, mejoramiento ambiental sustentable o energético.”

    11) El poder de las Empresas: La Comisión Reguladora está compuesta en un 40% por la iniciativa privada11, y está facultada para autorizar las entidades públicas o privadas que se establezcan dentro de la ZEE; proponen al Ejecutivo Federal el establecimiento y ampliaciones de las ZEE; emiten las reglas y proponen los lineamientos generales y políticas; suspender o revocar la autorización a un Operador en la ZEE; imponen sanciones por infracciones legales, reglamentarias o administrativas; emiten opiniones sobre asuntos internacionales “en el ámbito de su competencia”; celebran convenios de coordinación con los Operadores de Zonas; y se coordinan “con dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal y municipal, u otros organismos públicos o privados”; pueden excluir “cualquier mercancía ingresada a la Zona o prohibir cualquier proceso o tratamiento que, a su juicio y con base en los argumentos que sustente, sea perjudicial a la salud o a la seguridad nacional”.12 Las Entidades Federativas y Ayuntamientos pueden solicitar el establecimiento de una Zona dentro de los límites territoriales de su Estado. La superficie total de una Zona, aunque comprenda un centro de población, una conurbación o una zona metropolitana, siempre debe ser superior a 1,000 hectáreas,…

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El Escaramujo 65: LAS ZONAS ECONOMICAS ESPECIALES

 Chiapas, Guerrero, Michoacán, Oaxaca y Veracruz
(Primera Parte)

Gustavo Castro Soto

  Otros Mundos, A.C.
San Cristóbal de las Casas, Chiapas, México

  15 de abril 2016

LEER PDF COMPLETO: El Escaramujo 65: LAS ZONAS ECONOMICAS ESPECIALES Chiapas, Guerrero, Michoacán, Oaxaca y Veracruz (Primera Parte) (7 págs. -PDF 590Kb)

Las Zonas Económicas Especiales (ZEE) serán como un país dentro de México, arrebatando territorios y recursos a los pueblos, con un régimen autonómico jurídico, presupuestal, fiscal, aduanal y de justicia diferenciado del resto de país. Con autonomía en un espacio territorial inmenso, con el fin de fortalecer a las grandes empresas en sus negocios y mercados destinaos a Asía Pacífico, a China, India y otros mercados estratégicos. Del mismo modo, le facilita a Estados Unidos la plataforma de salida a este mercado. Las ZEE tendrán sistemas administrativos simplificados, incentivos fiscales, y para dar valor agregado a sus mercancías tendrán todo tipo de servicios como logística, tecnología, conectividad, energía, agua, puertos, etc.

El modelo extractivista se profundiza por medio de facilitar las plataformas de salida para los minerales, el petroleo, el gas, la madera, los vehículos, maquilas, entre otros productos de agroexportación. Así, en esta lógica de la acumulación de capital y el poder corporativo se cimienta mas profundamente el Modelo Corporación Nación.

“Una Zona Económica Especial (ZEE) es un área delimitada geográficamente; ubicada en un sitio con ventajas naturales y logísticas para convertirse en una región altamente productiva.” El objetivo es ofrecer un “entorno de negocios excepcional para atraer la inversiones” y para lo cual se les ofrecerán a las grandes corporaciones todo un paraíso fiscal y de autonomía empresarial.

Con las ZEE se agudiza la presión por la disputa y el arrebato de las tierras campesinas y los territorios indígenas, pero del mismo modo se acelerará la deforestación y otras afectaciones ambientales en torno a lagunas costeras, manglares, bosques, ríos y otros cuerpos de agua. Los pasivos sociales serán aún más graves por la pobreza, el despojo de tierras, y todas las obras asociadas a la construcción de estos tres megaproyectos que impactarán directamente en los estados de Michoacán, Oaxaca, Veracruz y Chiapas. Las ZEE implicarán un gigantesco consumo de energía, agua y territorios. Se acelerarán los proyectos de carreteras, presas hidroeléctricas, oleoductos, gasoductos, acaparamiento de agua; extracción de minerales, petróleo, gas, monocultivos, madera y de los grandes agronegocios, entre otros. Sin embargo, el gobierno mexicano asegura que con las ZEE se “impulsarán el crecimiento económico sostenible, sustentable y equilibrado de las regiones del país con mayores rezagos lo cual permitirá cerrar brechas de desigualdad”, como si dicha infraestructura estuviera para favorecer la producción campesina e indígena. Del mismo modo el gobierno mexicano se endeudará para la construcción de las ZEE, donde las empresas no pagarán aranceles ni impuestos, que mermarán los ingresos federales agudizado ya por la falta de ingresos de la venta de hidrocarburos, ganancia que el gobierno ha cedido a los grandes consorcios petroleros.

Y por cierto, el crimen organizado, ¿dónde queda en medio de todo esto? ¿Qué influencia podrá tener en las ZEE? ¿Y el lavado de dinero? ¿Y el uso de tales territorios liberados para los grandes negocios?

(…)

Las tres Zonas Económicas Especiales en México

Los tres gigantescos megaproyectos o plataformas de infraestructura con el fin de agilizar el comercio transnacional y el extractivismo del país, impactarán de manera directa a los estados de Chiapas, Michoacán, Guerrero, Oaxaca y el sur de Veracruz. Las tres ZEE involucrarán directamente cuatro puertos en tres entidades del país, pero también tendrá impacto sobre el resto del territorio nacional. Esta iniciativa tuvo la asesoría del Banco Mundial (BM), pero también tendrán como aliados al Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y a la Universidad de Harvard.

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El Escaramujo 64: Gestión Comunitaria de Bosques IV

 Elementos para su defensa y fortalecimiento
(Cuarta Parte, y última)

  Claudia Ramos Guillén

  Otros Mundos, A.C.
San Cristóbal de las Casas, Chiapas, México

  26 de febrero 2016

LEER PDF COMPLETO: El Escaramujo 64: Gestión Comunitaria de Bosques. Elementos para su defensa y fortalecimiento (Cuarta y Última Parte) (10 págs. -PDF 416Kb)

La experiencia habla: los esquemas fallidos

Para dejar más claro de qué manera ciertos programas de conservación, lejos de fortalecer la gestión comunitaria de bosques, la debilitan, compartimos a continuación algunos ejemplos de esquemas fallidos a fin de ayudar a una mejor toma de decisiones. Mucho se ha hablado de que Chiapas por su enorme experiencia en Pagos por Servicios Ambientales (PSA) es el terreno idóneo para la puesta en marcha de REDD+.

Sin embargo, estudios realizados sobre los proyectos PSA (Mcaffe, K. 2012) indican que estos programas no ayudaron en la reducción de la pobreza; además de evidenciarse la creación de nuevas élites de terratenientes verdes (personas que tienen acceso a mayor extensión de tierra y  que con buenas conexiones pueden influir en tribunales, la policía, militares, etc. y eluden al final las restricciones ambientales impuestas para la conservación).

En muchos de los casos de PSA analizados en Chiapas, y otros países como Guatemala y Nicaragua no se cubren ni siquiera las expectativas de ingresos de manera local en las comunidades en donde se desarrollan los proyectos.

También se ha demostrado que, cuando los valores no monetarios e incentivos colectivos apoyan la distribución equitativa de los derechos de uso de la tierra y suelo, se limitan las prácticas destructivas del ambiente, pero el pago por desempeño reemplaza estas prácticas colectivas de cuidado del bosque por estrategias individualistas y de corto plazo. Destruyendo así procesos de comunalidad, el servicio a la comunidad no remunerado y la toma local de decisiones. 

Así mismo, los mecanismos PSA abren grandes interrogantes acerca de cómo se miden los beneficios obtenidos en ellos y existe una gran ambigüedad en las metodologías para medir sus impactos. Además ¿cómo se asegura que las zonas aledañas que no estén bajo este esquema no sean sobreexplotadas? un caso concreto lo tenemos en la región de la Reserva de la Biosfera Montes Azules, en Chiapas, en donde el polígono de la “reserva” está rodeando de grandes zonas de explotación de monocultivos de palma africana, así como de ganadería extensiva, mucha de ella realizada con incentivos económicos por parte del gobierno. Se crean así islas de conservación en las que tenemos un área conservada intocable rodeada de un área sobreexplotada y con proliferación de monocultivos con alto uso de insumos externos y que muchas veces son avaladas  por las mismas certificadoras  que pretenden garantizar el manejo sustentable del bosque (p. ej. Los procesos de certificación de Rainforest Alliance).

Un ejemplo concreto respecto a REDD es el del proyecto Scolel Té implementado por la Agencia de Cooperación del gobierno británico a través de la ONG AMBIO con recursos del Fondo Bioclimático, en el cual participan otras instancias y organizaciones vinculadas al mercado de carbono a nivel mundial.  Scolel Té es uno de los primeros proyectos de compensación de carbono forestal (desde 1996) y cubre una superficie de 7 606 hectáreas en diferentes regiones de Chiapas, principalmente en las zonas de amortiguamiento de ANP en la Selva Lacandona y la Sierra Madre.

Según sus propios promotores es una iniciativa de sistema de gestión comunitaria de carbono, que incluye la reforestación, la agroforestería, la conservación y la restauración del bosque. Sus bonos de carbono han sido vendidos tanto a empresas paraestatales como PEMEX, organizaciones internacionales como Save the Planet, o fundaciones como la Federación Internacional del Automóvil.

Lo que realmente ha sucedido con este proyecto es que, ya que el objetivo principal es la plantación de árboles en tierras que estén en manos privadas y solamente durante los primeros 5 años en los que los árboles crecen, el principal interés económico para los beneficiarios es la futura venta de madera. Bajo este esquema, los agricultores se comprometen a mantener las plantaciones de árboles por cuatro rotaciones de 25 años, ateniéndose a las especulaciones del mercado; y en consecuencia han abandonado el ritmo de los anteriores ciclos de rotación de cultivos (de 5 a 7 años) que permitían una seguridad alimentaria. Algunas investigaciones han documentado además que la implementación de REDD+ ha incidido en el surgimiento de nuevos conflictos por la tierra y a generar temor entre la población que habita ANP debido a la creación de la “policía ambiental” que este mecanismo ha implicado.

Podemos ver que estos programas, gestados desde una visión ajena del bosque y del campo, no se adaptan a la realidad de los pueblos ni siquiera buscan el bienestar de estos. Más bien son programas que buscan el mantenimiento de un sistema extractivista, para que se pueda seguir justificando la producción de bienes a toda costa y la acumulación de capital por parte de unos pocos entramados corporativos. Al mismo tiempo, estos programas dejan al campesinado y pueblos originarios en una situación de esclavos asalariados en sus propias tierras, encadenados a través de contratos y criminalizados cuando deciden volver a tratar la tierra como antes lo hacían sus abuelos y abuelas, y retomar el control sobre los bienes comunes.

Ejemplos de gestión comunitaria de bosques en México

Ixtlán de Juárez Oaxaca

En el Estado de Oaxaca, la comunidad de Ixtlán de Juárez representa unos de los casos de éxito, en lo que se considera  modelo de gestión comunitaria sustentable. Este modelo se basa en tres pilares: comunalidad, cosmovisión y la capacidad de gestionar los modelos forestales. Este modelo es principalmente forestal y fue construido hace aproximadamente 60 años. Siempre con errores y aciertos.

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El Escaramujo 63: Gestión Comunitaria de Bosques III

 Elementos para su defensa y fortalecimiento
(Tercera Parte)

  Claudia Ramos Guillén

  Otros Mundos, A.C.
San Cristóbal de las Casas, Chiapas, México

  22 de febrero 2016

LEER PDF COMPLETO: El Escaramujo 63: Gestión Comunitaria de Bosques. Elementos para su defensa y fortalecimiento (Tercera Parte) (7 págs. -PDF 403Kb)

Una cuestión de derechos: Marco Legal

Muchas veces, las comunidades indígenas y/o campesinas que llevan a cabo el manejo y/o la gestión de bosques desconocen los derechos que poseen para defender sus prácticas y sus territorios frente a amenazas de despojo de cualquier tipo; ya sea despojo de recursos, de saberes, de formas organizativas o de los territorios mismos. A continuación presentamos una serie de tratados internacionales y leyes nacionales que pueden servir durante un proceso de defensa de la tierra y el territorio a través de la gestión y manejo de los bienes comunes naturales.

Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 1º. Todas las autoridades (gentes del gobierno, jueces y diputados que hacen leyes) tienen la obligación de promover y respetar los derechos humanos puestos en la Constitución federal o en los convenios internacionales. Los derechos humanos también podrán disminuirse pero solo en los casos y modos en que la propia Constitución federal lo diga.

Artículo 2º. Indígena es la persona o el pueblo que: 1) viene de la gente que vivía en México antes de la conquista de los españoles (hace unos 500 años); 2) que todavía conserva algunas costumbres de esos tiempos y, 3) que, además, tiene claro que es indígena. Comunidades indígenas son las que tienen su tierra y autoridades propias nombradas según su costumbre.

A. Los pueblos y las comunidades indígenas tendrán derecho a la autonomía (también llamada libre autodeterminación) para:

Hacer uso y disfrute colectivo preferente de los recursos naturales de los lugares que habitan, menos en tres casos 1) Cuando esos recursos corresponden a las áreas estratégicas (señaladas en el artículo 28 como son el petróleo o los minerales radioactivos, por ejemplo el uranio), y también 2a) cuando hayan dado derechos sobre la tierra a gente de fuera de la comunidad (derechos a terceros) o 2b) a gente de la propia comunidad (como el caso del PROCEDE1 o FANAR2).

B. Para conseguir el desarrollo de los pueblos y las comunidades indígenas y que se cumplan sus derechos, la federación, los estados y los municipios, junto con pueblos y comunidades indígenas, crearán y manejarán las instituciones y las políticas que sean necesarias.

Artículo 27º. La Nación (representada por el gobierno pero con base en una ley) podrá imponer en cualquier tiempo a la propiedad (privada o colectiva) las medidas que considere necesarias para proteger el interés general de la sociedad. Como por ejemplo, establecer usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques…para conservar y recuperar la ecología…o para evitar la destrucción de la naturaleza. Pero teniendo en cuenta los derechos humanos de los campesinos y las comunidades indígenas establecidos en la propia constitución y en los convenios internacionales como el 169º de la OIT.

VII. La ley dirá cómo se puede hacer el aprovechamiento de tierras, bosques y aguas de uso común de los ejidos y comunidades pero con respeto y apoyo a su vida comunitaria.

La ley dirá cómo las comunidades y los ejidos podrán hacer uso de los derechos sobre la tierra y sus recursos productivos pero esta palabra la dirá la ley con respeto a la voluntad de los campesinos para elegir las maneras que más les convengan a ellos.

Convenio Sobre Pueblos Indígenas y Tribales (conocido como Convenio 169º de la Organización Internacional del Trabajo OIT)

Artículo 6.– Los gobiernos deben consultar a los pueblos cada vez que hagan leyes o lleven programas, proyectos o lo que sea que les afecte o pueda afectarles sus tierras, sus recursos o sus costumbres. Las consultas tendrán como objetivo lograr un acuerdo con esos pueblos.

Artículo 7.– Los gobiernos deberán tomar medidas, en cooperación con los pueblos, para proteger el medio ambiente de los territorios que habitan (es decir, sus montañas y aguas como también sus acahuales, sus milpas y las zonas que tienen para ganados o para criar animales).

Artículo 15.– Cuando pertenezca al gobierno la propiedad de los recursos abajo del suelo o tenga derechos sobre otros recursos que hay en las tierras de las comunidades, antes de autorizar o iniciar cualquier programa, deberá consultar a los pueblos.

Artículo 25.– Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, aguas, y otros recursos que tradicionalmente ha poseído y usado.

Artículo 26.– Los pueblos indígenas tienen derecho a utilizar y controlar sus tierras y recursos según sus propios modos y su propia tradición de ellos.

Artículo 27.– Los gobiernos reconocerán las leyes y costumbres de tenencia de la tierra y manejo de los recursos de los pueblos indígenas y estos pueblos participarán en este proceso.

Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas

Reconociendo que el respeto de los conocimientos, las culturas y las prácticas tradicionales indígenas contribuye al desarrollo sostenible y al ordenamiento bueno del medio ambiente.
Artículo 8. Los gobiernos van a prevenir o si no se puede van entonces a reparar: a) Todo acto que prive a los indígenas de sus valores culturales o de sus tierras, territorios y recursos;

Artículo 32. Los pueblos indígenas tienen derecho a decidir las prioridades y las estrategias para el desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos (como los bosques).

Aunque México es el segundo país con más impunidad del mundo, después de Filipinas (según El Centro de Estudios sobre Impunidad y Justicia (CESIJ) de la Universidad de las Américas Puebla), no debemos olvidar que existen derechos colectivos y que muchos de ellos pueden servir de marco en la defensa de bienes comunes naturales, como los bosques y su biodiversidad; de ahí también la importancia de que las comunidades estén  bien informadas y organizadas y de exigir que dichas leyes sean cumplidas cuando sean favorables para la defensa de la tierra o que sean eliminadas aquellas leyes o reformas que consideremos injustas para los pueblos, que atenten contra los bienes comunales o pongan por encima los intereses de corporaciones ante los intereses comunes. A pesar de todo, no podemos jugar todas las cartas a la defensa legal de los territorios sino ha de ser uno de los muchos frentes de lucha, acompañado con acciones directas, procesos autogestivos y otras estrategias para la defensa y cuidado de los bosques y espacios comunes.

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El Escaramujo 62: Gestión Comunitaria de Bosques II

 Elementos para su defensa y fortalecimiento
(Segunda Parte)

  Claudia Ramos Guillén

  Otros Mundos, A.C.
San Cristóbal de las Casas, Chiapas, México

  15 de febrero 2016

LEER PDF COMPLETO: El Escaramujo 62: Gestión Comunitaria de Bosques. Elementos para su defensa y fortalecimiento (Segunda Parte) (8 págs. -PDF 395Kb)

La gestión comunitaria de los bosques

Se refiere a espacios donde las comunidades ejercen el control político de sus territorios y recursos mediante mecanismos horizontales para la toma de decisiones que incluyen la transparencia y rendición de cuentas.

Otra definición indica que la gestión comunitaria del bosque se refiere a las regulaciones y prácticas que se utilizan en muchas comunidades, ejidos y poblaciones para la conservación y el uso sustentable del bosque con el que se convive. Estas regulaciones en muchas comunidades reciben el nombre de “acuerdos” y reglamentaciones, y son precisamente los que permiten hacer un uso sustentable de los bienes comunes, la mayoría de las veces son decisiones tomadas en colectivo y permiten tener un control local sobre el uso, manejo y cuidado de los bosques.

Entonces podemos resumir la gestión comunitaria como: “La capacidad para la planificación, toma de decisiones y manejo de una serie de recursos organizativos, tecnológicos, financieros y humanos por parte de las comunidades para la presentación de los servicios de asociaciones sociales, lo cual permite garantizar su eficiencia (proceso), efectividad (resultados) y sostenibilidad (en el tiempo)” (Gómez et al., 1996).

Algunos elementos importantes para la gestión comunitaria de bosques son:
-Responsabilidad: La comunidad toma posesión del sistema y de sus obligaciones.
-Autoridad: La comunidad tiene el derecho legítimo de tomar decisiones.
-Control: La comunidad ejerce un control político sobre el territorio.

Y entonces tendría tres características esenciales:
-La comunidad tiene autoridad, autonomía y efectivo control sobre el territorio y las decisiones que toman.
-Las instituciones proveen ayuda y asistencia pero no suplantan la organización comunitaria.
-Existe una organización comunitaria legalizada y legítima responsable de la administración y gestión  de sus bienes comunes naturales.

¿Quiénes hacen gestión comunitaria de bosques?
-Pueblos indígenas viviendo en territorios comunitarios definidos.
-Pueblos indígenas que han perdido territorios comunitarios y buena parte de su conocimiento tradicional.
-Comunidades campesinas que poseen áreas boscosas comunales.
-Comunidades campesinas que son poseedoras de parcelas de propiedad privada o ejidal y que pueden llegar a organizarse para restaurar, conservar y hacer uso de áreas boscosas.
-Comunidades urbanas que conservan áreas boscosas.

Participación de la mujer en el manejo del bosque

Tradicionalmente cuando hablamos de los temas de gestión y manejo de bosques, estos quedan reducidos a los “ámbitos” masculinos, especialmente cuando hablamos de aprovechamientos forestales, pues en muchas comunidades y ejidos son los varones quienes poseen los títulos de propiedad de la tierra y quienes tienen el derecho a tomar decisiones sobre los “recursos”. El papel de las mujeres, por tanto, suele ser secundario en los procesos de gestión comunitaria de bosques y en las luchas por defender el derecho a la tierra y el territorio.

Sin embargo, las mujeres tienen un papel fundamental en la conservación del bosque, pues la misma división tradicional del trabajo por género les asigna la responsabilidad de realizar actividades ligadas al bosque, el monte o la montaña; como son: la recolección de agua,  de leña, así como de plantas alimenticias y medicinales. Muchas de estas actividades las hacen acompañadas de sus hijas/os y se convierten así en espacios de convivencia en donde se comparten los saberes y la vida de la comunidad.

Por tanto, consideramos necesario fortalecer formas organizativas y la representación igualitaria en los espacios de toma de decisiones, de tal manera que permitan el reconocimiento y validación de la labor de las mujeres como parte de la gestión comunitaria de los bosques, en beneficio de las mujeres mismas, de los bosques y de las propias comunidades.

El bosque como parte del territorio

Como podemos ver, la gestión comunitaria de los bosques está muy ligada al territorio, es por ello que nos gustaría compartir aquí una reflexión de lo que territorio significa para algunas comunidades:

Los campesinos y campesinas reconocen la importancia que tiene la tierra para sus vidas: Para los pueblos campesinos la tierra es vida, es parte de la naturaleza, de la cual también forma parte el ser humano. (…) La tierra es subsistencia, es trabajo. Los campesinos están muy apegados a su tierra, allí es donde han vivido por varias generaciones.

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El Escaramujo 61: Gestión Comunitaria de Bosques I

 Elementos para su defensa y fortalecimiento
(Primera Parte)

  Claudia Ramos Guillén

  Otros Mundos, A.C.
San Cristóbal de las Casas, Chiapas, México

  11 de febrero 2016

LEER PDF COMPLETO: El Escaramujo 61: Gestión Comunitaria de Bosques. Elementos para su defensa y fortalecimiento (Primera Parte) (8 págs. -PDF 367Kb)

PRESENTACIÓN

El presente documento es un esfuerzo por otorgar, de manera sintética, elementos y experiencias de la gestión comunitaria de bosques a personas interesadas en el tema, estudiantes, personas que necesiten adentrarse en estos conocimientos para facilitar procesos de acompañamiento, entre otras. No queremos decir cómo se debe “hacer” de manera “correcta” el convivir con el bosque y no creemos que exista una receta de gestión y manejo; al contrario, es una conjunción de saberes. Desde nuestra perspectiva, en las comunidades ya se posee el  conocimiento y sabemos que nunca se parte  de cero. La intención, por tanto, es sobre todo contribuir, con este documento, al reconocimiento, la reivindicación y el fortalecimiento de estos procesos.

Creamos este material con el objetivo de ayudar a compensar la gran cantidad de información difundida por parte de organismos gubernamentales y no gubernamentales alineados a la política de mercantilización de la naturaleza, donde, en un contexto de crisis climática y de modelo económico, se pretende hacer de los bosques y su biodiversidad, una mercancía. Esto, ya que dicho modelo ha provocado que muchas comunidades y pueblos que habitan los bosques deban enfrentar procesos de defensa de su tierra y territorio, en donde los bosques se convierten en el elemento en disputa. Por otro lado, existen también organizaciones que tienen intenciones genuinas en cuidar los bosques y que entienden la importancia de la organización comunitaria para ello; sin embargo, carecen de elementos suficientes para comprender la complejidad y alcance real de esta relación. Creemos que este documento puede ayudar a discernir entre los proyectos que realmente contribuyen a la gestión comunitaria de bosques, y los que solamente legitiman las estrategias de la “economía verde”.
En resumen, este es un material informativo, de apoyo en la toma de decisiones e introductorio al vasto y maravilloso mundo de la relación entre los bosques y las comunidades y pueblos que los habitan.

Introducción

En Otros Mundos A.C, vemos la importancia de reconocer que las comunidades campesinas e indígenas conviven con los bienes comunes naturales, incluyendo, no solo al bosque, sino al agua, la biodiversidad y la integralidad de los ecosistemas, y que por lo mismo, existen un sinnúmero de prácticas; estrategias de manejo, conservación y protección del bosque, monte o montaña que se han implementado durante años en lo que se ha ido llamando gestión comunitaria de bosques. Estas estrategias, que han ido pasando a través de generaciones y se han ido enriqueciendo a través del aprendizaje, son producto del conocimiento que las poblaciones han desarrollado en relación con sus propios territorios. No pretendemos decir que en la relación de las comunidades con los bosques no exista un proceso de deforestación, ni obviar que algunas prácticas que se usan para el manejo de los bienes comunes no son necesariamente las mejores. Sin embargo, queremos hacer hincapié en la sabiduría de las poblaciones que han convivido con su medio y han enriquecido la biodiversidad a través de sus prácticas tradicionales, y en su derecho a seguir siendo quienes deciden libremente sobre sus bienes naturales. Dicha sabiduría cobra además especial importancia en un contexto en el que el modelo económico va valorando como mercancía a la naturaleza, convirtiendo a los pueblos en simples mercaderes o intermediarios.

Como punto de partida, en este documento revisaremos, desde una postura crítica, diferentes visiones (institucionales, comunitarias, desde colectivos ambientalistas, etc.) en torno al bosque, a sus diferentes manejos, usos y a las funciones que desempeñan en el mantenimiento del equilibrio ecológico global.

Así mismo, compartiremos características organizativas y técnicas de gestión comunitaria de bosques, producto de diferentes experiencias, con ejemplos prácticos que nos ayudarán a esclarecer algunos de los conceptos que se van desarrollando.

El o la lectora encontrará también elementos del marco legal mexicano e internacional que respaldan la gestión comunitaria de los bosques; y posteriormente un análisis de los diferentes programas, estrategias y proyectos que se han implementado desde las instituciones gubernamentales en los territorios indígenas y campesinos en México bajo este mismo concepto. De varios de ellos, se analizarán sus fallas e impactos causados en las comunidades, contrastándolos con experiencias exitosas de gestión comunitaria que se han dado en otros lugares, fuera de los esquemas de gobierno. Así mismo se presentan programas vigentes en Chiapas que dicen trabajar por la gestión comunitaria de bosques, señalando sus puntos críticos y potencialmente negativos, tanto para las comunidades, como para los bosques.

Este documento, que forma parte de un proceso continuo de investigación-acción, pretende dar pistas a partir de las distintas experiencias de gestión y manejo del bosque, y compartir lo que se está realizando en diferentes comunidades para analizar la oleada de proyectos que hoy en día van dirigidos a los bosques. Nuestra intención es abonar con experiencias y compartir herramientas para la toma de decisiones libre e informada con respecto al uso de los bienes comunes naturales.

Esperamos que la información aquí presentada sirva para identificar, no solo la importancia que los bosques y la biodiversidad tienen para la vida en el planeta Tierra, y la que van adquiriendo en el contexto capitalista dentro de los procesos de mercantilización; sino también para dar ánimos en la resistencia al mismo, para reforzar las prácticas autónomas de manejo del bosque y para poder seguir teniendo bosques, montes y montañas por mucho, mucho tiempo más para todas y todos.

Mercantilización de la vida

El sistema capitalista, en su fase corporación-nación, se ha extendido por todos los rincones del planeta y por todos los ámbitos de la vida, a un punto tal, que nos es difícil imaginar otras formas de vivir. Sin embargo, un sistema así, cuya finalidad se basa en el crecimiento ilimitado, no tiene cabida en un mundo donde los limitados bienes naturales son necesarios para sostener los ecosistemas y la vida misma.

Es por eso que, en la actualidad, afrontamos una serie de crisis (ambiental, social, económica, humanitaria, civilizatoria, climática, etc.) que parece marcarnos el principio del fin de una era, y un posible colapso a escala global, de proporciones jamás antes vistas por la humanidad.

Cada vez son más las voces desde los pueblos y los movimientos sociales que identifican la presencia de cambios en el clima que están afectando los modos de vida, sobre todo de quienes viven directamente de los bienes naturales; temporadas de sequía más largas o fuera del tiempo esperado, lluvias torrenciales fuera de época, descenso o asenso de temperaturas. Todo ello afecta las prácticas agrícolas, el crecimiento de las plantas que forman parte de la vida comunitaria, o propicia la aparición de enfermedades y plagas desconocidas. Por otro lado, desde los medios de comunicación, las empresas y los discursos gubernamentales y de los organismos internacionales, también se habla de una crisis climática y, sin abordar a profundidad sus causas, se ofrecen diferentes soluciones para enfrentarla.

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El Escaramujo 60: LA LEY DE ENERGÍA GEOTÉRMICA

 ¿En qué consiste?

 Gustavo Castro Soto

 Otros Mundos, A.C.
San Cristóbal de las Casas, Chiapas, México

 5 de febrero 2016

 LEER PDF COMPLETO: El Escaramujo 60: LA LEY DE ENERGÍA GEOTÉRMICA (7 págs. -PDF 600Kb)

Con esta ley el gobierno presiona más sobre el despojo de las tierras campesinas y los territorios indígenas; y los pondrá a competir con las corporaciones de energía por el acceso a los recursos hídricos.

En el marco de la Reforma Energética y de la firma del Tratado Transpacífico (TTP), el gobierno publica el Decreto de la Ley de Energía Geotérmica1 en el 2014. Para ello también se reforman diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, misma ley que se estará modificando en los próximos meses para adecuarse al libre comercio y a las inversiones.

Esta ley tiene el fin de “regular el reconocimiento, la exploración y la explotación de recursos geotérmicos para el aprovechamiento de la energía térmica del subsuelo dentro de los límites del territorio nacional, con el fin de generar energía eléctrica o destinarla a usos diversos”.2

Al referirse esta ley como de “utilidad pública”, tiene preferencia “sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del subsuelo de los terrenos”, a excepción de las actividades de la industria de los hidrocarburos que tendría prioridad. La ley estipula que se respetará la consulta indígena, previa, libre e informada, sin embargo esta no está regulada y sus intentos son siempre controlados por el mismo gobierno. También afirma que se protegerá el “medio ambiente” y que se respetarán “los derechos humanos y sociales de los particulares, ejidatarios, comuneros  o dueños de los predios”.3 Tampoco se dice cómo se respetarán los derechos humanos sobre todo cuando el gobierno pretende modificar la ley agraria para lograr despojar a los núcleos agrarios de sus tierras y facilitar las inversiones de los megaproyectos. Las actividades de exploración como de explotación requieren hacerse sobre la superficie que tiene ya un dueño. ¿Y si el dueño del suelo se niega?

La Secretaría de Energía será quien otorgue las concesiones para exploración o explotación a las empresas privadas, a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) o a las empresas productivas del Estado4. Estas concesiones podrán venderse a otras empresas5; podrán ser para generar energía eléctrica o “para destinarla a usos diversos”6; podrán unificarse concesiones colindantes7, y solo darán un “derecho temporal para la explotación del recurso geotérmico, durante la vigencia de dichos títulos”.8 Si la empresa descubre “subproductos tales como minerales, gases o aguas con un origen distinto a las aguas geotérmicas”, debe avisar a la Secretaría de Energía.9

Las aguas geotérmicas deben ser reinyectadas al área geotérmica10. Por otro lado, la Secretaría de Energía puede revocar una concesión si la empresa incumple con su objetivo, si amplia el área sin permiso, si la vende sin informar, si daña o contamina el acuífero adyacente; o cuando no informe de cambios en su cronograma financiero o de trabajo, entre otras razones.11

No se podrán realizar actividades de reconocimiento de recursos geotérmicos en zonas urbanas, en áreas donde se localicen instalaciones estratégicas de seguridad nacional y sobre bienes de uso común definidos en la Ley General de Bienes Nacionales12. Si el permisionario encuentra durante la exploración acuíferos adyacentes al yacimiento geotérmico, lo debe avisar a la Secretaría de Energía quien resolverá la conveniencia de proseguir con la exploración.13

Los permisos para la exploración tendrán una extensión de hasta 150 km2, una vigencia de tres años prorrogados por tres años más14. Las concesiones de explotación tendrán una vigencia de 30 años y se podrá prorrogar.15

Los particulares, la Comisión Federal de Electricidad y las empresas productivas del Estado que realicen trabajos de exploración deberán entregar la “información geológica, de percepción remota, la derivada de los muestreos geoquímicos, geofísicos, geohidrológicos, toma y análisis de muestras de rocas, y demás que haya sido obtenida en la etapa de exploración de terrenos con posible potencial geotérmico a la Secretaría”, la cual será responsable del acopio, resguardo y administración de dicha información y será de carácter privada durante la duración de la concesión.16 Todo concesionario deberá contar con un  “seguro de riesgos, planes de emergencia y contingencia previamente aprobados por la Secretaría”.17

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El Escaramujo 59: LA LEY PARA SANCIONAR DELITOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS

 ¿En qué consiste?

  Gustavo Castro Soto

  Otros Mundos, A.C.
San Cristóbal de las Casas, Chiapas, México

 29 de Enero 2016

LEER PDF COMPLETO: El Escaramujo 59: LA LEY PARA SANCIONAR DELITOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS (7 págs. -PDF 365Kb)

En el contexto del Tratado Transpacífico y otros Acuerdos de Libre Comercio, el Gobierno Federal impulsa la Reforma Energética que abre a las empresas transnacionales la inversión en actividades estratégicas de exploración y extracción de petróleo y gas natural con diversas modalidades1. También se contempla la participación de empresas privadas en actividades de refinación, petroquímica; en transporte, almacenamiento y distribución de petróleo, gas natural y los derivados de estos hidrocarburos; en la venta al público de los productos; y en la industria del gas natural a través de otras empresas productivas del Estado.

 

    Para que esto sea posible, se expidió un total de 9 leyes y se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de otras 12 leyes. Con esto se garantiza las ganancias de los grandes consorcios petroleros privados al tiempo en que se traza un proceso para desaparecer con Petróleos Mexicanos (PEMEX) para el 2018.

    En este marco se aprueba también la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos2 aprobada el 15 de diciembre de 2015.3 Con el fin de armonizar las demás leyes federales relacionadas con ésta, se adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales; del Código Penal Federal; de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; de la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del Artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; del Código Fiscal de la Federación y del Código Nacional de procedimientos Penales.

    En los casos no previstos en esta Ley serán aplicables el Libro Primero del Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley de Hidrocarburos, la Ley de Seguridad Nacional, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley Federal de Extinción de Dominio y la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.4

    Esta Ley se define como “ de orden público y de aplicación en todo el territorio nacional en Materia de Fuero Federal; tiene por objeto establecer los delitos en particular y sanciones que serán aplicables en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos y demás activos.”5

    Con esta Ley, las empresas petroleras tendrán toda la ayuda de los tres niveles de gobierno para proteger sus inversiones así como la intervención de sus respectivos cuerpos policiacos. Junto con las empresas diseñarán e implementarán diversos programas y estrategias de inteligencia para vigilar y garantizar la seguridad del trabajo de exploración y explotación de las empresas extranjeras, pero también de todos sus activos, instalaciones, equipo, maquinarias, los espacios inmuebles, construcciones, muebles, y demás bienes destinados al funcionamiento, mantenimiento y operación de sus actividades. Podrán diseñar mecanismos para identificar zonas, sectores o grupos que potencialmente podrían actuar en delitos tipificados en esta ley.

    La ley pretende ahuyentar la delincuencia y garantizar las propiedades ahora en manos de las empresas extranjeras, lo que no se hizo en su momento con Pemex que se fue desangrando. Ahora, el gobierno tipifica como delitos graves lo que antes no lo era, con hasta 25 años de cárcel y 25 mil días de salario mínimo. Los delitos señalados más abajo están al mismo nivel que el narcotráfico, delitos de propiedad intelectual y derechos de autor, en el Código Nacional de Procedimientos Penales. Por otro lado, esta ley no sólo se aplicará a quién cometa el delito directamente, sino también a quien lo facilite, colabore, consienta o lo sepa y no lo denuncie, según el caso. Y no solo se aplica la ley a las personas ajenas, sino incluso a los trabajadores o ex trabajadores o funcionarios del cualquier nivel de gobierno que atenten contra los intereses de la empresa. Como delito grave federal, el Ministerio Público procederá de oficio en la investigación y persecución, y podrá solicitar la prisión preventiva,6 y “entregará los hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos y demás activos que sean asegurados” a sus dueños “sin dilación alguna”.7

    Se podría criminalizar una movilización, alguna protesta por los efectos de las inversiones petroleras bajo la interpretación de que “obligaste, intimidaste, amenazaste o usaste cualquier tipo de violencia”, concepto que queda muy abierto para criminalizar cualquier otra acción o movilización frente a los pozos petroleros o instalaciones de la empresa. Un plantón o bloqueo podría interpretarse como apropiación de vehículos, equipos o cualquier tipo de propiedad de las empresas. O que se facilita, auxilia o presta ayuda a esa movilización que se incrimina. O se criminalizará al consumidor que compre gasolina robada en alguna comunidad lejana sin saber su procedencia. Y por “Seguridad Nacional” el gobierno protege la información de las empresas extranjeras, sus operaciones, movimiento de personal, despidos, contratos, actividades y demás movimientos.

(…)

Los sistemas de Inteligencia…

La Federación se coordinará con las instituciones locales, municipales y de seguridad pública; con las autoridades del sector energético; con las empresas (signatarios, permisionarios, contratistas o distribuidores) “para prevenir y detectar actos u operaciones” relacionados con el objeto de esta Ley, y deberán:1

    1. “Diseñar y ejecutar programas permanentes para garantizar la vigilancia de los ductos, instalaciones y equipos de las empresas (asignatarios, permisionarios, contratistas o distribuidores);”
    2. “Realizar estudios sobre las causas estructurales, distribución geodelictiva, estadísticas, tendencias históricas y patrones de comportamiento que permitan actualizar y perfeccionar las actividades para la prevención de los delitos;”
    3. “Obtener, procesar e interpretar la información geodelictiva por medio del análisis de los factores que generan las conductas previstas en esta Ley con la finalidad de identificar las zonas, sectores y grupos de alto riesgo, así como sus correlativos factores de protección;”
    4. “Suministrar e intercambiar la información obtenida mediante los sistemas e instrumentos tecnológicos respectivos;”
    5. “Llevar a cabo campañas orientadas a prevenir y evitar los factores y causas que originan el fenómeno delictivo sancionado en esta Ley, así como difundir su contenido;”
    6. “Celebrar Convenios de Colaboración Generales y Específicos para cumplir con las acciones de prevención, así como en la legislación sobre Seguridad Nacional, y Las demás acciones conducentes en términos de las disposiciones aplicables en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública.”

“La información o datos sobre el funcionamiento de las operaciones, instalaciones, actividades, movimientos del personal o vehículos de asignatarios, contratistas o permisionarios que se vinculen con las actividades previstas en el párrafo séptimo del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, será considerada información de Seguridad Nacional en términos de la Ley en la materia. Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en la legislación aplicable en materia de transparencia y acceso a la información pública.” 2

Así, como podremos observar, los intereses de las empresas extranjeras estarán blindadas con diversas leyes que garantizan sus inversiones y el extractivismo en el país.

LEER PDF COMPLETO: El Escaramujo 59: LA LEY PARA SANCIONAR DELITOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS (7 págs. -PDF 365Kb)

ODT: El Escaramujo 59: LA LEY PARA SANCIONAR DELITOS EN MATERIA DE HIDROCARBUROS

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El Escaramujo 58: LA ESTRATEGIA

 Reflexiones para el Movimiento Social

  Gustavo Castro Soto

  Otros Mundos, A.C.
San Cristóbal de las Casas, Chiapas, México

 12 de Enero 2016

LEER PDF COMPLETO: El Escaramujo 58: LA ESTRATEGIA. Reflexiones para el Movimiento Social (9 págs. -PDF 210Kb)

Hoy la palabra “estrategia” suena por todos lados frente a la crisis económica, política, social y en general frente la crisis climática y del capitalismo, para quienes logran entenderlo. La pregunta sobre las alternativas que tenemos frente a todo ello es causa de fuerte debate. Para algunos la crisis de los gobiernos progresistas de América Latina nos coloca en un escenario tal que implica cambiar la estrategia. Para otros la estrategia es la sobrevivencia a mediano plazo; para otros reformar al Estado; para otros defender lo que se ha logrado en la lucha por la autonomía, por la Madre Tierra, o por la defensa de la Tierra y el Territorio. Para otros, habrá que hacer un nuevo pacto social y configurar un Nuevo Constituyente.

Mientras algunos dicen que la estrategia es desde abajo, o abajo a la izquierda; para otros es desde arriba tomando el poder de las estructuras del estado, o para otros modificándola o reformándola; hay para quienes la estrategia para el cambio es incidiendo en los actores que toman las decisiones; o conformando nuevos partidos políticos mientras para otros es necesario desaparecerlos; y para otros es cambiando de paradigma. Y así podríamos seguir mencionando tantas posiciones políticas de tantas voces que luchan por cambiar la situación en que vivimos. Pero, ¿qué es la “Estrategia”?

Por el concepto de “Estrategia” se puede entender cualquier cosa y cada quien quien entiende por ella lo que le plazca. El concepto está muy desgastado y sobado. Este es otro de los conceptos nada fáciles de definir ni acordar su alcance. Se usa en todos los ámbitos, desde el ámbito de guerra, comercial, político, financiero, publicitario, deportivo, partidista, militar, y en los movimientos sociales. En todos lados se habla de “la estrategia” hasta para hacer un pastel o para un juego de mesa. Igual se habla de ‘estrategia corporativa’, ‘pensamiento estratégico’, ‘estrategia educativa’, ‘diseño estratégico’, ‘planificación estratégica’, ‘acción estratégica’, ‘posición estratégica’, ‘mapeo estratégico’, estrategias didácticas, estrategias de aprendizaje, momento estratégico, estrategia de venta, estrategia electoral, entre muchísimos usos más.

No avanzamos porque no hay claridad en el concepto y damos por supuesto que todos entendemos lo mismo. Esta es la falsa premisa y el origen de las dificultades en la acción de los movimientos sociales.

La palabra “Estrategia” viene del griego “strategia” = arte de dirigir ejércitos. Está compuesta por “stratós” = ejército; “ago” = hago, dirijo; y el sufijo “ia”1.

Por lo general “Estrategia” se asocia al “Arte de planear y dirigir las operaciones bélicas o militares: estrategia de defensa, de asedio”. Karl Von Clausewitz la define claramente como “La Estrategia es el uso del encuentro para alcanzar el objetivo de la guerra”.2

Pero para algunos sectores la intolerancia a toda forma de guerra o alusión a ella en nombre de la paz, la reconciliación o la transformación positiva de los conflictos, el concepto de Estrategia les suena muy belicoso por lo que se afanan en encontrar otro concepto que indique la misma idea de dirigirse hacia un objetivo de plenitud.3

Hay quien define la “estrategia” de manera muy simple, como el camino general que lleva a un objetivo. Sin embargo, prácticamente todas las acepciones se refieren a “algo” que ayuda a lograr un “fin”. Ese “algo” es “la” estrategia, y ese “fin” el objetivo, el horizonte, etc. Pero el “algo” pueden ser muchas cosas, y el “fin” otras tantas. El “algo” puede no ser estratégico y el “fin” puede ser cualquier objetivo banal. La Estrategia implica entonces la previa definición de lo fundamental: lo que quiero, el horizonte, la utopía, etc. Por tanto, si no está claro este fin u horizonte, la Estrategia se pierde.

El concepto de “Estrategia” alude y pone énfasis en la conducción de alguien (un actor), donde su complejidad alude también a un arte para poder lograrlo. No dice qué cosas se usan ni hacia dónde, aunque supone, como en el contexto de la guerra, el uso de muchos instrumentos y recursos (físicos, psicológicos, materiales, geográficos, etc.) para lograr la victoria. Pero la “estrategia” no es una metodología4 ni un método, sino un arte.

Una cosa es “la” estrategia, y otra la “estrategia”. Algo puede ser estratégico, pero no es “la” estrategia. Será una parte componente de “la estrategia”. Así, en innumerables situaciones se confunde la estrategia con alguno de sus componentes, dimensiones o perspectivas o elementos que le implican.

Junto con la palabra “estrategia” siempre aparece la palabra “táctica”. La palabra táctica significa poner en orden las cosas para cumplir un objetivo. Proviene del griego taktikós, compuesto por la raíz del verbo tassein = ordenar, organizar; y el sufijo -tico (relativo a)5

Por ello la “Táctica” se asocia a ese arte de seleccionar las mejores herramientas o medios para alcanzar un objetivo. Implica una habilidad especial ya que no es fácil. También una disciplina ya que hay que hacerlo constantemente en la medida en que las coyunturas cambian y se altera la importancia o el valor que puede tener una acción o un medio para continuar hacia el objetivo. Así, no hay “estrategia” sin “táctica”; y no hay “táctica” sin “estrategia”. Son conceptos antónimos recíprocos, ya que no se puede dar uno sin el otro.6

La “estrategia” está en función de un objetivo. Y muchas veces este objetivo no está claro, es difuso, o peor aún, no se ha definido. Esto implica que la “estrategia” sea vaga, confusa o sin sentido. Sin orientación clara que da pie para oportunismos, contradicciones. Por otro lado, la “táctica”, o los medios o los instrumentos a usar, supone una “estrategia” clara. De lo contrario, la confusión y las contradicciones se repiten. No podremos ordenar ni definir los recursos claros para caminar por la estrategia hacia un objetivo. Por ello, objetivo-horizonte-utopía, estrategia y táctica, van íntimamente relacionados.

Para entenderlo de una manera muy sencilla, pongamos un ejemplo muy simple: quiero estudiar una carrera universitaria como normalmente se hace y tener el título de la licenciatura. El objetivo lo tengo bien claro y definido. Mi estrategia es estudiar, aunque otro eligió la estrategia de comprar los exámenes cada semestre. Al fin, ambos llegaremos al objetivo, pero por estrategias diferentes. Las tácticas que usaré serán estudiar todos los días, dormir bien, hacer ejercicio, estudiar en la biblioteca, estudiar en grupo, pedir asesorías, tomar un curso de regularización, etcétera.

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DOC: El Escaramujo 58: LA ESTRATEGIA. Reflexiones para el Movimiento Social

El Escaramujo 57: ¿QUÉ ES UN MEGAPROYECTO?

  Gustavo Castro Soto

 Otros Mundos, A.C.
San Cristóbal de las Casas, Chiapas, México

  20 de octubre de 2015

LEER PDF COMPLETO: El Escaramujo 57: ¿QUÉ ES UN MEGAPROYECTO? (7 págs .PDF 378Kb)

DOC: El Escaramujo 57: ¿QUÉ ES UN MEGAPROYECTO? (7 págs .doc 647Kb)

Mucho se habla de los “Megaproyectos”. Es un concepto muy sobado al cual se recurre constantemente en el movimiento social, en las luchas de resistencia, en el  sector académico e incluso empresarial y financiero. El Banco Mundial le preocupa que este concepto se haya “politizado” y fomente el rechazo por parte del movimiento social contra las grandes obras de inversión que financia.

No es un tema fácil. No hay una regla general para definir cuándo un proyecto debe ser considerado como un Megaproyecto. Algunos autores consideran que los proyectos de más de 1 billón de dólares son considerados Megaproyectos. Pero no es el único criterio. Para otros, cualquier suma de ladrillos y unas palas y picos, ya es un megaproyecto. O en ocasiones se habla de un megaproyecto a unos cuantos edificios o viviendas. Comparados con otras inversiones gigantescas, algunos consideran que un parque industrial o un Centro Comercial (Mall) tampoco es un Megaproyecto. Entonces, ¿qué define un Megaproyecto?

ALGUNAS DEFINICIONES

Veamos algunas definiciones de diversas fuentes en torno al concepto de “Megaproyecto” para ver los elementos que lo componen:

Megaproyecto: “Podemos definir un megaproyecto como un esfuerzo único, un proyecto cuyas condiciones particulares le hacen aún más especial que los proyectos normales, por requerir mayores tiempos, presupuestos y / o recursos asignados que en proyectos similares. Los riesgos, las necesidades y dificultades para llevarla a cabo son habitualmente altos”.

Megaproyecto: “Conjunto de proyectos y actividades a gran escala que responden a una estrategia de intervención económica y ocupación territorial, y que imponen políticamente un modelo de desarrollo sobre los habitantes de las zonas intervenidas. Estos megaproyectos tienen un gran impacto sobre los territorios y habitantes de las zonas donde se implementan, en parte por su magnitud, en parte por la naturaleza de los mismos y sobre todo porque se trata de la imposición de un modelo de desarrollo económico y social.

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Y PARA NOSOTROS, ¿QUÉ ES UN MEGAPROYECTO?

Para algunas fuentes de corte empresarial, un alto costo del Megaproyecto con grandes problemas logísticos, altos riesgos financieros, tecnología de punta y retos técnicos, y una duración larga de construcción novedosa, es criterio para definirlo como tal. Sin embargo, una supercarretera que no tiene nada de complejo y quizás el costo nada comparable con otros Megaproyectos de los grandes ricos del mundo, ocupa grandes extensiones de territorios y afecta biodiversidad, fuentes de agua y puede provocar mucha población desplazada. Por otro lado, otras inversiones que aparentemente no afectan a la población ni la desplazan, como las construcciones de edificios sobre el mar en Dubai, implican una huella ecológica de impacto planetario. O sea, hay afectados directos e indirectos de los Megaproyectos.

Cualquier presupuesto estipulado en un Megaproyecto no toma en cuenta ni asume los pasivos sociales ni ambientales, por lo que en realidad son más costosos. Deforestación, degradación de suelos, pérdida de biodiversidad, contaminación del agua; desplazamiento forzado y empobrecimiento de la población directamente afectada; cambio climático, endeudamiento público, entre otros saldos. Tampoco la mayoría de las inversiones en Megaproyectos van encaminadas a satisfacer las necesidades básicas de la mayoría de la población empobrecida, sino para hacer negocios. Los de infraestructura están encaminadas más a satisfacer las necesidades de los agronegocios, del movimiento comercial de las grandes transnacionales, para agilizar el extractivismo, o para maximizar la rentabilidad de las grandes corporaciones.

Otros Megaproyectos de inversión más que generar mejores condiciones de vida local, generan economías de enclave, dependencia y mayor pobreza. O en otras ocasiones son para satisfacer los gustos de las élites más enriquecidas del planeta.1 Y también se dan gigantescas inversiones para el lavado de dinero.

Por lo tanto, en general los Megaproyectos exceden sus presupuestos originales, sus cronogramas y su huella ecológica es muy alta debido al intenso extractivismo en que se cimientan sus insumos. Pareciera que un cable submarino de fibra óptica interoceánico o de comunicación no afecta a nadie, sin embargo, el costo ambiental de producción del material con que está hecho ha devastado territorios completos. Lo mismo que un satélite o una nave espacial pareciera que no hace daño a la humanidad ni desplaza a ningún pueblo, pero sí lo hizo la extracción de los minerales con que fue fabricado.

Los Megaproyectos también viven del subsidio de los gobiernos, tanto arancelarios como no arancelarios. Facilitan modificaciones Constitucionales y de leyes secundarias con el fin de garantizar la rentabilidad de dichas inversiones. Flexibilizan estándares ambientales, eliminan trabas burocráticas; modifican leyes en materia de agua, minería, hacendarias, energía, acceso a la tierra, etc., para garantizar el Megaproyecto. Pero también reciben el apoyo de los gobiernos por medio de sus bancas multilaterales cooptadas por las corporaciones. Así, vía el Banco Mundial; el Banco Interamericano, Asiático o Africano de Desarrollo; el Banco Centroamericano de Integración Económica, entre otros muchos incluyendo las Agencias de CréditoCŕedito a la Exportación, las corporaciones reciben fuertes sumas de recursos blandos para financiar sus Megaproyectos. De esta manera se privatizan las ganancias y se socializan las consecuencias ambientales y sociales.

Hay otra perspectiva. Los Megaproyectos ocupan espacio físico, pero también un espacio político y hasta financiero. Existen movimientos de capitales especulativos gigantescos en el mundo que tienen fuertes repercusiones económicas, sociales, ambientales y políticas, ¿son megaproyectos?

SIGUE…

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